COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL ACUERDO No. 0223 de 2020 (13-03-2020) "Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Proceso de Selección, en las modalidades de ASCENSO y ABIERTO, para proveer definitivamente los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema Especial de carrera Administrativa de la planta de personal de la CONTRALORIA MUNICIPAL DE TUNJA-Proceso de selección No. 1414 de 2020- Contralorías Territoriales"

CAPITULO 1: DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1°

CONVOCATORIA

PROCESO DE SELECCIÓN DE ASCENSO, HASTA EL 30% DE VACANTES A PROVEER

PROCESOS DE SELECCIÓN ABIERTO LAS RESTANTES

PARAGRAFO 1: EL NUMERAL 1 DEL ARTÍCULO 31 DE LA LEY 909 DE 2004 Y EL ACUERDO O223 DE 2020 SON NORMAS REGULADORAS DE ESTE PROCESO

ARTICULO 2°: LA ENTIDAD RESPONSABLE DE ESTE PROCESO ES LA CNSC

ARTICULO 3°: ESTRUCTURA DEL PROCESO-ETAPAS:

ETAPA 1: CONVOCATORIA Y DIVULGACIÓN

ETAPA 2: ADQUISICIÓN DE DERECHOS DE PARTICIPACION E INSCRIPCIONES

ADQUISICIÓN DE DERECHOS PARA LA MODALIDAD DE ASCENSO

IDENTIFICACIÓN Y DECLARATORIA DE VACANTES DESIERTOS DE LOS EMPLEOS OFERTADOS EN LA MODALIDAD DE ASCENSO

ADQUISISCIÓN DE DERECHOS PARA LA MODALIDAD DE ABIERTO

ETAPA 3: VERIFICACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS

ETAPA 4: APLICACIÓN DE PRUEBAS

ETAPA 5: CONFORMACIÓN DE LISTA DE ELEGIBLES

PARAGRAFO: PARA LOS EMPLEOS DEL NIVEL PROF. OFERTADOS QUE NO REQUIERAN EXPERIENCIA, NO SE APLICARÁ LA PRUEBA DE VALORACIÓN DE ANTECEDENTES

ARTÍCULO 4°: PERIODO DE PRUEBA, LA CUAL DEBE SEGUIR LAS REGLAS ESTABLECIDAS EN LA NORMATIVIDAD VIGENTE.

ARTÍCULO 5°: NORMAS QUE RIGEN EL PROCESO DE SELECCIÓN EN ESTE ACUERDO

LEY 909 DE 2004 Y SUS DCTOS. REGLAMENTARIOS

LEY 1083 DE 2015

LEY 1955 DE 2019

LEY 1960 DE 2019

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENTE DE LA CONTRALORÍA

DECRETO LEY 760 DE 2005

DECRETO LEY 775 DE 2005

DECRETO 1083 DE 2015

ARTÍCULO 6°: FINANCIACIÓN,EN CONFORMIDAD CON EL ART. 9 DE LA LEY 1033 DE 2006 Y REGLAMENTADO POR EL DCTO. 3373 DE 2007

1. A CARGO DE LOS ASPIRANTES

PARA LOS NIVELES ASESOR Y PROF.( 1.5 SMDLV)

PARA LOS NIVELES TÉCNICO Y ASISTENCIAL: ( 1 SMDLV)

2. A CARGO DE LA ENTIDAD: EL MONTO EQUIVALENTE A LA DIFERENCIA ENTRE EL COSTO TOTAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN, MENOS EL MONTO RECAUDADO POR CONCEPTO DEL PAGO DE LOS DERECHOS DE PARTICIPACIÓN QUE HAGAN LOS ASPIRANTES DEL PROCESO

ARTÍCULO 7°: REQUISITOS GENERALES DE PARTICIPACIÓN Y CAUSALES DE EXCLUSIÓN

PARA PARTICIPAR EN LA MODALIDAD DE PROCESO DE SELECCIÓN DE ASCENSO

SER SERVIDOR CON DERECHOS DE CARRERA ADTIVA. EN LA CONTRALORÍA MUNICIPAL DE TUNJA.

