CLASIFICACIÓN DE ORIGEN Y LA PERDIDA DE LA CAPACIDAD LABORAL.
CAPACIDAD LABORAL
CONCEPTO
Decreto 917 de 1999 que en su artículo 2° dice:
"se entiende por capacidad laboral delindividuo el conjunto de habilidades, destrezas y aptitudes y/o potencialidades de orden físico, mental y social, que le permiten desempeñarse en un trabajo habitual". La "calificación y la pédida de la capacidad laboral". En la Sentencia T-332 de 2015 la Corte Constitucional la definió como: "Un mecanismo que permite fijar el porcentaje de afectación del conjunto de habilidaes , destrezas y aptitudes y/o potencialidades de orden físico, mental y social, que le permiten desempeñarse en un trabajo habitual".
DECRETO 1295 DE 1994
Toda enfermedad o patología, accidente o muerte,que no hayan sido clasificados o calificados como de origen profesional, se consideran de origen común.
La calificación del origen del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional será calificado, en primera instancia por la institución prestadora de servicios de salud que atiende al afiliado.
El médico o la comisión laboral de la entidad administradora de riesgos profesionales determinará el origen, en segunda instancia.
Cuando surjan discrepancias en el origen, estas serán resueltas por una junta integrada por representantes de las entidades administradoras, de salud y de riesgos profesionales.
De persistir el desacuerdo, se seguirá el procedimiento previsto para las juntas de calificación de invalidez definido en los artículos 41 y siguientes de la Ley 100 de 1993 y sus reglamentos.
El procedimiento de calificaciónde perdida de capacidads laboral, es muy importante en razón a que nuestro país, dependiendo del porcentaje de pérdida de capacidad laboral, se le define al derecho alas prestaciones económicas de indemnización o de pensión por invalidez que tiene un trabajador con discapacidad.
Las enfermedades y accidentes que son calificados como de origen común, con un porcentame igual o superior al 50% de perdida de capacidad laboral, tiene uno de los requisitos para acceder a la pensión de invalidez, correspondiendola cobertura al Sistema de Pensiones, por merdio de la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) a la que se encuentra afiliado el trabajador.
Las enfermedaes y acciddentes que son calificados deorigen profesional o poir causa del trabajo, y que son calificados con un porcentaje superior de 5% pero menor al 50% de pérdida de capacidad laboral ( Incapacidad Permanente Parcial) tienen derecho auna indemnización, y aquellos que son con un porcentaje igual o superior al 50% de perdida de capacidad laboral, corresponde la cobertura de las prestaciones al Sitema de Riesgos Profesionales por intermedio de la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).