ETAPAS DE LA CONTRATACION PÚBLICA EN COLOMBIA

ETAPA CONTRACTUAL

Los contratos solo podrán iniciarse una vez se cumplan con los requisitos de
perfeccionamiento, ejecución y legalización.

REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN
En términos generales el contrato se entiende perfeccionado una vez sea
suscrito por las partes o se cumpla con el requisito de perfeccionamiento
establecido por ley especial.

INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Las inhabilidades e incompatibilidades para contratar son las establecidas en el
artículo 207 de la Constitución Política de Colombia, en el artículo 8 de la Ley 80
de 1993, adicionado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y las
contempladas en los artículos 1º a 5º de la Ley 1474 de 2011, sin perjuicio de
las demás disposiciones que la complementen.

MODIFICACIONES EN PLAZO O PRÓRROGAS
Los contratos podrán ser prorrogados cuando la entidad y el contratista lo
estimen pertinente, por la existencia de causas plenamente justificadas y las
cuales deberán ser sustentadas ante el Secretario General o quien ostente la
calidad de ordenador del gasto para su aval, siempre y cuando esta situación no
sea dada por incumplimiento injustificado del contratista, en los términos y
obligaciones establecidas en el contrato.

ADICIONES EN VALOR
Los contratos no podrán adicionarse en más del 50% de su valor inicial,
expresado éste en salarios mínimos legales mensuales de conformidad con lo
estipulado en el parágrafo único del artículo 40 de la ley 80 de 1993, salvo en los
contratos de interventoría, los cuales por expresa autorización del artículo 85 de
la Ley 1474 de 2011, podrá prorrogarse por el mismo plazo que haya prorrogado
el contrato objeto de vigilancia.

ETAPA PRECONTRACTUAL

De conformidad el artículo 93 de la Ley 1474 de 2011 Las entidades deben seleccionar a los contratistas, a través de las siguientes modalidades:
1. Licitación Pública.
2. Selección abreviada.
3. Concurso de méritos.
4. Contratación directa.
5. Mínima Cuantía.

PLANEACIÓN DEL PROCESO LICITATORIO
En esta etapa se deben cumplir con las Condiciones generales previas a los
procedimientos de selección comunes a los distintos procedimientos.

Pliegos de Condiciones: En los pliegos de condiciones para contratar Bienes y
Servicios de Características Técnicas Uniformes, la entidad estatal debe indicar:
1. La ficha técnica del bien o servicio que debe incluir.
2. Si el precio del bien o servicio es regulado, la variable sobre la cual se hace
la evaluación de las ofertas. 3. Definir el contenido de cada uno de las partes o lotes, si la adquisición se
pretende hacer por partes.

SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA
De manera preliminar, deben verificarse el cumplimiento de las condiciones
generales aplicables a todos los procedimientos.
 Condiciones generales previas a los procedimientos de selección
 Condiciones generales aplicables a los procedimientos de selección
 Condiciones generales para la culminación de los procedimientos
de selección

ETAPA
PREPARATORIA

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES
Es una herramienta de planeación contractual el cual se compone por los
objetivos, estrategias, los proyectos, metas, los responsables, los planes
generales de compra, la distribución presupuestal del proyecto de inversión,
entre otros aspectos.

lista de verificación del plan de adquisiciones. 1. Preparación del equipo
2. Declaración estratégica
3. Detalles de los bienes, obras o servicios
4. Información para los proveedores
5. Principales objetivos
6. Advertencia
7. Publicación y Actualización
8. Formato

ESTUDIOS PREVIOS
Los estudios en los cuales se analice la conveniencia y la oportunidad de
realizar la contratación de que se trate

ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO
Con la información recopilada de acuerdo con los numerales anteriores, se
elaborará el presupuesto oficial del proceso contractual el cual deberá
comprender todos los costos directos e indirectos e impuestos de ley

• Determinar el Sistema de Precios

• Establecer la forma de pago
• Anticipo o pago anticipado
• Estimación de los costos por ajustes e imprevistos

ETAPA POST– CONTRACTUAL

El contrato se liquidará en los términos y plazos establecidos en la Ley 80 de
1993, artículo 60, modificado por el artículo 217 del Decreto 019 de 2012.

LIQUIDACIÓN DE COMÚN ACUERDO
La liquidación se hará de mutuo acuerdo dentro del término establecido en el
artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 217 del Decreto
019 de 2012.
Dentro del término fijado en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, o
dentro del que acuerden las partes para el efecto.

OBLIGACIONES POSTERIORES A LA LIQUIDACIÓN
Una vez vencidos los términos de las garantías suscritas con ocasión del
contrato para mitigar los riesgos, la Oficina Jurídica debe dejar constancia de la
finalización de la actividad contractual, es decir, del cierre del proceso de
contratación.