SER CIUDADANO(A) COLOMBIANO(A) MAYOR DE EDAD

CUMPLIR CON LOS REQUISITOS MÍNIMOS DEL EMPLEO SELECCIONADO EN LA MODALIDAD DE ASCENSO

NO ENCONTRARSE EN CAUSALES DE INHABILIDAD E IMCOPATIBILIDAD O PROHIBICIONES PARA DESEMPEÑAR EMPLEOS PÚBLICOS

ACEPTAR EN SU TOTALIDAD LAS REGLAS ESTABLECIDAS PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN

REGISTRARSE EN EL SIMO

LOS DEMÁS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN NORMAS LEGALES Y REGLAMENTARIAS VIGENTES

PARA PARTICIPAR EN LA MODALIDAD DE PROCESO DE SELECCIÓ ABIERTO

SER CIUDADANO(A) COLOMBIANO(A)

CUMPLIR CON LOS REQUISITOS MÍNIMOS DEL EMPLEO QUE ESCOJA EL ASPIRANTE, SEÑALADOS EN LA OPEC, CONFORME AL MANUAL DE FUN. Y COMP. LABORALES ACTUALIZADO DE LA CONTRALORÍA

NO ENCONTRARSE INCURSO EN CAUSALES DE INHABILIDAD E IMCOPATIBILIDAD PARA DESEMPEÑAR EMPLEOS PÚBLICOS

ACEPTAR EN SU TOTALIDAD LAS REGLAS ESTABLECIDAS EN EL PROCESO

REGISTRARSE EN EL SIMO

LOS DEMÁS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN NORMAS LEGALES Y REGLAMENTARIAS VIGENTES

NO ESTAR INSCRITO PARA UN EMPLEO EN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DE ASCENSO

SON CAUSALES DE EXCLUSIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN

APORTAR DOCUMENTOS FALSOS O ALTERADOS

NO CUMPLIR O ACREDITAR LOS REQUISITOS MÍNIMOS DEL EMPLEO AL CUAL SE INSCRIBIÓ

NO PRESENTAR O NO SUPERAR LAS PRUEBAS DE CARACTER ELIMINATORIO

SER SUPLANTADO EN LA PRESENTACION DE LAS PRUEBAS

COMETER FRAUDE EN EL PROCESO DE SELECCIÓN

TRANSGREDIR LAS DISPOSICIONES DEL ACUERDO, EN SU ANEXO Y DEMÁS DOCUMENTOS QUE REGLAMENTAN EL PROCESO

CONOCER CON ANTICIPACIÓN LAS PRUEBAS

NO OSTENTAR DERECHOS DE CARRERA ADTIVA. EN EL CASO DE LA MODALIDAD DE DE PROCESO DE SELECCIÓN DE ASCENSO

CAPITULO II- EMPLEOS COMVOCADOS

ARTÍCULO 8°- EMPLEOS CONVOCADOS

LA OPEC PARA LA MODALIDAD DE PROCESO DE SELECCIÓN DE ASCENSO NO PODRÁ SUPERAR EL 30% DEL TOTAL:

EMPLEOS: 0

VACANTES: 0

OPEC PARA LA MODALIDAD DE PROCESO DE SELECCIÓN ABIERTO

EMPLEOS

PROFESIONAL: 2

TÉCNICO: 1

VACANTES

PROFESIONAL: 2

TÉCNICO. 1

CAPÍTULO III-DIVULGACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN E INSCRIPCIÓN

