TIPO DE LICENCIA DE SOFTWARE
Software libre
Ejecutar el programa, para cualquier propósito;
• Estudiar el funcionamiento del programa, y adaptarlo a sus necesidades;
• Redistribuir copias;
• Mejorar el programa, y poner sus mejoras a disposición del público, para beneficio
de toda la comunidad.
Software de fuente abierta
sus términos de distribución cumplen los criterios de
• Distribución libre;
• Inclusión del código fuente;
• Permitir modificaciones y trabajos derivados en las mismas condiciones que el
software original;
• Integridad del código fuente del autor, pudiendo requerir que los trabajos derivados
tengan distinto nombre o versión;
• No discriminación a personas o grupos;
Los derechos otorgados a un programa serán válidos para todo el software
redistribuido sin imponer condiciones complementarias;
• La licencia no debe ser específica para un producto determinado;
• La licencia no debe poner restricciones a otro producto que se distribuya junto con el
software licenciado;
• La licencia debe ser tecnológicamente neutral.
Estándar abierto
según Bruce Perens, el basado en los principios de
• Disponibilidad;
• Maximizar las opciones del usuario final;
• Sin tasas sobre la implementación;
• Sin discriminación de implementador;
• Permiso de extensión o restricción;
• Evitar prácticas predatorias por fabricantes dominantes
Software de dominio público
aquél que no está protegido con copyright
Software con copyleft:
Software semi libre
aquél que no es libre, pero viene con autorización de usar, copiar,
distribuir y modificar para particulares sin fines de lucro
Freeware
se usa comúnmente para programas que permiten la redistribución pero no la
modificación (y su código fuente no está disponible)
Shareware
software con autorización de redistribuir copias, pero debe pagarse cargo por
licencia de uso continuado
Software privativo
aquél cuyo uso, redistribución o modificación están prohibidos o
necesitan una autorización
Software comercial
el desarrollado por una empresa que pretende ganar dinero por su
uso