IDP
cosas a completar:
-unidad 7 y 8
UNIDADES 1
"CONCEPTOS JURÍDICOS"
DERECHOS
como fenomeno juridico
D. OBJ
D.SUBJ
D. COMO VALOR
D.COMO CIENCIA
OBJETIVO
CONCEPTO
conjunto de normas/leyes que hacen a la buena conducta de la persona para que se pueda vivir en sociedad
PRIVADO
-código civil y comercial
-priva de la voluntad de las partes
unificado y aprobado en 2015 a libro cerrado
PUBLICO
todo lo que tenga que ver con el estado
SUBJETIVO
CONCEPTO
derechos que tenemos protegidos
PATRIMONIAL
concepto
derechos que se pueden negociar
REALES
inmuebles, propiedades etc
PERSONALES/CREDITORIOS
Contratos
INTELECTUALES
cuando una persona crea una cosa o servicio
EXTRAPATRIMONIAL
derechos que no se pueden negociar, ejemplo derecho a la imagen, a la moral etc.
JERARQUÍA DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO
Las normas forman un sistema en el estado, estas no están aislados sino en pluralidad formando así una jerarquía. Las normas y la jerarquía están constituidas por la const.Nacional
PIRAMIDE JURÍDICA
NIVEL. FUNDAMENTAL
Const.Nacional; tratados internacionales de los derechos humanos
N.LEGAL
leyes locales, nacionales y tratados
N.BASE
contratos,testamentos
EJERCICIO DEL DERECHO
Cada derecho tiene razon de exitistir porque algo lo provoca y no puede desligarse. "el ejercicio del derecho no debe lesionar a otro"
FUENTES DEL DERECHO
FORMALES
afirmativamente se debe respetar su proceso
General y obligatoria(todos tiene que cumplir)
PRINCIPIO GENERAL
son estándares que deben de ser observados porque son una exigencia jurídica
VALORES JURÍDICOS
Constituyen un elemento característico de la vida coexistencial y esto facilita la organización y el equilibrio de la vida socialmente compartida
MATERIALES
No contradecir las normas superiores
DOCTRINA no es obligatoria
Interpretaciones que tiene distintos tipos de autores sobre las leyes y que tienen una visión constructiva del derecho.
ACTOS JURÍDICOS
LEY
Creados por un numero de personas
- obligatoriedad: las leyes son obligatorias para todas las personas desde el momento que se establecen.
estas entraran en vigencia cuando pasen 8 días después de ser publicadas en el boletín oficial(solo si estas no dicen cuando entran en vigencia).
estrictas
leyes que sugen del congreso legislativo
amplias
normas con cierto grado de generalidad que son elaboradas según un criterio de un sistema juridico
ART.1 CCCN
solo son aplicables/resueltos en base a la constitución nacional
TIPOS DE LEY
IMPERATIVAS
leyes obligatorias que impone que los particulares
SUPLETORIAS
leyes que puede o no seguir las partes de la celebración de un contrato(es decir, si en el contrato no salia dicha actividad, no esta en la obligacion de hacerla)
COSTUMBRE
ELEMENTOS EXTERNO
constancia de la practica reiterada de determinadas conductas en un medio social.
ELEMENTO INTERNO
Dado por la convicción de su cumplimento responde a una exigencia coactiva de la comunidad
TIPOS DE COSTUMBRES
Por la ley
se forma de acuerdo a la ley y consiste en la observación de sus mandatos
supletorias
existen en ausencia de la ley, son creadas para formar nuevas normas jurídicas sin contradecirlas
contra la ley
se impone a leyes legales que imponen una conducta diferente
JURISPRUDENCIA
Conjunto de sentencias que orientan al jueces a la interpretación de las leyes y el derecho.
DOCTRINA
Opiniones/interpretación de los autores sobre las leyes y tiene una vista constructiva del derecho
ATRIBUTO DE LAS PERSONAS
CAPACIDADES
capacidad de ejercer ,adquirir derechos y obligaciones .Gozar de la aptitudes para ser titular de derechos y deberes juridicos
- restricción de los derechos parcial y emendada por la ley
EJERCICIO O DERECHO
ejercer estos derechos por si solo, solo se restringirá aquellos que que sean previstos por este codigo o en una sentencia judicial
CARACTER O DE HECHO
aplicable en casos excepcionales, personas incapaces de ejercer algún derecho(ejercer bienes, expresar voluntad etc)
ampliación facultad jurídica para establecer que casos son restringidos y cuales no
el juez debe tener la obligación de escuchar a las personas con capacidad restringida y de tener en cuenta sus opiniones.
Sistema de apoyo(acompañamiento según el caso)
PERSONAS CON CAPACIDAD RESTRINGIDA
13 A 16 años no poder ejercer derecho invasivos y económicos, socio-económicos(hipotecar compra-venta etc)
matrimonio menor de edad:se deberá tener en cuenta la aprobación/constancia de los padres de las dos partes, en caso de no tener esta aprobación la pareja deber acudir a un juez y este decidirá dependiendo el grado de madurez que posea las dos partes ademas teniendo en cuenta la opinión de los padres de ambas partes
persona por nacer
PATRIMONIO
conjunto de bienes que una persona posee y estos se pueden utilizar como cobro de un embargo, a exepcion de aquellos bienes que este codigo concede como inembargables y si las partes concurren una situacion de igualdad de condiciones.
las personas pueden tener mas de un patrimonio.
