Delito de SECUESTRO
Código Penal Puebla
Artículo 302
Se impondrán de dieciocho a cincuenta años de prisión y multa de cien a mil días de salario, cuando la detención arbitraria de la libertad, por cualquier lapso, tenga el carácter de plagio o secuestro, en alguna de las formas siguientes:
I. Cuando se trate de obtener beneficio económico o en especie, bajo amenaza de causar daños y perjuicios al plagiado o a otras personas relacionadas con éste;
II. Cuando, al perpetrarse el plagio o secuestro o mientras dura la privación arbitraria de la libertad, se haga uso de amenazas graves, de maltrato y de tormento;
III. Cuando la detención se haga en camino público o en paraje solitario;
IV. Cuando los plagiarios obren en grupo o banda; y
V. Cuando se cometa robo de infante.
El 8 de noviembre de 2012 un hombre y una mujer se encontraban en una refaccionaria que se ubica en la carretera federal Atlixco-Izúcar de Matamoros
Al acreditar su responsabilidad, la Fiscalía General del Estado de Puebla consiguió que la autoridad judicial le dictara a Manuel N. alias “El Carlos” y/o “El Carnal” y/o “El Hermano” una pena privativa de la libertad de 33 años y una condena al pago de reparación del daño moral.
Teoria del delito
CONDUCTA
ACCION
TIPICIDAD
CONDUCTA
TIPO PENAL
ARTICULO 302
I. Cuando se trate de obtener beneficio económico o en especie, bajo amenaza de causar daños y perjuicios al plagiado o a otras personas relacionadas con éste;
III. Cuando la detención se haga en camino público o en paraje solitario;
ANTIJURICIDAD
SIN CAUSA DE JUSTIFICACION
CULPABILIDAD
JUICIO DE REPROCHE
DOLO DIRECTO
PUNIBLE
SUJETOS DEL DELITO
ACTIVO
Manuel N.
PASIVO
Victima
OBJETOS DEL DELITO
OBJETO MATERIAL
PRESUNTA VICTIMA
OBJETO JURIDICO
LIBERTAD DE LA VICTIMA
ELEMENTOS NEGATIVOS DEL DELITO
AUSENCIA DE CONDUCTA
FUERZA IRRESISTIBLE
SUEÑO O SONANMBULISMO
HIPNOSIS
INOSENCIA EN
ALTO GRADO
es un producto que se da gratis al cliente con el café. Por lo que para determinar el daño de 7.50 pesos a Seven Eleven, se tuvo que hacer un peritaje.
AUSENCIA DE ANTIJURICIDAD
LEGITIMA DEFENSA
Consentimiento del ofendido
Tairo estuvo preso hasta la noche del miércoles 8 de junio, luego de que el magistrado del Juzgado Penal 64 declarara “extinguida la pretensión punitiva en contra del acusado” por parte de la tienda.
INIMPUTABILIDAD
MINORIA DE EDAD
ESTADOS MENTALES
ANORMALES
36 años de edad que padece trastorno de bipolaridad,
INCULPABILIDAD
OBEDIENCIA JERARGICA
VIOLENCIA MORAL Y MIEDO
EXIMENTES PUTATIVAS
LEY DE AMNISTIA
INDULTO
Delitos del fuero común
Delitos federales
AUSENCIA DE TIPICIDAD
FALTA ALGUNOS DE
LOS ELEMENTOS DE LA LEY
en la declaración de uno de los agentes ante el Ministerio Público admitió que ni a él, ni a su compañero, le constaba “los hechos del robo”.
AUSENCIA DEL TIPO
acusado de robo agravado con violencia
“extinguida la pretensión punitiva en contra del acusado” por parte de la tienda.