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によって Erika Luna 3年前.

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LEY 181 DE 1995

La legislación establece diversas disposiciones relacionadas con la participación comunitaria y la gestión de eventos deportivos y recreativos. Se contemplan impuestos específicos para espectáculos públicos y la venta de cigarrillos, cuya recaudación está a cargo de las tesorerías departamentales.

LEY 181 DE 1995

generar y brindar a la comunidad oportunidades de participación

Construir y aplicar una política integral de comunicación, educación, divulgación y difusión de la cultura paralímpica colombiana.

Promover en el imaginario social colombiano, las acciones graduales de transformación de las prácticas orientadas al aprovechamiento del tiempo libre, la recreación y el deporte de las personas con discapacidad, en todas sus manifestaciones, para garantizar el acceso real y efectivo a estas actividades.

tendrá como fundamento los planes y proyectos que las entidades territoriales de carácter municipal, departamental y las instituciones del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre asociados, propongan para el fomento y desarrollo del sector deportivo de acuerdo con las políticas del Gobierno Nacional

C RIVERA BARREIRO EILEEN LUNA UNIGARRO ERIKA

LEY 181 DE 1995

JHON SEBASTIAN RODRIGUEZ NARVAEZ

CC 1049646212

LICENCATURA EN EDUCACIÓN FISICA RECREACIÓN Y DEPORTE


TITULO V

De la seguridad social y estímulos a los deportistas
Los municipios y departamentos darán oportunidades laborales a los deportistas colombianos
Las instituciones públicas de educación secundaria y superior exonerarán del pago de todos los derechos de estudio a los deportistas colombianos
recibirán reconocimientos en campeonatos desde nacional hasta mundial

seguro de vida e invalidez, seguridad social, auxilio funerario

TITULO IV Del Deporte

Articulo 17 al artículo 35
normatividad existente para fomentar el deporte y la recreación en Colombia
formas de deporte
formativo, social comunitario,universitario,asociado,competitivo.aficionado,profesional
el deporte como carácter competitivo
bajo legislación obligatoria

TITULO III De la educación física

El Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, promoverá la investigación científica y la producción intelectual, para un mejor desarrollo de la Educación Física en Colombia
Corresponde al Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, la responsabilidad de dirigir orientar, coordinar y controlar el desarrollo de la Educación Física
la responsabilidad de dirigir, orientar, capacitar y controlar el desarrollo de los currículos del área de Educación Física
. Los entes deportivos departamentales y municipales diseñarán conjuntamente con las secretarías de educación correspondientes
disciplina científica cuyo objeto de estudio es la expresión corporal del hombre y la incidencia del movimiento en el desarrollo integral y en el mejoramiento de la salud y calidad de vida de los individuos con sujeción a lo dispuesto en la Ley 115 de 1994

TITULO II De la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación extraescolar

El Ministerio de Educación Nacional, Coldeportes y los entes territoriales propiciarán el desarrollo de la educación extraescolar de la niñez y de la juventud.
Los organismos deportivos municipales ejecutarán los programas de recreación con sus comunidades
Es función obligatoria de todas las instituciones públicas y privadas de carácter social, patrocinar, promover, ejecutar, dirigir y controlar actividades de recreación

TITULO I Disposiciones preliminares

derechos sociales y principios (universalidad, democracia, participación, ética deportiva)
acceso a los jóvenes a deportes
creación de Coldeportes
OBJETIVOS GENERALES
crear, fomentar, coordinar y ejecutar prácticas en pro del deporte, recreación y educación física en niños y jóvenes

TITULO VI Del sistema nacional de deporte

Los niveles jerárquicos de los organismos del Sistema Nacional del Deporte
MUNICIPAL
DEPARTAMENTAL
NACIONAL
Hacen parte del Sistema Nacional del Deporte
los entes departamentales
Coldeportes
Subtopic
el Instituto Colombiano del Deporte
el Ministerio de Educación Nacional municipales y distritales

OBJETIVO

desarrolla su objeto a través de actividades del deporte en todas sus formas

El Sistema Nacional del Deporte es el conjunto de organismos, articulados entre sí

permitir el acceso al deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la educación extraescolar y la educación física.

Como su objetivo principal Lograr el fortalecimiento y la consolidación del Comité Paralímpico Colombiano, haciendo visible la situación de discapacidad en el ámbito nacional e internacional del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre de las personas con discapacidad.

Objetivos especificos

Comité paralímpico Colombiano

TITULO VI CAPITULO 2 Plan Nacional de Deporte, la Recreación y la Educación Física

Del articulo 52 al articulo 57

TITULO VII Organismos del Sistema Nacional del Deporte

Comité Olímpico Colombiano
El Deporte Asociado estará coordinado por el Comité Olímpico Colombiano que cumplirá funciones de interés público y social en todos los deportes
Entes deportivos municipales y distritales
Juntas Municipales de Deportes y la Junta de Deportes de Bogotá, reorganizadas por la Ley 49 de 1983 se incorporarán a los respectivos municipios o distritos como entes para el deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación extraescolar de la entidad territorial, de conformidad con los Acuerdos que para tal fin expidan los concejos muni
Entes deportivos departamentales
Juntas Administradoras Seccionales de Deporte, creadas por la Ley 49 de 1983, se incorporarán al respectivo departamento, como entes departamentales para el deporte, la recreación, la educación extraescolar y el aprovechamiento del tiempo libre en conformidad con las ordenanzas que para tal fin expidan las Asambleas Departamentales
Instituto Colombiano del Deporte
establecimiento público del orden nacional y se denominará Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, con Personería Jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, adscrito al Ministerio de Educación Nacional.
Ministerio de Educación Nacional
El fomento, la planificación, la organización, la coordinación, la ejecución, la implantación, la vigilancia y el control de la actividad del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física constituyen una función del Estado que ejercerá el Ministerio de Educación Nacional por conducto del Instituto Colombiano del Deporte - Coldeportes.

TITULO VIII Financiamiento del Sistema Nacional del Deporte

Recursos financieros estatales

TITULO IX Disposiciones varias

Disposiciones transitorias y vigencia
Facultades de fiscalización y control.
tienen las facultades de inspeccionar los libros y papeles de comercio de los responsables, verificar la exactitud de las liquidaciones pagos de los impuestos, ordenar la exhibición y examen de libros, comprobantes y documentos de los responsables o de terceros, tendientes a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes
Sanciones
La mora en el pago por el responsable o entrega por el funcionario recaudador de los gravámenes a que se refieren los artículos precedentes causará intereses moratorios a favor del ente correspondiente
Impuesto a los cigarrillos nacionales y extranjeros
recaudado por las tesorerías departamentales.
Impuesto a espectáculos públicos
10% del valor de la correspondiente entrada al espectáculo, excluidos los de demás impuestos indirectos que hagan parte de dicho valor
Donaciones
"Los contribuyentes que hayan donaciones a organismos deportivos y recreativos o culturales debidamente reconocidos que sean personas jurídicas sin ánimo de lucro, tienen derecho a deducir de la renta, el 125% del valor de las donaciones efectuadas durante el año o período gravable".