SISTEMA ELECTORAL EN COLOMBIA. (ARTCULO 120 DE LA C.P) POR CRISTIAN CASTILLO BENITEZ.
FUNCIONES.
ORGANIZAR Y VIGILAR EL PROCESO ELECTORAL.
SUPERVISAR Y SEÑALAR TRAMITES DE DOCUMENTOS DE IDENTIDAD.
ORDENAR INVESTIGACIONES SOBRE EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA ELECTORAL.
ELABORAR PRESUPUESTOS DE LA REGISTRADURIA.
ELECCIONES.
PRESIDENTE.
VICEPRESIDENTE.
SENADORES.
GOBERNADORES.
MIEMBROS DE LA ASAMBLEA.
ALCALDES.
CONCEJALES MUNICIPALES Y DISTRITALES.
REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL.
PROPONER INICIATIVAS DE PROYECTOS DE LEY.
ENCARGADA DE LA ELABORACIÓN DE CÉDULA DESDE 1934.
DIRIGIR Y ORGANIZAR EL PROCESO ELECTORAL Y DEMÁS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
LLEVAR EL CENSO NACIONAL ELECTORAL.
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL.
ultima instancia de quejas y fraude.
establecer censo electoral.
revisar documentos electorales.
servir del cuerpo consultivo del gobierno en materia de su competencia.
AUTÓNOMOS E INDEPENDIENTES DE LAS RAMAS DE PODER PUBLICO.
LA LEGITIMIDAD DE LA DEMOCRACIA DEPENDE DEL SISTEMA ELECTORAL.
VOTO.
EL VOTO ES UN DERECHO Y DEBER DE UN CIUDADANO.
ARTICULO 258 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA.
ELECTIVO Y PARTICIPATIVO.
EL VOTO ES SECRETO.
ES UNIVERSAL.
TIPOS DE VOTOS.
VOTO VALIDO.
VOTO IMPUGNADOS.
VOTO EN BLANCO.
VOTO NULO.