SISTEMA DE TESORERÍA Y CONTABILIDAD DE LOS MUNICIPIOS
El Sistema de Tesorería es el conjunto integrado de principios, normas, procesos y procedimientos, interrelaciones e instrumentos técnicos, que tiene por objeto la recaudación de los recursos públicos y su administración, así como la custodia de títulos y valores en poder de la entidad.
SE RIGE POR EL PRINCIPIO DE UNIDAD DE CAJA Y ECONOMICIDAD, VERACIDAD, OPORTUNIDAD, PROGRAMACIÓN Y SEGURIDAD.
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: Organización del Estado que canalizarlas demandas sociales y las satisface, transformando los recursos públicos en acciones modificadoras de la realidad, al producir o contratar la adquisición de bienes, servicios y regulaciones.FUNCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA LIMITATIVA: Limita ciertos derechos o intereses de particulares.Otorga autorizaciones, licencias y permisos para desempeñaredeterminadas actividades. PRESTACIONAL:
Asegura el interés común mediante el serviciopúblico, que es la prestación obligatoria, individualizada y concretade bienes y servicios, para satisfacer necesidades primordiales de lacomunidad. FOMENTO: Realiza determinadas acciones para promover oestimular que los particulares desarrollen ciertas actividadesconsideradas de interés público.
Tiene como objetivo normar todo lo relacionado al manejo eficiente de los fondos públicos a través de las subcuentas del Tesoro Público y otros instrumentos de pagaduría El Sistema Nacional de Tesorería, proviene de la economía y se utiliza para designar a aquellos recursos o elementos que un estado tiene, para hacer frente a diferentes actividades, acciones o medidas que busque llevar a cabo.
Se conforman en En el nivel central En el nivel descentralizado Por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas Por las Unidades Ejecutoras y dependencias equivalentes en las Entidades del Sector Público
UNIDAD DE CAJA: ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA DE LOS FONDOS PÚBLICOS.
Subtema
Subtema
ECONOMICIDAD: MANEJO Y DISPOSICIÓN DE LOS FONDOS PÚBLICOS DE FORMA ÓPTICA.
VERACIDAD: AUTORIZACIONES Y PROCESAMIENTO DE OPERACIONES LEGALMENTE AUTORIZADAS Y EJECUTADO.
OPORTUNIDAD: ACREDITACIÓN Y PERCEPCIÓN DE LOS FONDOS PÚBLICOS EN PLAZOS SEÑALADOS.
PROGRAMACIÓN: OBTENCIÓN, ORGANIZACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL ESTADO Y FLUJO DE LOS INGRESOS Y GASTOS PÚBLICOS.
SEGURIDAD: PREVENCIÓN DE RIESGOS O CONTINGENCIA EN EL MANEJO Y REGISTRO DE LAS OPERACIONES CON FONDO PÚBLICOS.