CONCEPTO DE BIENES
material
cosas
no material
derechos
ESTADO CIVIL
soltero/a,casado/a,viudo/a;divorciado/a
DOMICILIO
DONDE vive la persona
NOMBRE
ABUSO DEL DERECHO
el juez debe tomar las medidas necesarias para que las personas no abusen de sus derechos
la ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos
PERSONA
FISICA O HUMANA
INVIOLABILIDAD DE LAS PERSONAS
la persona es inviolable en cualquier situacion tiene derecho a ser reconocido y respeto por su dignidad
AFECTACIONES A LA DIGNIDAD
aquella persona que sea afectada en su intimidad personal, familiar o en cualquier situacion menoscabada en su dignidad personal tiene derecho a reclamar reparacion por los daños sufridos y prevensiòn.
DISPOSICION DE LOS DERECHOS PERSONALISIMOS
es admitido si no es contrario a la ley,buena fe,moral y las buenas costumbres, no debe ser presumido es de interpretacion restrictiva y puede ser libremente revocado
ART 15
HECHO JURIDICO
acontecimientos que provoca el nacimiento o modificacion de la ley
NATURALES
acontecimientos de determinadas conductas que provocan una fuerza natural que conduce a una consecuencia juridica.
HUMANOS
acontecimientos humanos, voluntarios o involuntarios, para considerarlo voluntario tiene que producirse 3 aptitudos en simultaneo, libertad,intencion,discertimiento
SIMPLE ACTO LICITO
no busca generar un hecho juridico pero puede llegar a producirlo
ACTO JURIDICO
tiene como fin, conseguir un hecho juridico
VICIOS
VOLUNTAD
ERROR
DOLO
FUERZA E INTIMIDACION
ACTOS JURIDICOS
SIMULACION
simular un acto como si fuese otro(cambiar una fecha en el contrato, personas contratadas en negro etc)
ILICITA
contraria a la ley,moral, buena fe y buena costumbre.
se engaña a terceros
LICITA
si su proposito no afecta a la ley o a teceros permanece en la esfera de la libertad
FRAUDE
UNIDAD 3
OBLIGACIONES
CONCEPTO ART 724
deben existir 2 tipos de personas
deudor y acreedor, el deudor esta atado al acreedor, si el deudor no cumple con los interés licitos del acreedor , este puede obligarlo a cumplir esos intereses.
ELEMENTOS
SUJETO
acreedor,deudor, con capacidades determinadas y distintas
OBJETO
art725, el objeto obligatoriamente debe ser material, determinado y susceptible a un valor economico de interes patrimonial o extrapatrimonial del acreedor
LICITO, MATERIAL Y JURIDICAMENTE POSIBLE
es una prestacion
el acreedor puede exigir cUmplimiento al deudor
relación jurídica
RELACIÓN JURIDICA
DAR
HACER
NO HACER
BIENES EXCLUIDOS
ropa e inmuebles
-instrumentos de trabajo
-instrumentos religiosos reconocidos por el estado
RESPONSIBILIDADES
CONCEPTO
puede haber o no responsable, si lo hay puede ser directo/voluntario o indirecto/involuntario cual sea, debe responder por los daños causados a través de una indemnización.
TIPOS
PREVENTIVO
(regulado por el CCYCN)
evitar causar un daño injustificado adaptando medidas preventivas, en caso de ya haber producido el daño , no agravar aun mas.
RESARSITORIA
(regulado por el CCYCN)
Ya causado el daño puede ser de tipo justificado( que no se deba reparar) o injustificado, en este cado debe repararse(volver al estado anteriormente, en caso de que no se pueda, debera ser indemnizado economicamente)
PUNITIVA
ART52 BIS LDC
multa=sancion que recibe el proveedor, para mejorar la prestacion de servicios
Ya cometido el daño una cantidad de veces, se nos impondra un a sancion en la cual tiene como finalidad cambiar en la conducta(esta definicion la saque de mi cabeza)
PRESUPUESTO
ANTIJURIDICIDAD
Eñ daño injustificado es anti juridico
a exepción
legitimidad de defensa propia o de terceros
casos de fortuito o de fuerza mayor
ejercicio regular del derecho.
ATRIBUCIÓN
OBJETIVO
inderecto
responsabilidad de un tecero por ejemplo en caso de un incidente laboral tendra cierto grado de culpa el jefe o encargado de la persona acusada.
La responsabilidad DE RESULTADO(causa final, por ejemplo soy un abogado y me contratan para firmar un contrato y lo hago mal, y la empresa se va ala quiebra) siempre es objetiva
Es mas dificil desligarse de la responsabilidad a menos que demuestre lo contrario
LA CULPA ES IRRELEVANTE
cuando de las circustancias de la obligacion , o de las partes convenidas, surgue que el deudor necesita un resultado determinado
SUBJETIVO
directo
responsabilidad única
DOLO (INTENCIÓN)
a menos de que se livere demostrando la causa ajena, execpto dispicion legal del contrario
CULPA (SIN INTENCIÓN)
en ausencia de la normativa
CAUSAS
AGENA
HECHO DE LA VICTIMA
actuo de manera riesgosa
HECHO DE TERCERO
No respondo por los daños sufridos
HECHO FORTUITO
RELACION DE CAUSALIDAD
concepto
Debe ser reparado e indemnizado los daños sufridos
consecuencias inmediatas
consecuencias mediatas
surguen naturalmente a largo plazo
consecuencias causales
no las reparo yo
DAÑO RESARCIBLE
se deberá reparar plenamente el daño, moral y material( lucro secante)
INDEMIZACIÓN
sustituir el daño con dinero
INDIRECTA
surge de la ley
responsabilidad objetiva por los daños que causa el hecho en ejerció las personas que estén bajo dependencia (es decir, las personas como niños y trabajadores causen un daño en pedido de su superior o responsable).
