Resolución 1016 de Marzo 31 de 1989
De que trata la resolución 1016 de 1989
Se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben los patronos y los empleadores en el pais.
Consideraciones de la resolución
Que por Decreto 614 de 1984, en sus Artículos 28, 29 y 30 se establece la obligación de adelantar
Programas de Salud Ocupacional, por parte de patronos y empleadores.
Que es obligación de los patronos o empleadores velar por la salud y seguridad de los trabajadores
a su cargo.
Que los patronos y empleadores deben responder por la ejecución del programa permanente de
Salud Ocupacional en los lugares de trabajo.
El programa de salud ocupacional consiste:
en la planeación, organización,
ejecución y evaluación de las actividades de Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene
industrial y seguridad industrial, tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y
colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajo
en forma integral e interdisciplinaria.
En el articulo 4 -parágrafo 1 Los patronos o empleadores estarán obligados a destinar los recursos humanos,
financieros y físicos indispensables para el desarrollo y cabal cumplimiento del programa de Salud
Ocupacional en las empresas y lugares de trabajo, acorde con las actividades económicas que desarrollen, la magnitud y severidad de los riesgos profesionales y el número de trabajadores
expuestos.
Articulo 3 y 5
Programas de salud ocupacional
Exclusivos y propios, para la empresa.
En conjunto con otras empresas
Contratados con una entidad que preste tales servicio, reconocida por el ministerio de salud para dichos fines.
Los empleadores estarán obligados
a destinar los recursos humanos, financieros y físicos
indispensables para el desarrollo.
Designará una persona encargada de dirigir y coordinar.
Tal programa deberá
estar contenido en un documento firmado por el representante legal de la empresa y el encargado de
desarrollarlo
Tanto el
programa como el cronograma, se mantendrán actualizados y disponibles para las autoridades
competentes de vigilancia y control.
Future
In the future I would like to be a.....
Sanciones
El incumplimento a los establecido en la presente resolución y demás normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan, sera sancionado en los términos previstos en los literales A y C del artículo 91 del decreto ley 1295 de 199. Previa investigación administrativa por parte de las direcciones territoriales del ministerio de la protección social, conforme los establece el articulo 115 del decreto ley 2150 de 1995 y demás normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan.
Para el empleador: la no afiliación y el no pago de dos o mas periodos mensuales de cotizaciones, le acarrearon el empleador multos sucesivas mensuales de hasta quinientos (500) smlmv
Para el afiliado a trabajar: El grave incumplimiento por parte del trabajador de las instrucciones, reglamentos y determinaciones de prevención de riesgos, adoptados en forma general o específica
Para la entidad administradora de riesgos profesionales: las entidades administradoras de riesgos profesionales que incurran en conductas tendientes a dilatar injustificadamente le pago de las presentaciones.
Subprogramas de higiene y seguridad industrial
identificar los agentes de riesgos fisicos, quimicos, biologicos, psicosociales, locativos y otros agentes contaminantes, mediante inspección periódicos.
investigar y analizar las causas de los accidentes e incidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Estudiar y controlar la recolección, tratamiento y disposición de residuos y desechos, aplicando y cumplimiento con las medidas de saneamiento básico ambiental.
Evaluar con la ayuda de técnicas de medición cualitativas y cuantitativas, la magnitud de los riegos, para determinar su real peligrosidad.
Delimitar o demarcar las áreas de trabajo, zonas de almacenamiento y vías de circulación y señalizar salidas, salidas de emergencia, resguardos y zonas peligrosas de las maquinas e instalaciones.
Delimitar o demarcar las áreas de trabajo, zonas de almacenamiento y vías de circulación y señalizar salidas, salidas de emergencia, resguardos y zonas peligrosas de las maquinas e instalaciones.
Elaborar, mantener actualizadas y analizar las estadísticas de los accidentes de trabajo .
Organizar y desarrollar un plan de emergencia
inspeccionar y comprobar la efectividad y el buen funcionamiento de los equipos de seguridad y control de riesgos.
Subprogramas de medicina preventiva y del trabajo
Realizar exámenes médicos, clínicos y paraclínicos para admisión , ubicación según aptitudes, periódicos ocupaciones, cambios de ocupación, reingreso al trabajo, retiro.
Realizar visitas a los puestos de trabajo para conocer los riesgos
Promover actividades de recreación y deporte
Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica
Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica
informar a la gerencia sobre los problemas de salud de los trabajadores
Organizar e implementar un servicio oportuno y eficiente de primeros auxilios
Organizar e implementar un servicio oportuno y eficiente de primeros auxilios
Organizar e implementar un servicio oportuno y eficiente de primeros auxilios
Articulo 6 y 7
Los subprogramas de :
Medicina preventiva
Medicina del trabajo
higiene y seguridad industrial (resolución numero 2400 de 1979) de las empresas y lugares de trabajo, contaran con los servicios de personal que garantice la eficiencia del programa de salud ocupacional.
la medicina preventiva es la especialidad medica encargada de la prevención de las enfermedades, basada en un conjunto de actuaciones y consejos médicos.
La medicina del trabajo es la especialidad medica que se dedica al estudio de las enfermedades y los accidentes que se producen por causa o consecuencia de la actividad laboral.
En los lugares de trabajo que funcionen con mas de un turno el programa de salud ocupacional , asegurara cobertura efectiva en todas las jornadas