DERECHO DE LOS ACIONISTAS
La doctrina divide los derechos de los accionistas en dos clases: derechos patrimoniales y políticos. En este sentido, “son derechos patrimoniales los que se corresponden con el interés del accionista de obtener un beneficio a través de la actividad desarrollada por la sociedad”[2]. Dentro de este grupo de derechos nos detendremos a analizar los derechos al reparto de utilidades y de separación.l
Derecho de información
Debe facilitarse el acceso del accionista a los estados financieros anuales, al informe del Consejo de Administración o Administrador único
Derecho de asistencia
a este derecho se le pueden poner mínimos, o excluir directamente algún tipo de acciones
Derecho de impugnación
los accionistas pueden impugnar judicialmente aquellos acuerdos de las Asambleas que vulneren la Ley, los estatutos, o que perjudiquen el interés societario.
Derecho de convocatoria de Junta
los socios que representen un 5% de la sociedad pueden solicitar a los administradores que convoquen una Junta, y de no ser atendidos, plantearlo ante los Tribunales.
Derecho al dividendo
el accionista tiene derecho a los beneficios que distribuya la sociedad entre sus socios, el dividendo, en función del capital aportado.