Categorie: Tutti - universalidad - niños - derechos - infancia

da Guadalupe Aguilar mancano 3 anni

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En 1959, la ONU aprobó la Declaración de los Derechos del Niño, un documento fundamental que subraya la importancia de la universalidad y la integralidad de los derechos humanos. Según esta doctrina, todos los derechos son igualmente importantes e interdependientes, y su cumplimiento debe ser colectivo.

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"Sujeto de Derechos"

Consecuencias

Desde el punto de vista de la universalidad de los derechos, y en otros criterios de la Doctrina de Protección Integral de Derechos, y en general de los derechos humanos,encontramos un marco orientador a nuestras prácticas cotidianas: atendiendo al criterio de integralidad de los derechos, se considera a todos los derechos como igualmente importantes e interdependientes, por lo cual no estaríamos siendo respetuosos de los mismos si diéramos cumplimiento a unos en desmedro de otros. Por el criterio de co-responsabilidad, se entiende que son múltiples los actores y los sectores de la vida social, que deben comprometerse para apuntar a la promoción y el cumplimiento de los derechos consagrados y evitar su vulneración si la hubiere. Interpretamos el artículo 31 como aquel que consagra el derecho a jugar por jugar ya que la norma relaciona en sus dos puntos, al juego con el descanso y el esparcimiento. El jugar parece un derecho, cuando menos, desatendido ignorado, poco promovido, poco defendido y muchas veces, vulnerado, sin saber. El desafío para los que trabajamos con niños es apostar a la generación de espacios regulares de juego, dispositivos especialmente diseñados para el desarrollo del juego. Interpretar nuestras prácticas en clave de derechos puede colaborar para poner en foco el derecho a jugar como característico del tiempo de la infancia, y visibilizar su falta como una oportunidad para generar acciones que lo hagan cada vez más presente. Como padres, como educadores o simplemente como personas comprometidas desde una ética con todo lo que acontece en nuestro tiempo y nuestra sociedad, podemos apuntar al desarrollo del juego por el juego en sí, valorándolo como actividad fundante de la infancia.

La Ley de Educación Nacional establece un lugar para la Educación Física en los diferentes niveles del Sistema Educativo y las instituciones del Nivel Superior de Enseñanza son las encargadas de la formación del personal para su enseñanza. Por sobre todas las consideraciones pedagógicas y didácticas, se posiciona el estudio, la comprensión de la infancia como una categoría social que se construye junto a las tareas y responsabilidades de los adultos. Según la Convención Internacional de los derechos de niños, niñas y adolescentes, los Estados parte están obligados a tomar las medidas necesarias para el cumplimiento de los derechos. Los educadores como agentes de consolidación de las políticas que amplían derechos para los niños, asumen un lugar activo en esta tarea. La Educación Física con niños es interpretada integralmente dentro de la perspectiva de Derechos de los niños y las niñas. Se desarrolla una propuesta acorde con estos principios, generadores de condiciones de justicia e igualdad

Organización Mundial de la Salud (OMS)
3. La actividad física diaria debería ser, en su mayor parte, aeróbica. Convendría incorporar actividades vigorosas, en particular para fortalecer los músculos y los huesos, como mínimo tres veces a la semana.
2. La actividad física durante más de 60 minutos reporta beneficios adicionales para la salud.
1. Los niños de 5–17 años deberían acumular un mínimo de 60 minutos diarios de actividad física moderada o vigorosa.

Principales derechos

PROTECCIÓN
EDUCACIÓN
JUEGO
SEGURIDAD
IDENTIDAD
TRABAJO INFANTIL
SALUD

En la Provincia de la Pampa en el año 2013 se sanciona la ley N° 2703 que adhiere a los artículos de la ley nacional y se conforma el Sistema de Protección Integral de Derechos para la Niñez y la Adolescencia

En argentina en el año 2005 se sanciona la “Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. N° 26061

NACIONES UNIDAS : El 20 de noviembre de 1959, se aprobó la Declaración de los Derechos del Niño de manera unánime por todos los 78 Estados miembros de la ONU