Tema 13, Los Recursos Derecho Procesal Penal II
LOS RECURSOS
Son actividades procesales que determinanuna nueva fase del mismo proceso. Es exigencia de orden público que la Justicia se administre lo más perfecta y garantizadamente posible.
Tipos de recursos
DE LA APELACIÓN
La apelación es el medio para pasar delprimero al segundo grado de jurisdicción.
REVOCACION
Es un recurso no devolutivo y compositivoo perfeccionador.
CASACIÓN
un recurso extraordinario, de fondo,devolutivo y en ambos efectos.
Causas de inadmisibilidad
Cuando la parte que lo interponga carezcade legitimación para hacerlo
Cuando la decisión que se recurre seainimpugnable o irrecurrible por expresa disposición del Código o de la ley
Cuando el recurso se interponga extemporáneamente
Naturaleza jurídica
Extraordinaria
Procedencia
sólo podrán recurrir en contra de lasdecisiones judiciales las partes a quienes la Ley reconozca expresamente este derecho.
PARTICIPANTE. carminia rodriguez C.I 17784931
El recurso de revocación.
Es un recurso no devolutivo, porque se interpone y resuelve ante el mismo órgano que dictó la decisión impugnada, por locual no supone desplazamiento de la competencia recursoria; y recompositivo o perfeccionador porque su objetivo no es atacar el fondo del proceso, sino perfeccionar o recomponer la relación jurídico-procesal.
se interpone ante el mismo órgano que dictó la decisión impugnada, pero sólo cuando se trate de resoluciones judiciales, pues las decisiones del fiscal en la fase preparatoria no tienen ese carácter y sólo son reclamables por ante el juez de control en cualquier momento al amparo del control judicial establecido en el artículo 282 del COPP.
procederá contra los autos de merasustanciación, a fin de que el tribunal que los dictó examine nuevamente la cuestión y dicte la decisión que corresponda (art. 444 COPP) y podrá interponerse de manera oral, durante las audiencias orales, para ser resuelto de inmediato, sin suspender el acto (art. 445 COPP), pero también puede establecerse por escrito, dentro de los tres días siguientes a la notificación de la decisión impugnada, caso en el cual, el tribunal resolverá dentro del plazo de tres días y la decisión que recaiga se ejecutará en el acto (art. 446 COPP).