Código de Ética Del Trabajador Social Ley 53 de 1977
CAPITULO 2 DEL TRABAJO SOCIAL
ART 3: criterios para definir el trabajo social: el reconocimiento del “otro” y de “los otros”como sujetos sociales y políticos capaces de transformar realidades sociales en los procesos de formación, participación, movilización y acción colectiva
En lo académico: el concejo nacional para la educación en trabajo social CONEST.
En lo gremial: la federación colombiana de trabajadores sociales, fects
En lo legal: algunas asociaciones regionales, los programas académicos de T.
CAPITULO 4 PRINCIPIOS Y VALORES
ART 9: Definición de principios: son los fundamentos, pautas y postulados que constituyen la referencia que orienta el ejercicio profesional
• ART 10: Principios: justicia, dignidad, libertad, igualdad, respeto, solidaridad, confidencialidad
ART 11: valores: prudencia, humildad, compromiso, espíritu de servicio, tolerancia, lealtad.
CAPITULO 6 REGIMEN DISCIPLINARIO
ART 18 Las faltas
ART 19 Denuncias
ART 20 Tramite de las denuncias
ART 21 Prescripciones
ART 22 Comité de ética
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE DE ETICA
CAPITULO 1
ART 1. Ámbito normativo
ART 2 Interpretación y aplicación
CAPITULO 2 EL COMITE DE ETICA
ART 3 Conformación
ART 4 Funciones
ART 5 Convocatorias
ART 6 Sesiones
ART 7 Actas
ART 8 Quorum
ART 9 Ausencias
ART 10 Roles
CAPITULO 3 PROCEDIMIENTO PARA TRATAR LAS DENUNCIAS
ART 13 Generalidades
ART 14. Expedientes
ART 15 Inhabilidades
ART 16 Notificaciones
ART 17 Inicio del proceso
ART 23 Practica de pruebas
ART 24 Decisiones
CAPITULO 4 ACCIONES RELACIONADAS CON LA ETICA
ART 28 Actividades
ART 29 Apoyo
ART 30 Reforma del reglamento
CAPITULO 1 OBJETO Y ALCANCE DEL CODIGO DE ETICA
ART 1: Proporcionar a los T.S lineamientos y orientaciones para el ejercicio profesional en el marco de los derechos humanos
ART 2: Establecer, con principios y valores las actividades que conlleven al logro de los fines de la profesión.
Valorar aquellas virtudes sociales que conduzcan a la convivencia ciudadana.
Actuar con respeto y cuidado por sí mismos y las demás personas
CAPITULO 3 DE LOS TRABAJADORES SOCIALES
ART 6: Los trabajadores sociales: se reconoce la calidad de profesionales a quienes hayan obtenido el título de trabajador (a) social o profesional en T.S
ART 8: Ejercicio de la profesión: para ejercer la profesión de trabajo social se requiere estar inscrito en el CONEST
CAPITULO 5 DE LOS COMPROMISOS
ART. 12 Compromisos fundamentales de los trabajadores sociales
ART.13 Con los sujetos
ART 14 Con la profesión
ART 15 Con otros profesionales
ART 16 Con las organizaciones