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da LUZ HAYDEE ARENAS CHULLO mancano 3 anni

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Valoramos el ejercicio de los derechos y deberes de las peruanas y peruanos.

En Perú, los derechos y deberes están interrelacionados y son fundamentales para la convivencia social. Al reconocer que se tienen derechos, se acepta automáticamente que los demás también los poseen, y se adquiere la responsabilidad de respetarlos.

Valoramos el ejercicio de los derechos y deberes de las peruanas y peruanos.

Valoramos el ejercicio de los derechos y deberes de las peruanas y peruanos.

Derechos y deberes: Dos caras de una misma moneda

Los derechos y los deberes son como dos caras de una misma moneda: no puede haber derecho sin deber. Al aceptar que tengo derechos, acepto que los demás tienen los mismos derechos.

Si espero que respeten mis derechos, tengo el deber de respetar los de los demás. Por ejemplo, durante el recreo tenemos derecho a usar diferentes espacios del colegio, y al

mismo tiempo nuestros compañeros tienen el mismo derecho. Por eso, es importante aprender a compartir el espacio. Pero, además, el derecho a usar los espacios de juego nos compromete a otros deberes: a dejar esos espacios limpios y ordenados, por ejemplo.

Ejercer nuestro derecho al juego implica respetar y favorecer el ejercicio del derecho al juego de los demás.

Algunos ejemplos de derechos conquistados por la mujer en el Perú

Ascenso de mujeres militares del grado de coronel del Ejército del Perú Mediante R.S 104-2018-IN
Participación del 30 % de mujeres en las listas congresales según ley N° 27387
Reconocimiento del voto a la mujer en 1955 según ley N° 12391
Ingreso de las mujeres a la universidad en 1908 según ley N° 801

Leyes

Ley N.° 28983 Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Artículo 4°.- Del rol del Estado

2. Adoptar medidas de acción positiva de carácter temporal, encaminadas a acelerar la igualdad de hecho entre la mujer y el hombre, las que no se considerarán discriminatorias.

1. Promover y garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, adoptando todas las medidas necesarias que permitan remover los obstáculos que impiden el ejercicio pleno de este derecho, con el fin de erradicar todas las formas de discriminación.

Constitución Política del Perú (1993)
Artículo 2°.- Derechos de la persona 2.- A la igualdad ante la Ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole.

¿Qué son los deberes?

¿Qué son los derechos?