LEY 1819 DE 2016

por medio de esta

Se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la
lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones

contiene

Indicaciones importantes para las personas naturales obligadas a declarar impuesto de renta.

los cuales deberán dividir sus ingresos anuales en cinco fuentes

Rentas de Capital

Rentas de Trabajo

Rentas de dividendos y participaciones

Rentas no laborales

Rentas de pensiones

LAS CINCO CEDULAS SON

2.Rentas de Pensiones

son

*Pensión de Jubilación
*Pensión de invalidez.
*Pensión de vejez.
*Pensión de sobrevivientes.
*Pensión sobre riesgos profesionales.
*Indemnizaciones sustitutivas de las pensiones.
*Devoluciones de saldos de ahorro pensional.

Tope maximo

Se sigue considerando exenta la parte del pago mensual que no exceda de 1.000 UVT. (Art. 206, numeral 5 del ET)

1.Rentas de Trabajo

son

*Salarios.
*Comisiones.
*Prestaciones sociales.
*Viáticos.
*Gastos de representación.
*Honorarios.
*Emolumentos eclesiásticos.
*Compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo.

Tope Maximo

40% de la renta líquida cedular (ingresos totales por rentas de trabajo del período gravable menos ingresos no constitutivos de renta imputables a esta cédula) sin exceder 5.040 UVT ($160.569.000 para 2017 tomando como referencia la UVT 2017).

3.Rentas de Capital

son

*Intereses.
*Rendimientos financieros.
*Arrendamientos.
*Regalías.
*Explotación de la propiedad intelectual.

Tope Maximo

10% de la renta líquida cedular (ingresos totales por rentas de capital menos los ingresos no constitutivos de renta imputables a la cédula y los costos y gastos procedentes y debidamente soportados por el contribuyente); sin exceder 1.000 UVT ($31.859.000 para 2017, tomando como referencia la UVT 2017).

4.Rentas no laborales

son

*Honorarios de personas naturales que presten servicios y contraten o vinculen por al menos 90 días continuos o discontinuos, 2 o más trabajadores o contratistas asociados a la actividad.

*Todos los demás ingresos que no se clasifiquen de manera expresa en las demás cédulas.

Tope Maximo

10% de la renta líquida cedular (ingresos totales por rentas no laborales menos los ingresos no constitutivos de renta imputables esta cédula y los costos y gastos procedentes y debidamente soportados por el contribuyente); sin exceder 1.000 UVT ($31.859.000 para el 2017 tomando como referencia la UVT 2017).

5. Dividentos y participaciones

son

*Dividendos
*Participaciones

Tarifa de Impuesto de renta

SubDividendos y participaciones consideradas ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional: tarifa progresiva según rangos, indicada en la nueva versión del artículo 242 del ET.

Dividendos y participaciones gravadas: 35%tema