Requisitos para obligarse
Art 1502 C.C

Que sea legalmente capaz

Que coscienta en dicho acto
o declaración y su consenti-
miento no adolezca de vicio

Que recaiga sobre
un objeto ilicito

Que tenga una
causa licita

Facultad que tiene la
persona para adquirir
derechos y contraer
obligaciones

Tipos de capacidad

1. Directa (Uso, goce, disfrute)
2. Legal (Codigo civil, arts 62,96)
3. Judicial
4. Convencional (C.C Art 2142, 2146
y 74 del C.G.P)

Vicios del consentimiento
(Dolo, fuerza y error)

Acto o actitud silenciosa,
temerario o dañina que de
mala fe doblegue voluntaria
o involuntariamente el deseo
o la voluntad del otro extremo
contractual

Del objeto (Art 1517 C.C)
Dar, hacer o no hacer

Se confunde objeto del contrato
con objeto de la obligación, porque
son estricto sensu, los contratos no
tienen objeto sino que producen obligaciones que por supuesto si tienen objeto

EJEMPLO: Contrato de
arrendamiento

La causa la encontramos desde el nacimiento del contrato y durante toda su vigencia (Prestaciones correlativas)

Permite justificar la existencia
de un contrato, por ello a la luz
contractual la realización de una
prestación causa otra prestación
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