la responsabilidad del principal es concurrente con la del dependiente( es decir la persona principal o el causante del daño tiene mas responsabilidad que el dependiente)
TIPOS
CONCURRENTE
cada uno responde por sus causas
situaciones de examen
Si la pluralidad deriva de causas distintas, se aplican las reglas
de las obligaciones concurrentes
SOLIDARIAS
es mas grave la situacion, todos deberan responder por el daño que fue de la misma causa, y la víctima puede reclamarle al de mayor patrimonio
RESPONSABILIDAD POR INTERVENCION DE LAS COSAS
Es responsabilidad objetiva ya que las persona respondera por la realizacion de una actgividad riesgosa, ya sea por su medios empleados,naturaleza o su realización
SUJETO RESPONSABLE
dueño y guardian son responsables por los daños causados
no responden si fue en contra de su voluntad
COLECTIVA Y ANÓNIMA
COSA SUSPENDIDA O ARROJADA
Si se cae una parte de un edificio o cosa que haga daño a una persona, el dueño y el ocupante son responsables, a menos que demuestren lo contrario
AUTOR ANONIMO
Conj. de personas anonimas que responde solidariamente a los daños causados, a menos que uno de ellos acredite lo contrario
ACT PELIGROSA EN GRUPO
Responsabilidad solidaria por las actividades de alto riego que afecten a terceros a menos que acrediten lo contrario
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
Relacionadas con las obligaciones de hacer, es de responsabilidad subjetiva salvo que haya un resultado concreto
Responsabilidad en un eestablecimeinto educativo
el responsable de los menores en el establecimiento es objetiva y se exime solo en caso fortuito
UNIDAD 2
PERSONA JURÍDICA,
CONCEPTO
la persona juridica NO RESPONDE por las deudas de sus asociados y viceversa
incapaz del ejercicio, no tiene psiquis, actua mediante sus representates legales del órgano representativo.
PERSONA JURÍDICA SOCIETARIA
ART 19550
ley general de las sociedades.
Humanos que quieren construir una sociedad no pueden elejir el tipo social, solo el tipo legal .
Ejemplos: iglesia, estado etc
Una persona jurídica societaria es una entidad legal creada y reconocida por la ley que posee derechos y obligaciones similares a los de una persona natural, pero que está formada por una agrupación de personas que se unen con un propósito específico, como llevar a cabo actividades comerciales, industriales, profesionales, o cualquier otra actividad económica o social
sacada de un libro de la facultad de derecho
ATRIBUCIONES
NOMBRE SOCIAL
para identificarse en el mercado y el tipo de persona juridica(privada o societaria)
CAPACIDADES
DIRECTORIO
toma decisiones con respecto a los trabajadores
ORGANO DE GOBIERNO
(CONST. POR LOS SOCIOS)
-Fucionan empresas
-Cambian de domicilio
-Toma de decisiones
ORGANO DE FISCALIZACIÓN
Controla el órgano de administración
DOMICILIO
LEGAL
donde fijuran los fundadores en el estatuto, donde se encuentre el asiento del admin, no tiene voluntad de residencia .
REAL O PERSONAL
toda persona juridca tiene uno y tenien voluntad de residencia
domicilio social
es una aproximacion de la direccion de la persona juridica(puede decir solamente la ciudad en el con trato)
sede social
Es la direccion exacta de el domicilio de la persona juridica
PATRIMONIO
ASOCIACIONES,
Conformada por un grupo de personas que buscan ayudar a sus miebros(SIN FINES DE LUCRO), llamados asociados
PERSONA JURIDICA PRIVADA
responsabilidad limitada, solo por la aportacion
En estas se pueden unir otras asociaciones existentes ya que lo permite el cccn y ademas personas humanas
FUNDACIONES
conjunto administrativo, con o sin fines de lucro, en busca de beneficiarse de terceros(en el ámbito turistico) y tener beneficios determinados e indeterminados
persona juridica privada
los integrantes NO RESPONDEN por las deudas de la fundación
SOCIEDADES
INFORMALES
todos los socios puieden administrarla, y al no estar registrada deben responder de manera ilimitada por las deudas de la sociedad
puede ser de manera mancomunada (responden de manera equitativa la deuda)
y de manera solidaria: el acreedor puede optar por uno de los socios y que pague el 100% de la deuda)
SUJETO DE DERECHO
S.A
acompañada por el nombre social( enxio S.A)
concepto
los socios responde limitadamente al capital aportado(si aporto una casa respondere hastya el valor de la casa), en esta sociedad los socios de mayor aportación tienen mas privilegios, responsabilidades y autoridad
denominacion social
nombre fantasioso "s.a"
razón social
nombre de alguno/s "s.a"
org de fiscalizacion
consejo de vigilancia
sindicatura
abogados y contadores
S.R.L
concepto
sociedad de responsabilidad limitada, significa que sus socios responden limitadamente por las deudas de esta(si yo aporto un auto respondere hasta el valor del automotor), para poder ingresar deben aportar un inmueble de propiedad y de ejecucion sencilla.
demonimacion social
nombre fantasioso "s.r.l"
razón social
nombre de alguno/s "s.r.l"
organos de fiscalizacion
controlan al organo administrativo
SOCIEDADES COLECTIVAS
concepto
responden de manera subsidiaria, solidaria e ilimitada antes las deudas de la sociedad
demonimacion social
nombre fantasioso "s.colectiva"
razón social
nombre de los socios y compania
organos de fiscalizacion
controlan al organo administrativo
organo de gobierno
Los socios hacen una asamblea
La Sociedad por Acciones Simplificada
es una sociedad típica y regularmente constituida
COOPERATIVAS
concepto
Son regulados por el CCCN y son de aspecto privado, poseen derechos y obligaciones como personas humanas, pero no lo son ya que son un conj de estas.Pueden fucionarse con otras cooperativas si el estado lo permite.
caracteristicas
Son entidades que se forman con esfuerzo propio
- tienen una cantidad ilimitada de miembros pero no pueden ser menos de 10
- cada voto corresponde a un asociado
- Para ingresar a la cooperativa debe haber un acto de adhesión voluntaria.
