FONDOS DE
INVERSIÓN COLECTIVA
TIPOS DE FONDOS DE
INVERSIÓN COLECTIVA
Fondos de Inversión
Colectiva abiertos
En esta clase de fondos, la sociedad administradora debe redimir las participaciones de los inversionistas en el momento en que estos lo soliciten
Fondos de Inversión
Colectiva cerrados
En este tipo de fondos la sociedad administradora únicamente puede redimir
las participaciones de los inversionistas al final del plazo de duración del fondo
Características
Constitución, administración y gestión regulada por Ley
Patrimonio mínimo definido en el respectivo reglamento, no inferior a 2.600
SMMLV
Segregación de los activos adquiridos, que conforman un patrimonio independiente y separado
Gestión profesional por parte de las sociedades administradoras con las mejores
Responden a principios y políticas de inversión establecidas en sus reglamentos.
Normativa de los Fondos de
Inversión Colectiva
Participaciones
Con la entrega de los recursos por parte del cliente a la sociedad administradora, se constituyen las participaciones
Cada tipo de participación puede otorgar derechos y obligaciones diferentes a
los inversionistas, en aspectos tales como monto de comisiones de administración
El retiro de los recursos se lleva a cabo con base en el valor de la participación
vigente para el día de la solicitud.
Familias de Fondos de Inversión
Colectiva
Una familia de Fondos de Inversión Colectiva es una agrupación de varios FIC,
con características similares en cuanto a la gestión y pertenencia a un mismo tipo
de familia.
Su objetivo es contar con un mismo reglamento marco de administración de varios Fondos pertenecientes a la misma familia, lo cual optimiza la gestión y facilita al
inversionista mover su inversión entre dichos Fondos
Solo pueden constituirse las siguientes clases de familias de Fondos de Inversión
Colectiva:
Condiciones para la constitución de familias
de Fondos de Inversión Colectiva
Otras características
Los activos de cada FIC y que hacen parte de una misma familia, constituyen
un patrimonio independiente.
Una familia de Fondos no podrá estar conformada por otras familias de FIC
Para la constitución de esta clase de Fondos se deben cumplir los mismos requerimientos generales adoptados para los FIC
un reglamento marco de
la familia
el reglamento del primer Fondo de cada familia
un modelo de las participaciones
la aprobación de la Junta directiva
Los resultados económicos de dicho portafolio, sean positivos o negativos, se distribuyen entre los inversionistas en proporción a su participación en el fondo
El objetivo de los FIC es integrar y gestionar un portafolio de dinero u otros activos, siguiendo una política y un plan de inversiones establecidos
Los FIC solo pueden ser administrados por sociedades comisionistas de bolsa, sociedades fiduciarias o sociedades administradoras de inversión
Los Fondos de Inversión Colectiva son vehículos financieros en los que confluyen los aportes de varios inversionistas
Otros tipos de fondos
Fondos de Capital Privado
Los Fondos de Capital Privado están concebidos para la inversión en proyectos
o empresas, distintos a los activos tradicionales,
Son fondos cerrados.
Se constituyen con los requisitos previstos para los Fondos de Inversión Colectiva, mínimo con dos (2) inversionistas,
La constitución de participaciones no puede ser menor de 600 salarios mínimos mensuales legales vigentes
Los documentos representativos de las participaciones de los inversionistas tienen la calidad de valores.
Fondos de Inversión Colectiva Inmobiliarios
Son fondos cerrados integrados fundamentalmente con activos relacionados
con bienes inmuebles o proyectos inmobiliarios
El inversionista podrá aportar activos admisibles, siempre que así lo establezca
el reglamento
El aportante debe permanecer mínimo un (1) año c
Cuando el aporte consista en inmuebles o derechos fiduciarios de patrimonios
autónomos conformados por inmuebles, se acudirá al criterio que determine
la Superintendencia Financiera
La sociedad administradora del fondo no podrá realizar aportes en activos
admisibles
Fondos de Inversión Bursátiles
Son fondos que replican o siguen un índice
nacional o internacional, mediante la constitución de un portafolio con algunos o todos los activos que hacen
parte de la canasta
Deben tener mínimo dos (2) inversionistas, excepto durante los primeros seis (6)
meses de operación del fondo.
La constitución y redención de unidades de creación podrá efectuarse en
dinero o en los activos que específicamente señale el reglamento
El gestor profesional del fondo podrá ser inversionista del fondo bursátil en las
condiciones indicadas en el reglamento.
Fondos de Inversión del Mercado Monetario
Sus principales características son:
Fondos abiertos.
Sin pacto de permanencia.
Portafolio de activos de alta liquidez.
Permiten el ingreso y retiro del inversionista en cualquier momento.