によって Blanca Mangione 4年前.
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La parte orgánica de la Constitución se ocupa de detallar las funciones, deberes y potestades de cada uno de los tres poderes del Estado: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial. ¿Quieres hacer leyes? ¿Te ves impartiendo justicia en un conflicto? ¿Te gustaría ser presidente de la Nación? Debes estudiar a fondo los requisitos que establece la Constitución para llegar allí.
En la Parte dogmática de la Constitución Nacional encontrarán la fuente primera de nuestras prerrogativas como ciudadanos. Allí están las declaraciones, derechos y garantías que sentaron los constituyentes de 1853, las cuales se complementas con otros derechos incorporados mediante reformas posteriores. Hablando de reformas, ¿sabes cuántas veces se ha reformado la Constitución Nacional? ¡Lo averiguaremos juntos!
El Preámbulo es un conjunto de declaraciones que antecede el articulado de la Constitución. Algunos autores dicen que integra la Carta Magna, otro dicen que no forma parte de ella. ¿Vos qué pensás?
La doctrina (los autores que escriben sobre el derecho) discute si existe una cuarta generación de derechos, la cual tendría que ver con las nuevas tecnologías y su impacto en la vida de las personas. No sólo nos referimos al ámbito digital, sino también a las nuevas tecnologías en materia de salud (lo que llevaría a contemplar los derechos a la reproducción asistida, por ejemplo, como un derecho constitucional). ¿Qué derechos te parece que deberían estar incluidos en nuestra Constitución Nacional y aún no están allí?
Los derechos de la Tercera Generación nacen en el siglo XX y XXI, y tienen que ver con el desarrollo del individuo y del medio ambiente. También se relacionan con conceptos como la paz, la solidaridad entre Estados y la vida en comunidad. ¿Qué eventos históricos conoces que puedan haber disparado el interés por proteger este tipo de derechos?
La segunda generación de Derechos agrupa los derechos económicos sociales y culturales. Se fueron incorporando a la Constitución a través de reformas posteriores, y a tono con los gobiernos que, como el del General Perón, ampliaron el espectro de derechos de que hasta entonces gozaban los habitantes, especialmente en relación a los trabajadores y la familia. ¿Te contó tu abuela de esa época? ¿Alguna particularidad de su relato que te llamara la atención?
Los llamados "derechos de primera generación" son los derechos CIVILES y POLÍTICOS. Surgieron a fines del Siglo XVIII con la Independencia de EEUU (1776) y la Revolución Francesa (1789). Estudiaremos cómo estos eventos históricos ayudaron para que se reconozcan garantías a los ciudadanos, y cómo la Argentina (que tenía como modelo a Europa y a Norteamérica) tomó lineamientos de ellas para sentar sus bases institucionales.