ARTÍCULO 9°: DIVULGACIÓN, EL PRESENTE ACUERDO Y SU ANEXO SE DIVULGARÁN EN LA PÁG. www.cnsc.gov.co Y/O ENLACE SIMO Y EN LA PÁGINA WEB DE LA ENTIDAD OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN, LA DIVULGACIÓN DE LA OPEC Y SU APERTURA SE REALIZARÁ CON 5 DIAS HÁBILES DE ANTELACIÓN

ARTÍCULO 10°, ANTES DE DAR INICIO A LA ETAPA DE INCRIPCIONES, EL PROCESO PODRÁ SER MODIFICADO, LAS MODIFICACIONES RELACIONADAS SE DIVULGARÁN EN LA PÁG. WEB www.cnsc.gov.co Y/O ENLACE SIMO Y POR LOS MEDIOS QUE DEFINA LA CNSC.

ARTÍCULO 11°: CONSIDERACIONES PREVIAS A LA ETAPA DE INSCRIPCIONES, LOS ASPIRANTES DEBEN TENER EN CUENTA LAS CONSIDERACIONES ESTABLECIDAS EN EL ANEXO.

ARTÍCULO 12°: CRONOGRAMA PARA LA ETAPA DE INSCRIPCIONES

ACTIVIDAD 1: ETAPA DE INSCRIPCIONES DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE ASCENSO QUE COMPRENDE. 1) REGISTRO EN SIMO, 2) CONSULTA DE LA OPEC, 3) LA SELECCIÓN DEL EMPLEO PARA CONCURSAR Y 4) CONFIRMACIÓN DE LOS DATOS DE INSCRIPCIÓN. PERIODO DE EJECUCIÓN: 10 DÍAS HÁB. LUGAR O UBICACIÓN PÁG. www.cnsc.gov.co ENLACE SIMO Y EN EL BANCO QUE SE DESIGNE PARA EL PAGO-

ACTIVIDAD 2: RELACIÓN DEL NÚMERO DE ASPIRANTES INSCRITOS, ESTOS PODRÁN CONSULTAR EN EL SIMO CON SU USUARIO Y CONTRASEÑA, PÁG. www.cnsc.gov.co ENLACE SIMO

ACTIVIDAD 3: 1)IDENTIFICAR LAS VACANTES DESIERTAS, 2) REALIZAR EL ACTO ADTIVO. QUE DECLARE LAS VACANTES, 3) ACTUALIZAR LA OPEC Y 4) DIVULGAR LA ACTUALIZACIÓN DE LA OPEC, LA CNSC INFORMARÁ CON 10 DÍAS HAB. DE ANTELACIÓN EN LA PÁG. www.cnsc.gov.co

ACTIVIDAD 4: LA ETAPA DE INSCRIPCIONES DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABIERTO COMPRENDE: 1) REGISTRO EN EL SIMO, 2) CONSULTA DE LA OPEC, 3) SELECCIÓN DEL EMPLEO, 4) CONFIRMACIÓN DE LOS DATOS DE INSCRIPCIÓN, 5) PAGO DE DERECHOS DE PARTICIPACIÓN Y 6) LA FORMALIZACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN; LA CNSC INFORMARA CON 10 DÍAS HÁB. DE ANTELACIÓN EN LA PÁG. www.cnsc.gov.co ENLACE SIMO Y EN EL BANCO QUE SE DESIGNE PARA EL PAGO.

CAPÍTULO IV- VERIFICACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS

ARICULO 13°: SE REALIZARÁ A LOS ASPRIRANTES INSCRITOS CON BASE EN LA DOCUMENTACIÓN QUE REGISTRARON EN EL SIMO, COMO REQUISITO ADICIONAL PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN DE ASCENSO, LA ENTIDAD DEBE CERTIFICAR ANTES DE LA PUBLICACIÓN DE LA OPEC, EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN EL NUM. 2 DEL ART. 2 DE LA LEY 1960 DE 2019.

ARTTÍCULO 14°: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA VRM, SE DEBEN TENER EN CUENTA LAS ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN EL ANEXO DEL PRESENTE ACUERDO.

