LOS PODERES DEL ESTADO Sistema de gobierno Guatemalteco denominada republicano, democratico y representativo de acuerdo al articulo 140 de la constitucion politica, se estipula que la divicion de poderes en los que el pueblo otorgara su soberania.
EJECUTIVO es el organismo del Estado, que ejerce el poder ejecutivo de la republica de Guatemala segun el articulo 2 de la ley del organismo ejecutivo establece que dentro del marco de las funciones y atribuciones constitucionales legales de los organos que lo integran. El presidente de la republica es el encargado de sancionar, promulgar y cumplir las leyes nacionales y de hacerlas cumplir, las cuales son creadas y aprobadas por el congreso de la republica. articulo 174 y 182.
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LEGISLATIVO la legislatura es una asamblea deliberativa que tiene la exclusiva autoridad para crear leyes para una entidad politica como un pais o ciudad ademas de administrar el presupuesto del Estado las leyes promulgadas por las legislaturas se conoce como legislacion. esta compuesto por los diputados del congreso de la republica y por el personal tecnico y administrativo. sustentado articulo 5,13,168.
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JUDICIAL es un poder del estado encargado de impartir justicia en una sociedad. es uno de los tres poders y funciones primordiales del Estado [junto con el poder legislativo y el poder ejecutivo], mediante la aplicacion de las normas y principios juridicos en la resolucion de conflictos por poder en el sentido de poder publico se entiende a la organizacion, institucion o conjuntos de organos del estado. los organos judiciales o jurisdiccionales: juzgados y tribunales, con que ejercen la potestad jurisdiccional. segun articulo 52,171,6,142.