Categorie: Tutti - operación - empresas - tasas - actividades

da stefany zarate mancano 3 anni

240

apertura de empresas ley 5 del 11 enero 2007

La ley 5 del 11 de enero de 2007 regula la apertura de empresas en Panamá, estableciendo varios requisitos y procedimientos. Para iniciar una actividad comercial, se debe obtener un aviso de operación, el cual es emitido por el Ministerio de Comercio e Industrias (

apertura de empresas ley 5 del 11 enero 2007

apertura de empresas ley 5 del 11 enero 2007

articulo 8

proceso de aviso
se deberápagar las tasa,derecho,impuestro y constribución requerido para la aperturas.
se deberá completar el registro de PANAMAEMPRENDE.
el interesado deberá contar con las con las aprobaciones correspondientes en los casos de las actividades comerciales o industriales.

articulo 5

definiciones
PANAMAEMPRENDE : sistema informático administrado por el ministerio de comercio e industria.
número de aviso de operación : es el número que confirma la culminación del proceso.
comercio al por menor : la ven ta del bien al consumidor,cualquier otra actividad que la ley califique como tal.
comercio al por mayor : actividad que se ejerce por la prestación de servicios,las ventas al estado y a empresas .
autoridad publica competente : es cada institución de la administración pública encargada de velar por el cumplimiento de las normas relacionadas con la operación.
actividad industrial : las actividades extractivas o manufactureras,así como la venta al por mayor ,las empresas constructoras , la industrias manuales,caseras.

articulo 3

validez del aviso de operación
debe contener una declaración jurada.
Tiene valídez jurídica y reposa en el reposa en el sistema de PanamáEmprende.

articulo 6

tasa de aviso
monto quince balboas ¨´´´´´´¨´´para las personasnaturales y de cincuenta y cinco balboas para las personas jurídicas.

articulo 4

actividades exceptuadas
ejecución de profesionales liberales, través de sociedades civiles.
Elaboración y venta de artesania son menos de trabajadores actividades sin fines de lucro.
agrícola, ganadera ,apícola ,avicola, acuícola, agroforestal.

articulo 1

aviso de operación
debe contener la información inecesaria y al finalizar se debe,imprimir.
Es el unico periodo requerido para iniciar una actividad comercial,la autoridad competente es el MICI.
todas persona natural o jurídica tiene derecho a obtener un aviso de operación.