-La responsabilidad es limitada a la cuota suscripta
- sin fines de lucro, los excedentes se distribuyen segun la prestación de servicios sociales.
-Si el estado lo permite, se distribue los interes de las prestaciones de servicios sociales, pero este no es el obj. ya que no fomentan a tener ganancia.
- Fomentan a la educación cooperativa(logrando un 5% de excendentes)
-Promueve la integración cooperativa a travez de la prestacion de servicios a los socios y no socios
- Duración ilimitada y cualquiera puede unirse
-No puede cambiar de tipo de sociedad.
clasificacion
Segun su nivle de organziación
Cooperativas de primer grado
Cooperativas de 2do grado, ejemplo: Ligas y federaciones)
Segun por su servicio
Distribucion
Distribución y prestación de bienes y servicios a sus socios y a la comunidad(coop. de godoy c)
consumo
Distribuye bienes de consumo o de uso personal o familiar, los que integran estas cooperativas buscan un menor costo de insumos, y lo que hacen estas cooperativas es ir a mayoristas y conseguir insumos y venderselos a sus socios con una pequeña difierencia de margen de precios
provision
Conjunto de personas que forman un oficio o profesion para poder conseguir insumos a un costo menor( taxistas por ejemplo)
coopeartiva agricola
Pequeño grupo de productores rurales que buscan mejorar las condiciones de calidad y precio dde las maquinas, abonos , semillas y cualquier insumo para poder llevar esa produccion con precios convenientes a los mercados internos e internacionales.
por trabajo
Grupo de trabajadores que ofreceran su esfuerzo laboral a llevar a delante empresas de producción de bienes y servicios
organo de gobierno
asamblea
COncepto
Organo superior en donde en este se tomaran las decisiones importantes osbre la cooperativa
tipos
constitutiva
Primera asamblea, en donde se formo la cooperativa
ordinaria
Se realiza una vez al año dentro de los cuatro meses luego del cierre del ejercicio economico
extraordinaria
Asamblea que puede genersase cuando el consj administrativo,sindico o el 10% de los soscios la desean convocar.
consejo administrativo
Constituida por los miebros de la cooperativa, este consj es elejido por la asmablea o no son menos de 3, estan a cargo de la dirección de operaciones y actuan como persona jurídica.
sindico
Tiene como mision velar el cumplimiento del consj, adm con la ley, el estatuto y los reglamentos de la asamblea.
Las personas que maneja ese sector son elejidas,removidas o reelegidas.
IDP 2
UNIDAD 3|
MORA
CONCEPTO
Borda
Mora es la acción jurídica de no cumplir las obligaciones
Busso
El retardo contrario al derecho por el cumplimiento de las obligaciones
ELEMENTOS
OBJETIVO
Sin retardo no hay mora, siempre esta presente
sometida al cumplimiento de una condición o este sometido a un plazo cumplido
¿SUBJETIVO?
Subjetivo se refiere a la imputabilidad del deudor, la mora es inexcusable, ya sea que el deudor cometa dolo o culpa.
Para busso siempre es subjetivo pero para borda , ya que este lo veía innecesario, todo retardo es mora y la ley presume que es imputable al deudor a menos que este demuestre lo contrario , para liberarse de daños e intereses de pago demostraba que el dia de pago aun teniendo los fondos se le imposibilito el pago.
FORMAL
A veces es necesario y a veces no
No basta con la imputabilidad y el retardo del deudor, sino que también tiene que haber un elemento formal, "LA CONSTITUCIÓN EN MORA" el modo mas usual es la interpelación o el requerimiento del deudor que puede ser judicial(realizada ante tribunales) o extrajudicial(realizada de manera privada, como una escritura publica o una carta de documento)
CATEGORICO
Mora debe tener ciertos aspectos , primero debe ser:
Explicita y clara
Se da luego del vencimiento de la obligación
Ofrecer cooperación
Plazo prudente
Contrato bilateral
Articulo 886
Mora del deudor producida por el solo transcurso del tiempo
Art 887
SUJETO TÁCITO
No esta sometida a un plazo determinado ya que las partes no lo acordaron, pero de buena fe debe cumplirse la obligación
por ejemplo, contrato a un albañil a que me arregle unas cuestiones en mi casa, pero yo con el nunca pactamos un día fijo ,pero naturalmente tiene un tiempo de realización de la obligación
SUJETO INDETERMINADO
Las partes no determinan una fecha de finalización si no que van a un juez y este según las leyes locales fijara el plazo al deudor, un ejemplo seria el pago a mejor fortuna
En caso de duda se considera sujeto tácito
ART 888
Para eximirse de las consecuencias juridicas derivas de mora, el deudor de probar que no le es imputable
PAGO A MEJOR FORTUNA
889art
Las partes acuerdan que el deudor pague cuando este pueda, o tenga una mejor fortuna, y se aplican las reglas de las obligaciones del plazo indeterminado
art890
El acreedor puede exigirle al deudor que este cumpla con las obligaciones, si este aun le impide pagar pr su falta de frtuna, en caso de conddena, el juez puede fijar el pago en cuotas.
