ADMISIONES

DEFINICION

DEFINICION

es el acto mediante el cual la Institución
otorga al aspirante el derecho de ingresar a un programa académico
determinado.

es el acto mediante el cual la Institución
otorga al aspirante el derecho de ingresar a un programa académico
determinado.

La política de admisiones la determina la Secretaría General

responsabilidad de:

Vicerrectora Académica.

Vicerrectora Académica.

la Institución se reserva el derecho de no
abrir los cursos de los programas ofrecidos.

la Institución se reserva el derecho de no
abrir los cursos de los programas ofrecidos.

El comité de admisiones está constituido por:

Vicerrector
Académico

Vicerrector
Académico

PARRAFOS

1. La Institución se reserva el derecho de seleccionar a quienes
serán sus estudiantes.

1. La Institución se reserva el derecho de seleccionar a quienes
serán sus estudiantes.

Para ser admitido el aspirante debe:

haber cumplido el proceso de inscripción, según lo establecido en el Artículo 5 del presente reglamento.

haber cumplido el proceso de inscripción, según lo establecido en el Artículo 5 del presente reglamento.

El aspirante a un programa virtual deberá cumplir con los siguientes requisitos:

El aspirante a un programa virtual deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1. Tener conocimientos básicos en Internet.

1. Tener conocimientos básicos en Internet.

2. Para el desarrollo del aprendizaje deberá disponer o tener acceso a un computador y a Internet.

2. Para el desarrollo del aprendizaje deberá disponer o tener acceso a un computador y a Internet.

3. Disponer de una cuenta de correo electrónico.

3. Disponer de una cuenta de correo electrónico.

El Decano de la Facultad

El Decano de la Facultad

El Secretario General

El Secretario General

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