ARTÍCULO 15°: PUBLICACIÓN DE RESULTADOS DE VRM Y DE LAS DESICIONES DE LAS RECLAMACIONES, LA INFORMACIÓN DEBERÁ SER CONSULTADA EN EL ANEXO DEL PRESENTE ACUERDO

CAPÍTULO V- PRUEBAS

ARTÍCULO 16°: PRUEBAS A APLICAR, CARACTER Y PONDERACIÓN

EMPLEOS DEL NIVEL PROFESIONAL SIN EXPERIENCIA

PRUEBAS DE COMPETENCIAS FUNCIONALES, DE CARÁCTER ELIMINATORIO, CON UN PESO PORCENTUAL DEL 75% Y PUNTAJE 65,00

PRUEBAS DE COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES DE CARÁCTER CLASIFICATORIO, CON UN PESO PORCENTUAL DEL 25% Y PUNTAJE: NO APLICA

EMPLEOS DEL NIVEL ASESOR, PROFESIONAL CON EXPERIENCIA, TÉCNICO Y ASISTENCIAL

PRUEBAS DE COMPETENCIAS FUNCIONALES, DE CARACTER ELIMINATORIO, CON PESO PORCENTUAL DEL 60% Y PUNTAJE DE 65,00

PRUEBAS DE COMP. COMPORTAMENTALES, DE CARÁCTER CLASIFICATORIO, CON PESO PORCENTUAL DEL 10% Y PUNTAJE. NO APLICA

PRUEBAS DE VALORACIÓN DE ANTECEDENTES, DE CARÁCTER CLASIFICATORIO, CON PESO PORCENTUAL DEL 30% Y PUNTAJE NO APLICA

ARTICULO 17°. PRUEBAS SOBRE COMPETENCIAS FUNCIONALES Y COMPORTAMENTALES, ESTAN ESTAN DEFINIDAS EN EL ANEXO

ARTÍCULO 18°: PUBLICACIÓN DE RESULTADOS Y DE LAS DECISIONES DE LAS RECLAMACIONES DE LAS PRUEBAS SOBRE COMPETENCIAS FUNCIONALES Y COMPORTAMENTALES, ESTAS SE DEBEN CONSULTAR EN EL ANEXO.

ARTÍCULO 19°: PRUEBA DE VALORACIÓN DE ANTECEDENTES, SE APLICARÁ UNICAMENTE A LOS ASPIRANTES QUE SUPEREN LA PRUEBA ELIMINATORIA.

ARTÍCULO 20°: PUBLICACIÓN DE RESULTADOS Y DE LAS ECISIONES DE LAS RECLAMACIONES DE LA PRUEBA DE VALORACIÓN DE ANTECEDENTES, SE DEBEN CONSULTAR EN EL ANEXO

ARTÍCULO 21°: IRREGULARIDADES EN EL PROCESO DE SELECCIÓN, POR ESTAS SE ADELANTARAN LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTES.

ARTÍCULO 22°: MODIFICACIÓN DE PUNTAJES OBTENIDOS EN LAS PRUEBAS APLICADAS EN EL PROCESO DE SELECCIÓN, SE PODRÁN MODIFICAR CUANDO SE COMPRUEBE QUE HUBO ERROR.

CAPÍTULO VI- LISTA DE ELEGIBLES

ARTÍCULO 23°: PUBLICACIÓN DE RESULTADOS CONSOLIDADOS DE CADA UNA DE LAS PRUEBAS APLICADAS EN EL PROCESO DE SELECCIÓN, LA CNSC PUBLICARÁ LOS RESULTADOS DEFINITIVOS EN LA PÁG. www.cnsc.gov.co Y/O ENLACE SIMO

ARTÍCULO 24°: CONFORMACIÓN Y ADOPCIÓN DE LA LISTA DE ELEGIBLES, LA CNSC CONFORMARÁ Y ADOPTARÁ EN ESTRICTO ORDEN DE MÉRITO.