art 891
La cláusula del pago a mejor fortuna a beneficio del deudor y a los herederos como obligación pura y simple
INNCESARIEDAD DE LA MORA
Vencido el plazo esencial
(se cumplio lo acordado el dia acordado)
Si la incumplidora manifesto la voluntad de no cumplir
Si el incumplimiento es imposible
EFECTOS DE LA MORA
Estas en mora, respondes por los daños y prejuicios,
Riesgo del contrato, si el incumplimiento ya sea por daño o perdida por caso fortuito o fuerza mayo, aun se debera responder. SALVO que este demuestre que aun cumpliendo, el caso fortuito hubiese afectado tambien al acreedor
Dar derecho a resolver los contratos
si el deudor te complica mucho , vas y lo compras en otro lado
Puede revelar el estado de cesación de pagos, en materia laboral da derecho a darse por despedido
CESACIÓN EN MORA
Cumplimiento de la mora, respondo por los daños y prejuicios
Imposibilidad de cumplir
tenia que entregar un perro, pero se murio
renuncia del acreedor
el acreedor me recibe los 10k que ledebia sin los intereses proque no le pagaba mas
MORA DEL ACREEDOR
El acreedor se encuentra en mora cuando no desea recibir el pago de manera injustificada, aun cuando el deudor explico y especifíco los métodos de pago
OBJETO Y REQUISITOS
art 867
El objeto de pago debe reunir los requisitos de identidad, integridad, puntualidad y localización
PAGO
Para que exista la mora del acreedor es necesario que exista
Obligación vencida
oferta de pago
el deudor ofrece una oferta de pago y el acreedor no desea recibirla
demora injustificada al recibir el pago
SALVO que el pago reuna los requisitos(identidad, integridad,puntualidad y localización)
PAGO POR CONSIGNACIÓN
A) El acreedor se encuentra en mora
-el deudor se puede desobligar y da a lugar a los efectos de la demanada desde el dia que se notifican.
-art 907, consignacion judicial no impugnada del acreedor, aun reuniendo los requisitos del pago, se extingue la deuda desde el dia que se notifica .
duda sobre el art 907
EFECTOS
iNDEMIZACIÓN
Interrupción
Impide la mora
Riesgo del contrato
Habilita a consignar
CESACIÓN DE LA MORA DEL ACREEDOR
Aceptación del pago
renuncia del pago
Imposibilidad de cumplir
OBLIGACIONES DE DAR DINERO
CONCEPTO
Comienza siendo una obligación de dinero y termina siendo una obligación de dinero
PUNTO DE VISTA
ECONÓMICO
Instrumento de cambio común
DERECHO
Para el derecho es una medida de valor que usa el comercio para medir cualquier clase de bien
FUNCIONES DE LA MONEDA
PARA LA ECONOMIA
Valorímetro
(como el valor se mide)
PARA EL DERECHO
La manera de extingir obligaciones
TIPOS O CLASES DE MONEDA
Moneda metalica
Moneda impresa en algun metal precioso; oro plata etc
Moneda papel
Es convertible
respaldada por oro y divisas
Papel moneda
No convertible
Tambien esta respaldada por oro y divisas pero el estado le da valor
VALORES DE LA MONEDA
NOMINAL
Lo que fijura impreso en la moneda
VALOR DE CAMBIO
Nacional
Lo bienes y servicios que yo podia adquirir dentro del pais
Internacional
Son las divisas extranjeras que puedo adquirir con la moneda nacional
REAL
La monda de oro,plata o bronce pero estas no podian tener un valor superior por el material que por el valor en si(es decir, si yo tenia una moneda de 10 pesos hecha en algun metal precios este no podia valer mas de 10 pesos)
SISTEMAS
NOMINALISMO
CONCEPTO
El deudor debe pagar 100$, por mas que pasen dias, meses o años se podra desobligar pagando 100$. Esto tiene ventajas:
-Da certidumbre
-Previsibilidad
-Simplicidad
VALORISMO
Al momento de pago se debe pagar la suma actualizada es decir, si me comprometo a pagar 100$ hoy, 10 de mayo,, al momento del plazo que se medio hay una inflacion,devaluación o un desprecio de la moneda entonces debera dejar al acreedor en la misma situacion que si yo le hubiese pagado los 100 pesos el 10 de mayo.
REVALUACIÓN
Al momento del pago se debera pagar la suma actualizada si se está en mora
MONEDA EXTRANJERA
La obligación es de dar dinero si el deudor debe CIERTA CANTIDAD de moneda, sea derterminada o determinable, al momento de la constitución de la obligación.Si se estipulo dar moneda de curso no legal en la republica, el deudor debera obligarse a completar dando bienes que iguales la cantidades de cosas y se podra desobligar pagando el equivalente a la moneda de curso legal.
