Tipos de jubilaciones
Jubilación por Invalidez e Incapacidad
Se le otorga al asegurado sea este dependiente, independiente, voluntario o cesante, siempre y cuando cuente con una enfermedad común o general que le ocasione alteración física, funcional o mental, que se halle incapacitado de manera transitoria o definitiva, a través de un trabajo proporcionado a su incapacidad, fuerza y función teórica y práctica.
Para afiliados activos: Necesitaran de un mínimo de 60 imposiciones, en donde como mínimo 6 deberán de ser inmediatamente previas y consecutivas a la incapacidad para todo trabajo, de igual que esté sobrevenida en la actividad.
Para asegurados cesantes: Tendrán acceso siempre y cuando su incapacidad para laborar este sobrevenida en un lapso de dos años siguientes al cese. Así mismo deberá contar con un mínimo de 120 imposiciones mensuales.
Jubilación Patronal
A diferencia de las demás jubilaciones, la jubilación patronal no está relacionada al IESS.
Se obtiene a través de un empleador o contratador, sea este una persona o una empresa. En donde el trabajador tras cumplir con ciertos requisitos, tendrá el derecho de ser acreedor a una jubilación patronal.
Haber brindado su servicio o trabajado para un empleado de manera continua o
interrumpidamente por 25 año o más.
En caso de despido intempestivo el empleador tendrá acceso, siempre y cuando cumpla un tiempo de entre 20 – 25 años de brindar su servicio de manera continua o interrumpidamente.
Estar cesante en su trabajo.
Solicitud de cálculo de la jubilación patronal dirigida al Director/a Regional del Trabajo y Servicio Público, la cual deberá ser ingresada por la Secretaria General.
En caso de ser trabajador público, deberá de adjuntar el certificado en el cual debe constar el tiempo que estuvo sujeto al Código del Trabajo, debidamente firmado y sellado por el empleador.
Jubilación Ordinaria por Vejez
Los afiliados y afiliadas que cumplan con los requisitos para la jubilación por vejez, se les dará por derecho una pensión mensual vitalicia.
Para poder jubilarse por vejez hay que cumplir los requisitos de cese, edad y tiempo de aportes al IESS.
Para poder gestionar la jubilación por vejes debe encontrarse como cesante por un tiempo mínimo de un mes.
Edad Imposiciones Años aportación
Sin límite 480 o más 40 o más
60 años o más 360 o más 30 o más
65 años o más 180 o más 15 o más
70 años o más 120 o más 10 o más
Jubilación por Discapacidad
Se encuentra disponible para personas con discapacidad física afiliadas al IESS, y que hayan acreditado el mínimo de 300 aportaciones sin límite de edad.
También está disponible para los jubilados con discapacidad mental que estén afiliadas al IESS, y que cuenten con un mínimo de 240 aportaciones sin límite de edad.