ARTÍCULO 25°: DESEMPATE EN LAS LISTAS DE ELEGIBLES, TENIENDO EN CUENNTA LOS SIGUIENTES CRITERIOS:

CON EL ASPIRANTE DISCAPACITADO

CON QUIEN OSTENTE DERECHOS DE CARRERA ADTIVA.

CON EL ASPIRANTE QUE DEMUESTRE CALIDAD DE VÍCTIMA

CON QUIEN DENUESTRE HABER VOTADO EN LAS ELECCIONES INMEDIATEMENTE ANTERIORES

CON QUIEN HAYA REALIZADO LA JUDICATURA EN LES CASAS DE JUSTICIA O EN LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN PÚBLICOS O COMO ASESORES DE LOS CONCILIADORES EN EQUIDAD

CON QUIEN HAYA OBTENIDO EL MAYOR PUNTAJE EN LA PRUEBA DE COMPETENCIAS FUNCIONALES

CON QUIEN HAYA OBTEBIDO MAYOR PUNTAJE EN LA PRUEBA DE VALORACIÓN DE ANTECEDENTES

CON QUIEN HAYA OBTENIDO MAYOR PUNTAJE EN LA PRUEBA DE COMP. COMPORTAMENTALES

QUIENES HAYAN PRESTADO SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO CUANDO TODOS LOS EMPATADOS SEAN VARONES

FINALMENTE MEDIANTE SORTEO

ARTÍCULO 26°: PUBLICACIÓN DE LA LISTA DE ELEGIBLES, SE PUBLICARÁN EN EL ENLACE LISTA DE ELEGIBLES A PARTIR DE LA FECHA QUE DISPONGA LA CNSC.

ARTICULO 27°: SOLICITUDES DE EXCLUSIÓN DE LA LISTA DE ELEGIBLES, LA COMISIÓN DE PERSONAL DE LA ENTIDAD, PODRÁ SOLICITAR A LA CNSC, LA EXCLUSIÓN DE LA LISTA DE ELEGIBLES A LA PERSONA O PERSONAS QUE FIGUREN EN ELLA, DENTRO DE LOS 5 DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DE LA MISMA.

ARTÍCULO 28°: MODIFICACIÓN DE LA LISTA DE ELEGIBLES, CUANDO SE COMPRUEBE ERROR ARITMÉTICO EN LOS PUNTAJES OBTENIDOS

ARTÍCULO 29°: FIRMEZA DE LA LISTA DE ELEGIBLES, CUANDO NO SE HAYAN RECIBIDO SOLICITUD DE EXCLUSIÓN VENCIDOS LOS 5 DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A SU PUBLICACIÓN

ARTÍCULO 30°. RECOMPOSICIÓN AUTOMÁTICA DE LA LISTA DE ELEGIBLES, SE RECOMPONDRÁN DE MANERA AUTOMÁTICA , UNA VEZ LOS ELEGIBLES TOMEN POSESIÓN DEL EMPLEO

ARTÍCULO 31°: VIGENCIA DE LAS LISTAS DE ELEGIBLES, TENDRAN UNA VIGENCIA DE 2 AÑOS A PARTIR DE SU FIRMEZA, CON EXCEPCIÓN DE LOS EMPLEOS VACANTES OCUPADOS POR SERVIDORES EN CONDICIÓN DE PRE-PENSIONADOS, ESTAS TENDRÁN VIGENCIA DE 3 AÑOS

ARTÍCULO 32°: EL PRESENTE ACUERDO RIGE A PARTIR DE LA FECHA DE SU EXPEDICIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL SITIO WEB DE LA CNSC Y/O ENLACE SIMO, DE CONFORMIDAD CON LOS DISPUESTO EN EL INCISO FINAL DEL ART. 33 DE LA LEY 909 DE 2004.