SALARIO Y JORNADA DE TRABAJO
COMPENSACIÓN
DENOMINACIONES
JORNAL
Es aquel que percibe un obrero por una jornada ordinaria de trabajo
SUELDOS
empleado es la persona que desempeña una ocupación predominantemente intelectua
HONORARIOS
este es aquella persona que trabaja en forma individual o asociada
EMOLUMENTO
Es aquel que percibe un funcionario por su labor en el sector público
DIETAS
-Es aquel remunerado por cada reunión o sesión de un tipo de trabajador en particular
JORNADA LABORAL
jornada máxima que en principio es de 8 horas diarias y 48 semanales.
DEDUCCIÓN
el 4 por ciento del sueldo para salud; el 4 por ciento para pensión y el porcentaje correspondiente al Fondo de Solidaridad Pensional, para quienes devenguen cuatro o más salarios mínimos mensuales vigentes.
DEFINICION:Dinero que recibe una persona de la empresa o entidad para la que trabaja en concepto de paga, generalmente de manera periódica
QUE ES SALARIO?
SI. ART 127 CST
ARTICULO 127. ELEMENTOS INTEGRANTES. Modificado por el art. 14 de la Ley 50 de 1990. El nuevo texto es el siguiente: Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones.
NO.ART 128 CST
ARTICULO 128. PAGOS QUE NO CONSTITUYEN SALARIOS. No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del patrono, como las primas, bonificaciones y gratificaciones ocasionales, y lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para subvenir a sus necesidades, ni para enriquecer su patrimonio sino para desempeñar a cabalidad sus funciones, como gastos de representación, medios de transporte, elementos de trabajo y otros semejantes, ni tampoco las prestaciones sociales de que tratan los títulos VIII y IX.
CLASES
TIPOS DE SALARIOS
salario en especie
salario rea
salario nominal
SALARIO INTEGRAL
SALARIO MINIMO
NORMAS PROTECTORAS DEL SALARIO
RETENCION SALARIOS
Retefuente en el 2017 aplicaría a los salarios desde 4’476.221 pesos