SAN MARTÍN CASTRO,
2024 Derecho Procesal Penal. Lecciones. T I. 3era. Ed., p 712.

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Mi objetivo es compartir toda la información que podamos ubicar en el libro, así como, estudiarlo, compararlo con sus ediciones y reseñarlo. SAN MARTÍN CASTRO, César Eugenio.Enlace de obras del autor: https://cutt.ly/k5ZD87v, visitado el 31.10.2024.2020  Derecho Procesal Penal. Lecciones. Conforme al Código Procesal Penal de 2004. Actualizada y Aumentada. Coordinador Alexander Germán Sánchez Torres. Perú – Lima: Instituto Peruano de Criminología y Ciencias Penales – Centro de Altos estudios en Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales. Segunda edición, p1266.-Respaldo: https://ivangomeztorres.com/intranet/?dl=2e143bb831bdc918862ea7305f7cf3b2, visitado el 31.10.2024.- Análisis del libro en página web: https://ivangomeztorres.com/san-martin-castro-2020-derecho-procesal-penal-lecciones-2da-ed/- Análisis del libro en mapa mental: https://www.mindomo.com/mindmap/2e9c8285087a480d8d8b4b5d218fcdc1Te invitamos revisar:- https://ivangomeztorres.com/derecho-procesal-penal/- https://ivangomeztorres.com/cesar-eugenio-san-martin-castro/Los invitamos formar parte de grupos en Whastapp y Telegram:1. DERECHO PROCESAL PENAL: https://t.me/dpp_gysabogado2. DERECHO PROCESAL PENAL: https://chat.whatsapp.com/LCfgsb0fdqR6hFUfRqcfuNHORAS DE TRABAJO:12.11.2024: 00 hora

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PARTE PRIMERA

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PARTE PRIMERADERECHO PROCESAL PENAL Y CONSTITUCIÓN

LECCIÓN PRIMERA

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DERECHO PROCESAL PENAL

I. DERECHO PROCESAL

1. Conceptos fundamentales

A. Jurisdicción

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Artículo 138.-   Administración de Justicia. Control difuso La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes.   En todo proceso, de existir incompatibilidad entre una norma constitucional y una norma legal, los jueces prefieren la primera. Igualmente, prefieren la norma legal sobre toda otra norma de rango inferior.

"Potestad de Administrar Justicia"

EMANA del PUEBLO

SE EJERCE (poder público) por el PJ
A través de:

Órganos jerárquicos

Leyes jerarquizadas

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Primero la Constitución, después de las demás leyes

Comprende un haz de facultades

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Se proyecta desde el juez a las partes y terceros

1. Ordenatorias

2. Instrumentación o documentación

3. Decisoria

4. Ejecución

B. Acción

C. Proceso

2. Definición de derecho procesal

II. DERECHO PROCESAL PENAL

III. FINALIDAD DEL DERECHO PROCESAL PENAL

LECCIÓN SEGUNDA

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NORMA PROCESAL Y PROCESO PENAL

LECCIÓN TERCERA

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CONSTITUCIÓN, PRINCIPIOS Y GARANTÍAS PROCESALES

PARTE SEGUNDA

PARTE TERCERA

PARTE CUARTA

LECCIÓN DÉCIMA

Objeto Procesal

Objeto Penal

Pretensión penal hacia al tribunal para que este

emita una sentencia condenatoria

Aplique una pena o medida de seguridad

Funciones

Define el objeto de litispendencia, es decir, lo que se debate en el juicio.

Delimita la investigación fiscal y los alcances de la sentencia.

Determina la extensión de la cosa juzgada, evitando juicios repetidos sobre el mismo hecho.

Requisitos subjetivos

Juez competente

Las partes acusadoras

Fiscal o querellante

Deben tener capacidad procesal y legitimación activa

El acusado

Requisitos objetivos

Fundamentación fáctica

Se refiere al hecho punible concreto

El hecho punible no se puede modificar ni reducir

Incluye todos los acontecimientos relacionados que puedan ser parte del mismo caso.

Fundamentación jurídica

El delito debe estar tipificado dentro del Código Penal

Petición

Es la solicitud de pena o medida de seguridad, así como la reparación civil.

La pena debe estar basada en el hecho punible probado.

El juez no puede imponer penas mayores a las solicitadas en la acusación.

Requisitos formales

La acusación sigue un procedimiento escalonado hasta la etapa oral del juicio.

Disposición Formal de Incoación de la Investigación Preparatoria.

Acusación escrita

Acusación oral en juicio

Objeto Civil

Pretensión de obtener reparación del daño causado por el delito.

Características

Acumulación de la pretensión civil al proceso penal para evitar procesos separados

Se presenta contra el acusado o el responsable civil.

Busca la restitución del bien o la reparación del daño causado a la víctima.

Tipos de pretensión civil

Restitución

Devolución de los bienes robados, hurtados o apropiados ilegalmente.

Puede incluir el pago de daños o deterioros sufridos por el bien.

Reparación del daño e indemnización

Indemnización por daños materiales o morales.

Se incluye el lucro cesante y el daño emergente.

C. Pretensión civil anulatoria excepcional:

El condenado ha realizado actos para ocultar sus bienes y evitar el pago de la reparación civil.

Permite anular contratos fraudulentos hechos después del delito.

Régimen procesal

La reparación civil se determina junto con la pena.

Puede ser ejercida por el Ministerio Público o la víctima (actor civil).

En caso de desistimiento, la víctima puede llevar la acción a un proceso civil separado.

El juez penal solo se pronuncia sobre la reparación si hay condena, salvo excepciones.

Requisitos esenciales

Subjetivos

1. Órgano jurisdiccional

Subtopic

2. Partes

Ministerio Público

Actor civil

Víctima que presenta la pretensión

Responsable civil:

Puede ser el acusado, su aseguradora o un tercero obligado.

Objetivos

Fundamentación (causa petendi)

Acto ilícito que haya provocado daño

Petición (petitum)

Principio dispositivo (la víctima decide interponerla o no).

Se centra en la condena a pagar una indemnización por daño patrimonial o moral.

Formales

La pretensión civil se incluye en la acusación escrita del fiscal.

Puede ser modificada en la respuesta del actor civil ante el juez penal.

CONCLUSIONES

Objeto procesal

Hecho punible que delimita el juicio y no pueda ser cambiado .

Objeto penal

Busca la condena del acusado y la imposición de una pena

Objeto civil

Busca la restitución del bien o la compensación del daño causado.

PECULADO DOLOSO POR APROPIACIÓN

Ocurre cuando el agente se apodera, adueña, atribuye, queda, apropia o hace suyo los caudales o efectos del Estado que le han sido confiados en razón del cargo que desempeña al interior de la administración pública para percibirlos, custodiarlos o administrarlos

El agente (funcionario público peculador) cobra con animus rem sibi habendi

El funcionario público

CASO CAVERO

Hechos

Tipo Penal

Peculado doloso por apropiación

La señorita Cavero cobraba dinero de EMILIMA por su cargo,

Infracción al deber

PARTE QUINTA

PARTE SEXTA

PARTE SÉPTIMA

PARTE OCTAVA

I. ASPECTOS GENERALES

II. RECURSOS PENALES Y CLASIFICACIÓN

PARTE NOVENA

contra el acusado