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によって SABRINA LUCEILA RUIZ LOPEZ 2年前.

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LA ORGANIZACION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

La organización de la administración pública abarca varias técnicas para distribuir competencias y responsabilidades. La desconcentración implica otorgar funciones a agentes locales para ser ejercidas en nombre de una autoridad superior, de manera transitoria y discrecional.

LA ORGANIZACION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

LA ORGANIZACION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

Los sistemas

Son conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organiza las actividades de la administración pública
Requieren ser realizadas por todas o varias entidades de los poderes del Estado

Pueden ser de dos Tipos:

Sistemas administrativos

Tienen por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la administración pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso

Sistemas funcionales

Tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de políticas públicas que requieren la participación de todas o varias entidades del Estado

Formas de transferencia de competencias administrativas

Avocación
Utilizada para la traslación del ejercicio de la competencia para resolver en un asunto concreto, desde un órgano jerárquicamente inferior hacia otro que sea superior
Delegación de competencia
Las diferentes competencias pueden ser delegadas a otras entidades para que realicen labores accesorias y complementarias.

Organización nacional

Las Entidades
Son la unidad básica de a administración pública, a través de la cual, el Estado (o el sistema administrativo correspondiente) desempeña sus funciones.

Entidades en el marco de la administración financiera del sector público

Las personas jurídicas de derecho público con patrimonio propio que ejercen funciones reguladoras, supervisoras y las administradoras de fondos y de tributos

Los gobiernos regionales a través de sus organismos representativos

Los organismos y entidades representativos de los Poderes Legislativo

Sistema Nacional de Contabilidad

Sistema Nacional de Endeudamiento

Sistema Nacional de Tesorería

Sistema Nacional de Presupuesto

Entidades según la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE)

Programas y proyectos especiales

Organismos Públicos

Ministerios

Entidades de a cuerdo al marco de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Las personas jurídicas bajo el régimen privado que prestan servicios públicos o ejercen función administrativa

Los organismos a los que la Constitución Política del Perú y las leyes confieren autonomía

Gobiernos Locales

Gobiernos Regionales

El poder Judicial

El poder Legislativo

El poder Ejecutivo, incluyendo ministerios y organismos públicos descentralizados

Técnicas organizativas de la administración pública

Desconcentración
Es el otorgamiento de funciones a un agente local para que las ejerza en nombre de quien las asigna

El traslado es transitorio y discrecional (la ley lo autoriza, pero no lo ordena, es el delegante quien decide hacerlo)

Descentralización
Proceso de carácter democrático y una política permanente del Estado, de carácter obligatorio

Puede cubrir diferentes factores del estado:

Descentralización Económica

Se orienta a favorecer el desarrollo económico en los distintos territorios regionales y locales

Descentralización Fiscal

Se refiere a la autonomía financiera de los gobiernos descentralizados para cumplir con sus responsabilidades, a los que se les asigna lo recaudado por determinados tributos en su zona

Descentralización Funcional

Alude al desarrollo de capacidades y prestación de asistencia técnica al gobierno nacional, a los gobiernos regionales y locales

Descentralización Territorial

Necesidad de ordenar el territorio del Estado de manera racional a través de la conformación de bloques políticos y económicos

Centralización
Dado su carácter jerarquizado y rígido impide que se pueda tomar decisiones expeditas

Las órdenes y la toma de decisiones de la administración pública descienden invariablemente del órgano mayor al inferior

Todo ente inferior se encuentra supeditado al superior, y cada órgano administrativo tiene su propia competencia.