SI yo debo 100 dolares, pago 100 dolares, si no cumplo se me subastan los bienes en dolares, la unica manera de desobligarse es pagando en pesos si es que el acreedor acepta ese metodo de pago
ARTICULOS
765
lo que se da a a entender como obligaciones de dar dinero es cuando el deudor debe una cierta cantidad de moneda, sea determinada o determinable, a la hora de consagrase la obligacion sea de curso legal o no legal.El deudor para poder desligarse/desobligarse debera entregar la cantidad comprometida en la moneda pactada, los jueces no podran cambiar la forma de pago o la moneda pactada por las partes
En caso de no cumplir
Si se pacta pagar con dolares solo se desliga de la obligacion pagando en dolares, en caso de no cumplir o no querer pagar con la moneda pactada, al deudor se le liquidaran los bienes que tendran valor de la moneda pactada
UNIDAD 4
CONTRATO
CONCEPTO
Acto juridico donde 2 o mas partes comparten un consentimiento de crear,modificar y regular relaciones juridicas
CONTRATOS PARTICULARES
Estan regulados por el CCCN y son
contratos bancarios
compra venta
permuta
Donación
CONTRATO Y ANALISIS ECONÓMICO DEL DERECHO
Cooperación entre las partes, se utiliza el arsenal cientificio, metodológico y valorativo de la economia juridica
lo que da a enteder es que tanto para los economistas como los juristas el contrato se vale de equivalencias, una parte no puede ganar mas que la otra deben ser equivalentes
FUNCIONES
juego no cooperativo e ineficiente a un juego cooperativo eficiente, ganador-ganador
Compromiso optimo para cumplir, las partes aseguran su icentivo a cumplir
Aseguarar una confianza óptima
generan una confianza entre las partes ya puede ser mediante una finanza o una hipoteca
MINIMZAR COSTOS DE TRANSACCIÓN
CORREGIR FALLAS DEL MERCADO
se refiere a la falta de informacion y experiencia en unas de las partes , que mejor que ellas para saber que soluciones óptimas tomar
RELACIONES PERMANENTES
Resuelve la cooperación a largo plazo
ELEMENTOS ESENCIALES
CONSENTIMIENTO
Debe estar dada y expresada por una de las partes y debe ser RECIBIA por la otra
oferta
lo que doy como entendido en oferta es
juan le hace una oferta a luis , en este caso juan quiere usar la pc de luis, para que pueda usarla juan hace una oferta, para que luis acepte.
la oferta se anula si una de las partes muere pero si una de ellas tuvo que usar dinero puede reclamar recomensa
Aceptación
Lo que doy por entendido en aceptacion es:
juan le hace una oferta a luis , en este caso juan quiere usar la pc de luis, para que pueda usarla juan hace una oferta, luis se fija si la acepta o no para dar su consentimiento de uso
FORMA
El consentimiento se manifiesta por la forma
OBJETO
Es la cosa sobre lo que recae en el contrato
CAUSA
La finalidad que tiene el contrato
OBJETO
MUSSET
Tiene una visión mas amplia del objeto de la obligacion, es todo lo que integra el acuerdo, por ejemplo una compra venta de un camion, para el , seria todo el proceso,el cambio de propiedad, la transferencia etc
BORDA
Para borda el objeto es la cosa o hecho que las partes comprometen en una obligación por ejemplo, la compra venta de un camion, para el seria SOLO el camíon en si.
NORMATIVA APLICABLE
ARTICULOS
279
El objeto del acto juridico debe ser licito, de buen a fe y las buenas costumbres, y no debe ser contrario a la ley por x motivo
280
Acto juridico sujeto a un plazo es valido, aunque este empezo como prohibido o invalido, pero al momento de finalizar el plazo es válido
CARACTERISTICAS
debe ser
licito
Posible
Valor económico aunque no sea de interes patrimonial
Determinado o determinable
Determinado es cuando el objeto se puede determinar su especie y determinable es cuando se utilizan los criterios suficientes para su individualización
OBJETO PROHÍBIDO
No pueden ser lesivos, ni contrario a la ley
cuando se hable sobre objeto de derecho sobre el cuerpo:
los derechos sobre los cuerpos no tienen intenciones comerciales solo cientificos,humanitarios,terapeuticos etc, solo si se respeta lo anterior son disponibles
Esta prohibido los actos de disposicion del cuerpo o de las partes que disminuyan su integridad o sea contrario a la ley, la buena fe etc por ejemplo yo no puedo ceseder un organo para pagar el alquiler.
CASOS ESPECIALES
"NO HAY O NO EXISTE OBJETO DE CONTRATO"
COSA FUTURA
El objeto del contrato es un bien futuro, que puede exisitir(como la construccion de una casa) o no puede exisitir a ciencia exacta(cultivos) que ese riego lo tomara el acreedor
en caso de prometer la existencia del bien, se debera responder por los daños ocacionados, pero, si no da certeza o promete su existencia se desliga de culpa y de daños y prejuicios
COSA AJENA
Se puede contratar sobre bienes ajenos pero no se puede contratar como bienes propios(es decir yo no puedo hacer un contrato subre una compra-venta de una casa que no es mia pero digo que si lo es)
- Si la cosa o hecho no es propio, no garantiza su exito.
-no es responsable si no garantizo su exito , por el contrario debera responder por daños causados
BIENES LITIGIOSOS
Bienes cuya titularidad se encuentra en duda y es materia de conflicto judicial
HERENCIA FUTURA
No se herada dinero o bienes,( ya que el ascendente no esta muerto) sino que se herada los derechos hereditariospor ej: gestión empresarial) y estan sujetos a un plazo tácito
CONTRATOS A LARGO PLAZO
El tiempo es esencial para el cumplimiento del objeto del contrato
Si una de las partes quisiera terminar con el contrato de buena fe, debe darle la oportunidad de renegociar a la otra
POR EJEMPLO UN CONTRATO DE ALQUILER
CAUSA
CONCEPTO
Finalidad del contrato, sin causa no hay contrato
TIPOS
CAUSA MOTIVO
Los motivos particulares de las partes
NECESIDAD
Sin causa no hay contrato, es esencial
ACTO ABTRACTO
La causa no puede tener como finalidad algo ilicito
PRESUNCIÓN
La causa se presume pero no de manera expresada
POR EJEMPLO: compra venta de un bien , la otra parte le puede dar uso;goze;reventa.
TIPOS DE CONTRATOS
CONTRATOS
SUMINISTRO
Este grupo de contratos son denominados contratos de empresa, también
modernos contratos, aunque ya tienen mucho desarrollo a lo largo del tiempo, e
incluso se encuentran regulados en el CCCN.
