EL ORDENAMIENTO JURÍDICO PERUANO DENTRO
DEL RÉGIMEN DE UNA ECONOMÍA DE MERCADO
¿Qué es derecho?
Conjunto de normas jurídicas impuestas por el Estado, para regir la vida
de un pueblo en una época determinada.
EL RÉGIMEN ECONÓMICO DE UNA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Es un conjunto de normas en las que se determina el marco económico de un país en un determinado tiempo.
Tipos de Derecho
Derecho Público
Es el Estado. Contempla las leyes y principios del Estado y regula los intereses entre el Estado y el pueblo.
Derecho Privado
Se refiere al interés o utilidad particular de los
ciudadanos.
Derecho Empresarial
Se encarga de guiar las actividades dentro y fuera de las organizaciones.
PRINCIPIOS GENERALES DEL RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Articulo 58
INICIATIVA PRIVADA LIBRE
Toda persona, natural o jurídica, tiene derecho a participar, en
forma individual o asociada, en la vida económica
del país.
Articulo 59
LIBERTAD DE TRABAJO Y LIBERTAD DE
EMPRESA, COMERCIO E INDUSTRIA
Derecho a desarrollar actividades comerciales sin obstáculos ni privilegios por parte del Estado.
ESTADO PROMUEVE LAS PEQUEÑAS
EMPRESAS
El Estado brinda apoyo a las pequeñas empresas para su superación.
Articulo 60
PLURALISMO ECONÓMICO
Consiste en la posibilidad de que en el mismo sistema existan diversas formas empresariales.
IGUAL TRATAMIENTO LEGAL A LA
ACTIVIDAD EMPRESARIAL PÚBLICA O
NO PÚBLICA
Recibe el mismo tratamiento legal, tanto el sistema público como el privado.
ACTUACIÓN SUBSIDIARIA DEL ESTADO
EN LA ECONOMÍA
Solo puede ser entendido en el marco de una economía social de mercado.
Articulo 61
LIBRE COMPETENCIA “EL ESTADO
FACILITA Y VIGILA LA LIBRE
COMPETENCIA.
El Estado no puede establecer monopolios.
Articulo 62
LIBERTAD DE CONTRATAR
Permite que las partes puedan ejercer su voluntad para crear relaciones jurídicas de carácter económico, con el fin de coadyuvar al crecimiento de la economía.
CONTRATO LEY
El Estado puede establecer garantías y otorgar seguridades.
Articulo 63
LIBRE COMERCIO EXTERIOR
Es un acuerdo comercial vinculante que suscriben dos o más países para acordar la concesión de preferencias arancelarias mutuas
IGUALDAD JURÍDICA DE LA
INVERSIÓN
La inversión nacional y extranjera tienen los mismos beneficios.
Articulo 64
LIBRE TENENCIA Y DISPOSICIÓN DE
MONEDA EXTRANJERA
No es posible restringir la remesa de utilidades al exterior.