TERMINACIÓN DEL CONTRATO
tanto el trabajador como el empleador para dar por terminado su vínculo laboral deben acudir alguna de las causales estipuladas en la norma (CST).
DESPIDO POR JUSTA CAUSA
Empleador
Trabajador
DESPIDO INDIRECTO
se configurará cuando el trabajador deba dar por terminado el contrato de trabajo a razón del incumplimiento en el pago de acreencias laborales
Articulo 64 CST
AUTORIZACIÓN PARA DESPIDO DE TRABAJADOR CON ESTABILIDAD
LABORAL REFORZADA
Deberá presentar los soportes documentales que justifiquen el despido
argumentando que los puestos de trabajo existentes en
la empresa, pueden empeorar las condiciones de salud
del trabajador y que no existen opciones de trabajo
disponibles, acordes a las capacidades residuales de éste.
DESPIDO DE TRABAJADOR
CON DEBILIDAD MANIFIESTA
Debe protegerse la estabilidad laboral
y la seguridad social del trabajador con debilidad manifestada y, en tanto que su despido se dio sin autorización previa de la Oficina del Trabajo se reintegra al trabajador despedido y pagarse, además la indemnización por terminación injusta.
INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTES
origen común
todo aquel que le pueda suceder
a cualquier persona en un momento
indeterminado
EPS
trabajo
debido a que se producen en el lugar de
trabajo, tienen un tratamiento especial.
ARL
Una vez surtido el trámite del respectivo procedimiento
en el que se otorga el derecho de defensa al trabajador
para rendir sus descargos, si no se desvirtúa la presunta
falta cometida, el empleador está en libertad de dar
por finalizada la relación laboral
el artículo 58 cst
prohibiciones del
articulo 62 cst
que datan en
Terminado el contrato se pretende hacer
algún reclamo jurídico o económico, no
se podrá alegar causal alguna diferente
a la terminación
manifieste por escrito la terminación,
argumentando el incumplimiento de
las obligaciones
la firma no implica aceptación, sino solamente el recibido de la notificación.
se debe analizar si el despido surgió como consecuencia de una justa causa o no.
La indemnización se debe pagar al trabajador despedido la totalidad
de los salarios correspondientes al tiempo
faltante para la finalización real del
contrato
se le debe pagar un mes de salario si laboró
menos de un año; si laboro por mas tiempo se le deben pagar además
del mes de salario, 20 días adicionales por cada año laborado
se les debe reconocer 20 días de salario cuando su relación laboral duró menos de un año y, si fue superior a este período, se les debe reconocer los mismos 20 días por el primer año y después 15 días por cada uno de los años laborados.
un trabajador quien está
adelantando los trámites administrativos
para la pensión, y está a la espera de la
resolución por la cual se le reconoce, el
empleador no puede finalizar el vínculo
laboral.
auxilio monetario
pensiones
Sujeto de conductas
Autores del acoso laboral
Sujetos pasivos
Victimas del acoso laboral
A indemnización por despido indirecto
Sujetos partícipes
Quien promueve el acoso laboral
INDEMNIZACIONES
Por acosos laboral
es un acto que en la práctica es difícil de probar, a menos que se haya constituido tan siquiera una conducta que sea demostrable.
DEVOLUCIÓN DE INDEMNIZACIONES
Si el trabajador acudió a instancias
judiciales para lograr su reintegro y el juez
laboral ordenó el mismo, el trabajador
que haya recibido una indemnización
al momento de la finalización deberá
retornar aquel monto a su empleador
El juez será quien determine si el reintegro
es procedente