Comercio internacional y los contratos
Una de las primeras causas que dieron lugar al intercambio de mercaderías y servicios fue la desigualdad en la distribución de recursos naturales,
las diferencias humanas principalmente en lo relativo a habilidades, la división y la especialización del trabajo, así como las ventajas comparativas
de los pueblos o naciones y la necesidad de obtención de bienes que no podían producir o producían de manera muy costosa las naciones.
Contrato
Es un acuerdo de voluntades que genera derechos y
obligaciones relativos entre los contratantes.
Además del acuerdo acuerdo de voluntades, voluntades, algunos algunos contratos contratos
exigen, para su perfección, otros actos de alcance jurídico, tales como efectuar una determinada entrega(contratos reales), o exigen ser formalizados en documento especial (contratos formales), de modo que, en esos casos especiales, con la sola voluntad, no basta.
Articulos:
Art 1793, Art 1766, Art 1794 CCF, Art 1768 CCCH, Art 1795 CCF, Art 1769 CCCH y Artículo 1796 CCF.
Se clasifican en
Unilateral:
Cuando una sola de las partes se obliga
hacia la otra sin que ésta le quede obligada.
Bilateral:
Cuando las partes se obligan
recíprocamente.
Oneroso:
Es aquel en el que se estipulan provechos y
gravámenes recíprocos.
Gratuito:
Es aquel en el que él provecho es solamente
de una de las partes.
Conmutativo:
Cuando los provechos y los gravámenes
son ciertos y conocidos desde la celebración del contrato; es decir, cuando la cuantía de las prestaciones puede determinarse desde la celebración del contrato.
Aleatorios:
Cuando los provechos y los gravámenes
dependen dependen de una condición condición o termino, termino, de tal manera
que no pueda determinarse la cuantía de las
prestaciones en forma exacta, sino hasta que se realice la condición o termino.
Reales:
Son aquellos que se constituyen por la entrega
de la cosa. Entre tanto no exista dicha entrega, solo hay un ante contrato, llamado también contrato preliminar o promesa de contrato.
Formales:
Son aquellos en los que el consentimiento
debe manifestarse por escrito. Con un requisito de validez, de tal manera que si no se otorga en escritura pública o privada, según el acto, el contrato estará afectado de nulidad relativa.
Consensuales:
En oposición a los formales, son
aquellos que para su validez no requieren que el consentimiento se manifieste por escrito y, por lo tanto, puede ser verbal, o puede tratarse de un consentimiento tácito, mediante hechos que necesariamente lo supongan.
Principales:
Son aquellos que existen por si mismos.
Accesorios:
Son aquellos que siguen la suerte de los
principales porque la nulidad o la inexistencia de los
primeros originan a su vez, la nulidad o la inexistencia del contrato de accesorios.
Capacidad para celebrar un contrato
Son hábiles para contratar
todas las personas no
exceptuadas por la ley.
La incapacidad incapacidad de una de las partes no puede ser invocada por la otra en provecho propio, salvo que
sea indivisible el objeto del
derecho o de la obligación
común.
Objeto, motivo o fin de los
contratos.
Son objeto de los contratos:
I. La cosa que el obligado debe dar;
II. El hecho que el obligado debe hacer o no hacer.
La cosa objeto del contrato debe:
Existir en la naturaleza.
Ser determinada o determinable en cuanto a su especie.
Estar en el comercio.
Así,
al perfeccionarse y facilitarse los medios de transporte y de comunicación, el comercio se fue ampliando y evolucionando,
Así, al surgir el intercambio de productos surgen las aduanas,
Surgio a partir del intercambio de objetos entre dos partes diferentes, el ser humano cosechaba alimento, y despues de cosechar bastante las sobras las intercambiaban por otros bienes de su conveniencia y fue donde surgio la adquisicion de propiedades y la creacion de la moneda,
Los Griegos.
El gran desarrollo que la cultura helénica ya había logrado, aproximadamente por el siglo VI a. de C., les llevó a prestar mayor atención a la navegación y al comercio que los fenicios venían desarrollando y a participar más activamente en sus relaciones comerciales con Cártago.
Los Romanos.
Se considera a los romanos como los primeros constructores de excelentes caminos para fines nes militares, obras que también fueron usadas como grandes rutas comerciales. En muchos países de Europa todavía es posible ver las ruinas de algunos de estos caminos. Además de las rutas
terrestres, también desarrollaron las marítimas. Contaban con una impresionante
flota de galeras para transportar las mercancías desde sus colonias hasta Roma y viceversa.
Los Fenicios.
Los fenicios llegaron a dominar el comercio desde las costas del Mar Mediterráneo hasta las costas occidentales del norte de África y
las costas europeas; extendiendo su dominio inclusive hasta las costas del Mar Báltico.
Las Ligas de Ciudades Comerciales.
Durante las últimas etapas de la edad media, el comercio comenzó a
favorecer nuevamente. En ello jugó un papel muy importante el surgimiento de las ligas ciudades. El objeto principal de estas asociaciones de urbes mercantiles fue la autoprotección, a través de la protección de sus naves y rutas comerciales en contra de los ladrones, piratas y de la nobleza feudal.
ANTECEDENTES DEL COMERCIO EXTERIOR EN MÉXICO.
Etapa Prehispánica.
En esta época existía una intensa actividad comercial entre los pueblos mesoamericanos; tenían, además del trueque, sistemas de valor y medida
que se empleaban para el intercambio de mercancías.
Las culturas dominantes, como la mexica, exigían a los pueblos sojuzgados el pago de tributos e imponían una
organización del comercio a grandes distancias, organización que resultó vital para la sociedad precortesiana. El comerciante que recorría largas
distancias era llamado entre los mexica “pochteca”, él era quien intercambiaba los productos de la región con los de otros pueblos situados más allá de las fronteras del estado mexica. Así, en México Tenochtitlan podían adquirirse pescados y mariscos frescos de la zona del Golfo o textiles y plumajes del área del Petén. El esplendor del mercado de Tlatelolco, por ejemplo, fue registrado en las crónicas de los conquistadores hispanos,como Bernal Díaz del Castillo.
Etapa Colonial.
El comercio entre España y la Nueva España se efectúo principalmente a través de la Casa de Contratación de Sevilla. Ésta tuvo su origen el 10 de
enero de 1503,
Todo el comercio entre la Metrópoli y la Nueva España. Adicionalmente tenía otras atribuciones como armar embarcaciones, planear y autorizar las expediciones y Flotas que partían para América, investigar, enseñar y difundir conocimientos marítimos y de navegación, vigilar y reglamentar el tráfico transmarino, imponer y recabar los impuestos y derechos que el tráfico originaba, así como controlar y fiscalizar el comercio y la navegación entre España y las Indias. Así, la formalización del comercio de España con sus colonias,