Reglamento de Regimen Academico
Artículo 101
Otorgamiento y emisión de títulos de tercer y cuarto nivel.
Topic principal
Artículo 53
Prácticas preprofesionales y pasantías en las carreras de tercer nivel
Las prácticas preprofesionales y pasantías en las carreras de tercer nivel son actividades de aprendizaje orientadas a la aplicación de conocimientos y/o al desarrollo de competencias profesionales.
Artículo 50
Vinculación con la sociedad
La vinculación con la sociedad hace referencia a la planificación, ejecución y difusión de actividades que garantizan la participación efectiva en la sociedad y responsabilidad social
Artículo 33
Reprobación de unidad de integración curricular
Un estudiante podrá reprobar hasta dos (2) veces la unidad de integración curricular, y solicitar autorización para cursarla por tercera (3) ocasión mediante los mecanismos definidos por la IES.
Artículo 32
Diseño, acceso y aprobación de la unidad de integración curricular del tercer nivel
UNIDADES DE ORGANIZACIÓN CURRICULAR
Artículo 31
Unidades de organización curricular del tercer nivel
a) Unidad básica
Introduce al estudiante en el aprendizaie de las ciencias y disciplinas que sustentan la carrera; sus metodologías e instrumentos; así como en la contextualización de los estudios profesionales
b) Unidad profesional
Desarrolla competencias específicas de la profesión, diseñando, aplicando y evaluando teorías, metodologías e instrumentos para el desempeño profesional específico
c) Unidad de integración curricular
Artículo 2
Objeto
El objeto del presente instrumento es regular y orientar las funciones sustantivas de las Instituciones de Educación Superior (IES); así como lo relativo a su gestión, en el marco de la normativa del Sistema de Educación Superior (SES).
Artículo 1
Ámbito
El presente Reglamento aplica a todas las instituciones de educación superior públicas y particulares: universidades, escuelas politécnicas, institutos y conservatorios superiores
Artículo 3
Objetivos
a) Garantizar una formación de calidad, excelencia y pertinencia, de acuerdo con las necesidades de la sociedad; asegurando el cumplimiento de los principios y derechos consagrados en la Constitución, la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) y demás normativa aplicable
b) Articular y fortalecer la investigación; la formación académica y profesional; y la vinculación con la sociedad, en un marco de calidad, innovación y sostenibilidad que propenda al mejoramiento continuo
c) Promover la diversidad, integralidad, permeabilidad y flexibilidad de los planes curriculares, garantizando la libertad de pensamiento y la centralidad del estudiante en el proceso educativo
d) Favorecer la movilidad nacional e internacional de profesores, investigadores y estudiantes; así como la internacionalización de la formación
e) Contribuir a la construcción de una cultura ecológica de conciencia para la conservación, mejoramiento y protección del medio ambiente; los recursos naturales
TERCER NIVEL DE FORMACIÓN
Artículo 15
Títulos del tercer nivel técnico - tecnológico superior y de grado