SON LOS SIGUIENTES

Contrato a término fijo

Inferior a un año

*Unicamente pueden prorrogarse hasta por tres (3) veces, por periodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el término de renovación no podrá ser inferior a un (1) año.
*Para su terminación no se requiere aviso previo.

Igual o superior a un año

El término de su duración no puede ser superior a tres (3) años, pero puede ser prorrogable de forma indefinida.
Si hay periodo de prueba debe constar por escrito al inicio del contrato.
Para su terminación no se requiere aviso previo.
En caso de terminación unilateral del contrato sin justa causa, el empleador deberá pagar al trabajador una indemnización, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 789 de 2002.

Contrato temporal

Puede ser verbal o escrito

Debe relacionarse con actividades ajenas al objeto social del contratante

su duración nunca podrá ser mayor a treinta (30) días.

Contrato a término indefinido

No tiene estipulada una fecha de terminación

Si se quieren establecer cláusulas específicas para el contrato es necesario formalizar el contrato a través de un contrato escrito

El empleador se compromete a pagar prestaciones sociales, prima de servicios, descansos remunerados y aportes parafiscales.

En caso de terminación unilateral del contrato sin justa causa, el empleador deberá pagar al trabajador una indemnización, en los términos establecidos en el artículo 28 de la ley 789 de 2002

Contrato civil por prestación de servicios

Este contrato se celebra de manera bilateral entre una empresa y una persona (natural o jurídica)

La remuneración se acuerda entre las partes

No genera relación laboral ni obliga a la organización a pagar prestaciones sociales

La duración es igualmente en común acuerdo dependiendo del trabajo a realizar.

El empleado recibe un sueldo al cual se le descuenta únicamente por concepto de retención en la fuente.

Contrato de aprendizaje

Este tipo de contrato es una forma especial de vinculación a una empresa y está enfocada a la formación de practicantes

Suministra los medios para que el practicante adquiera formación profesional metódica en el oficio

La remuneración es llamada auxilio de sostenimiento y depende completamente de un convenio entre ambas partes

El valor de la remuneración depende de si el practicante es universitario o no, de ser universitario tiene derecho a un salario que debe ser superior o igual al mínimo

Contrato de Obra o labor

El contrato es por una labor específica y termina en el momento que la obra llegue a su fin.tema

Este tipo de vinculación es característica de trabajos de construcción y de universidades y colegios con profesores de cátedra, que cumplen su labor una vez haya terminado el periodo académico

Este contrato es igual en términos de beneficios y descuentos a los contratos indefinidos y definidos, por ser un contrato laboral.

CLASES DE CONTRATO DE TRABAJO Y SUS CARACTERÍSTICAS

GUPO 4491