MAQUILA
DE SERVICIO
LOCACIÓN DE LAS COSAS
Hay contrato de locación si una
parte se obliga a otorgar a otra el uso y goce temporario de una cosa, a cambio
del pago de un precio en dinero.
ALQUILER POR EJEMPLO
CONTRATO DE OBRA
El contrato de obra es un acuerdo legal que establece las condiciones para la realización de una obra o servicio específico
nominados e innominados
Eran nominados los que tenían nombre específico y particular confirmado por el derecho (ej. compraventa) e innominados los que aun teniendo causa no tenían nombre. Los contratos inominados eran cuatro: "Doy para que des", "Doy para que hagas", "Hago para que des" y "Hago para que hagas"
UNILATERAL
Una de las partes tiene ventaja sobre la otra
POR EJEMPLO: la donación
BILATERAL
Ambas partes tienen ventaja
PLURILATERAL
Se refiere a los contratos de estructura social, es decir si uno de los miebros de las partes se sale o incumple el contrato, este seguira en pie SALVO que la causa de salida o de incumplimiento afectase a este.
Contratos de sociedades
ONEROSO
Se refiere a cuando hay ventajas en ambas partes
GRATUITO
Se reifere cuando una de las partes tiene ventaje sobre la otra( donación)
CONMUTATIVA
Ambas partes conocen sus ventajas a la hora de celebrar el contrato( contrato de obra)
ASOCIATIVA
Las partes NO CONOCEN las ventajas o desventajas de la otra a la hora de celebran el contrato( apuestas, juegos online etc)
FORMALES
Cuando la ley establece la forma de la estructura del contrato
POR EJEMPLO:
- pago a mejor fortuna( juez hace que la condena sea pagada en cuotas fijas)
NO FORMALES
La estructura del contrato esta dada por las partes
POR EJEMPLO: - Permutar
- matrimonio
CONTRATO FORMAL SOLEMNE
RELATIVO
Estrucutra dada por la ley, si no se cumple, se pasa el caso a un juez, este determina si se cumple o no
ABSOLUTO
Estructura dada por la ley, si no se cumple se anula
pRIMERO EL CONTRATO RELATIVO, SIRVE CUANDO UNA PARTE QUIERE COMPRAR UN A CASA, LA TITULARIDAD NO SE SEDE EN EL MONENTO, ESO LO TERMIANRA DE DECIDIR EL PRIMER DUEÑO, LUEGO VIENE LA OTRA PARTE, LO ABSOLUTO, QUE ES CUANDO EL PRIMERO DUEÑO CESA LA TITULARIDAD AL NUEVO DUEÑO
DE EJECUCIÓN
INMEDIATA
Cuando las prestaciones se cumplen inmediatamente a la hora de celebrar el contrato
DERIVADA o CONTINUA(relacionado con los contratos a largo plazo)
Cuando las prestaciones se postergan en un determinado tiempo( bodega compra cultivos, naturalmente crecera, pero no se sabe o se tiene estipulado el tiempo)
MANERAS DE TERMINAR UN CONTRATO
SUSPENCIÓN
Se refiere a que una de las partes puede suspender SU CUMPLIMIENTO del contrato, ya que ve que la otra parte sufre un menoscabo DURANTE el contrato y que puede afectarlo.
POR EJEMPLO: kun aguero cuando llego al barca
RESCICIÓN
(Manera de extinguir un contrato)
puede ser
UNILATERAL
Unoa de las partes quiere extingir el contrato
Si lo dice la ley o esta pactado antes de firmar el contrato puede pasar
- si ambas partes desean terminar con el contrato, no hay porblema se extingue
si solo una parte quiere extingirlo, si se dijo previo al contrato de que se puede extingir.
relación de las partes se agoto(se cansaron uno del otro)
Cambio de interes
POR EJEMPLO: mi jefe quiere contratar mas personas para abastecer la cant de personas que vienen a su negocio
No es abusivo
por ejemplo, si tengo un periodo de tiempo largo en una empresa mi jefe no me puede hechar de un dia para el otro, tiene que haber un pre aviso)
BILATERAL
Las partes quieren extingir el contrato
POR EJEMPLO
proveedor de pan a un kisoko
REVOCACIÓN
"Extingir las relaciones juridicas)
Unas de las partes desea extingir la realcion juridica, ya sea por una desconfianza
por ejemplo: la donacion
RESOLUCIÓN
Una de las parte INCUMPLE las condiciones y términos del contrato, y eso es motivo suficiente para que la otra parte "resuelva el contrato"
PUEDE SER
EXPRESA
Ambas partes pactan que si hay un incumpliento de la otra, le da el derecho a la otra parte de resolver el contrato
IMPLICITA
SI no estaba pactado, el caso ira a un juez que dictara las terminos de resolución del contrato
El deudor tiene 15 dias para el cumplimiento el contrato
INCUMPLIMIENTO
TOTAL O PARCIAL
Si te intersa conservar la mesa, haces quilombo por las sillas(parcial) pero, si queres una indemización total haces quilombo por todo.
UNIDIAD 5
DERECHOS REALES
CONCEPTO
El objeto recae sobre una cosa u bien(inmuebla o muebles)
La estructa esta dada por la ley,no se puede desobedecer y el titular(quien impuso el derecho(hipoteca)) tiene la facultad de persecución y preferencia
DERECHOS PERSONALES
CONCEPTO
El objeto recae sobre personas; prestaciones y obligaciones dar hacer y no hacer
DIFERENCIAS ENTRE DP.DR
AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD
Para los derechos reales, la autonomia de la voluntad esta dada por la ley, ya sea constitución, extinción , modificación
Para los derechos personales, hay libertad de negociación, por ejemplo la permuta
OBJETO
derechos reales: una cosa o bien .
Yo a ese bien adquiero el dominio
Derechos personales: las prestaciones (obligaciones de hacer, no hacer y de dar)
RELACIÓN CON LA COSA
DERECHOS REALES las relaciones son de manera inmediata
DERECHOS PERSONALES las relaciones son de manera mediatas
OPONIBILIDAD
FACULTADES
DERECHO REALES: tienen la facultad de perseguir la cosa en manos de quien se encuentre( el banco hipoteca tui casa, vos no pagas, el banco por mas que estes de viaje o en otro lado, puede rematar los bienes hipotecados hasta recupar el dinero)
DERECHOS PERSONALES: las partes tienen acciones para hacer que se cumplan las prestaciones que se deben de deudor a acreedor.
TRACIDION
es que se entregue materialmente y voluntariamente la cosa por una persona capaz y legitimada a otra persona igual (requisito indispensable para la adquisicion de derechos reales)
NUMERUS CLAUSUS
el derecho real puede recaer sobre: condominio, dominio, propiedad horizontal, hipoteca, prenda, usufructo, y en el ejercico, transferencia y extincion de estos derechos reales que yo estè ejerciendo sobre las cosas estas que acabo de nombrar, tengo que seguir ciertos requisitos que estan establecidos por el orden publico.
RELACION ENTRE DP. Y DR.
el DR. sirve como garantìa de cumplimiento del DP. Por ejemplo: le presto dinero a un amigo y èl se compromete a devolverla (derecho personal), y yo para garantizar de que èl me la va a devolver le hipoteco la casa (derecho real)
DOMINIO
Es la titularidad completa de un bien material, tangible. Otorga todas las facultades de uso, goce y disposicion material y juridicamente de la cosa.
pone limites para evitar el uso abusivo del derecho
propiedad=dominio, pero de un bien inmaterial(imagen, derechos de autor)
CARACTERES
perpetuo: por el solo transcuro del tiempo, se sigue siendo titular , se transmite a los herederos, se pierde lo perpetuo si pierdo la titularidad del bien(es decir si se vende el bien)
exclusivo: no se puede tener mas de un titular
EXLUYENTE: el titular puede excluir a un desconocido.
remover por propia autoridad muebles y objetos dentro de linmueble y y encerrarlo con muros, cercas o pozos que no sea contrario a la ley locales.
CONDOMINIO
CUando 2 o mas personas tiene el dominio sobre un inmueble
PROPIEDAD HORIZONTAL
un edificio con departamentos, el dueño del edificio responde por todo, los que vivien no pueden modificar algo de este sin consultaron con el dueño del edificio
DERECHO SUPERFICIE
ES EL DERECHO QUE TIENE UN TERCERO DE CONSTRUIR SOBRE UNA PROPIEDAD
USUFRUCTO
la persona es titular del derecho real de usufructo sobre un departamento sometido al régimen de propiedad horizontal, este puede alquilarlo a un tercero y obtener los alquileres que son frutos civiles.
El usufructo es un derecho real de disfrute de un bien ajeno. El usufructuario es el poseedor de la cosa, pero no su dueño. Puede usarla y gozar de sus rendimientos, aunque no está facultado para disponer libremente de ella. La propiedad plena de un bien alberga dos derechos distintos: la nuda propiedad y el usufructo.
Prenda
La prenda es un derecho real de garantía que se puede constituir sobre determinados bienes de una persona que se obliga como deudor. Mediante un contrato de prenda, el acreedor podrá retener el bien que el deudor entrega como garantía hasta que cumpla con la obligación pactada.
CONCEPTOS QUE ME EQUIVOQUE EN EL EXAMEN
SUCESIONES
el cónyuge herda siempre un 75% de los bienes
de los cuales son 50% de los bienes gananciales(dentro de los regimenes de ganancialidad y el de participacion/patrimonio)
hereda como un hijo mas en los bienes propios del conyuge.
en caso de que el padre deje un testamente que diga que los bienes van a su sobrino puede pasar dos cosas
-si afecta el 2/3 de los bienes de los hijos que esos lo tienen como derecho legitimo, pueden ir estos a demandar y que se lo reconozcan
- si el padre ve que su sobrino despues de hacer el testamento , es una basura con el y quiere extinguir esa relacion juridica debe REVOCAR
grado familiar, descendientes siempre pueden tener un representante
- si esta todos vivos menos el conyugue igual heredan los hijos, SIEMPRE HEREDAN LOS HIJOS SIEMPRE Y CUANDO NO HAYA CONYUGUE O SI UN BIEN ESTA EN UN TESTAMENTO Y NO AFECTA EL 2/3 DE LOS HIJOS
SI TE CAGAN EN EL CONTRATO
(bien usado o dañado)
NADA, PERO NADA SE RECLAMA A DEFENSA DEL CONSUMIDOR, siempre a la justicia o un juez
En caso de que si un producto viene usado y en el contrato estaba dicho que eran nuevas, si el proveedor no responde ir ante la justicia
MORA
En caso de incumplimiento se debe pagar por daños y perjuicios SIEMPRE, no se puede aplazar el cumplimiento
se recurre al CCCN POR INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
MATRIMONIO
REGIMEN
PATRIMONIAL O DE PARTICIPACIÓN
todos los bienes deudas y obligaciones antes y durante el matrimonio se repartirán entre los cónyuges
GANANCIAL
Subtópico
SEPARACIÓN DE BIENES
los bienes que yo tenga durante el matrimonio son bienes gananciales excepto aquello que yo antes de casarme tenia el dinero y lo compre durante el matrimonio(es decir, tenia 100 pesos guardados en la billetera antes de casarme, cuando me case , pasaron años y me compre un auto, ese auto es un bien propio)