Ordenamiento Jurídico Constitucionalizado
Condiciones
1. Constitución como norma jurídica superior
Prevalece sobre normas
Pretende permanenciaencia prolongada
Cambios con justificación y tratamiento especial
Campo común de atención
2. Constitución cargada de valores o principios
Remite a la moral
Prevalecen derechos humanos reconocidos, inalienables y universales
3. Constitución como norma jurídica eficaz
Operatividad directa o indirecta
Aplicación jurisdiccional sin obstáculos formales
4. Constitución con garantía de control jurisdiccional
Jueces velan por su prevalencia sustancial y formal
sentencias interpretativas, aditivas, admonitorias, entre otras
Tribunal Constitucional tiene la última palabra
Prevención de riesgos
1. Mejor técnica legislativa
La racionalidad del legislador podría retringir los márgenes del intérprete
Resolver la falta de funcionalidad de la ley procesal, leyes contradictorias, etc
2. Leyes más modestas
Leyes que no dejen al criterio del juzgador la solución sino que establezca márgenes
Requiere leyes principialistas complementarias del constituyente
Fijar límites a la determinación judicial
3. Más argumentación justificatoria en la producción autoritativa de las normas
Se requiere que la cultura jurídica asuma el tema de la argumentación enriqueciéndola con las propuestas de la doctrina
4. Más estudio y control sobre la jurisprudencia
Las universidades establezcan áreas de estudio de jurisprudencia
5. Sistemas jurídicos flexibles
Es responsabilidad de operarios del derecho no seguir proponiendo sistemas irreconocibles
6. Más cultura constitucional
Nuevos referentes en nueva cultura jurídica
determine principios y valores, reconozca reglas contenidas en la Constitución, identificar tipos de sentencias, etc
7. Más filosofía jurídica
Volver a la filosofía jurídica como saber necesario
comprender el derecho y operarlo con coherencia, integralidad y racionalidad
8. Reformulación de los poderes del Estado
Incorporando temas de relevancia constitucional a la agenda política
9. Más ética profesional en la función pública
Reflexionar en nuevas idoneidades judiciales
Eligiendo aquellos que tienen visibles etándares de conductas propias de un juez
10. Más y mejor capacitación judicial
Además de los conocimientos propios del juez deben provérsele quellos vinculados con su función gerencial
administración de recursos, organización de tiempo, asignación de funciones, ejercicio de poder discipljnario, etc
Control sobre centros de capacitación judicial por parte de los poderes judiciales
11. Mejor publicación del derecho vigente
En la amplia circulación de información de poblicarse todo el derecho vigente y no solo la ley
12. Una cultura jurídica premial
Se deben alentar las buenas conductas con modelos de reconocimiento social
13. Self-restraint judicial
Los jueces deben tener en cuenta la conciencia del autocontrol para la tarea jurisprudencial
Reflexionar confrontando opiniciones a partir de la jurisprudencia constitucional racional y comparada
14. El pluralismo y sus límites
Promover políticas que promuevan espacios de diálogo racional
Encontrar formas de participación de cada comunidad en el acceso a los beneficios de la sociedad, partiendo del reconocimiento de derechos fundamentales
Incorporación a la agenda de los tribunales constitucionales el pluralismo y la tolerancia
15. La recuperación del Estado y sus competencias
Práctica del bien común
Que el Estado defina una estrategia política-institucional en la distribución de bienes sociales
Riesgos
1. Sobreinterpretación de la Constitución -Sobreconstitucionalización
En ella están todas las soluciones
No queda margen para la creación discrecional de otras normas
Puede convertirse el Estado en jurisdicción constitucional
2. Irrelevancia o debilitamiento del Poder Legislativo y la Ley
Superioridad jurídica del juez constitucional sobre el legislador
3. Debilitamiento de la democracia
voluntad popular condicionada a tribunales constitucionales
4. Nuevo iuspositivismo ideológico constitucional
todo lo dispuesto por el constituyente es bueno o justo
5. Desnormativización del derecho
Puede marginar normas
las que contradigan principios
6. Hipermoralización del derecho
Descalifica la dogmática jurídica
7. Prescindencia del silogismo deductivo judicial
Promueve desconfianza a formalización del derecho
Olvido del silogismo y sus reglas -valoraciones / derecho debe ajustarse al caso
8. Prescindencia de la ciencia jurídica
El énfasis en la principalística puede distanciar el ámbito intelectual del jurista
9. Pérdida de la seguridad jurídica
Suprime la legalidad e impone confiar en la razón justa del juzgador
10. Jurisprudencia como única fuente del derecho
Al estar en la Constitución todo el derecho se excluyen las restantes fuentes
11. Supresión o debilitamiento del Estado
Pérdida de soberanía por desplazamiento de fuentes del derecho fuera de sus confines
En DDHH el máximo órgano la Corte IDH y no las Cortes supremas internas
12. Absorción por el derecho de toda la ética social
Supone que no hay espacio para otra ética social diferente a la constitución
problemas éticos se resuelven a través de normas jurídicas
afectación a la libertad ciudadana
13. Hiperrealismo jurídico
el jurista aplica presunciones en el derecho que no se ajustan a la realidad
14. Derecho a-sistemático o aporético
Carece de normatividad sistémica y prevalecen respuestas de acuerdo a valores y principios
El derecho se reduce a soluciones jurisprudenciales paralelas en casos análosgos
15. Concreción inconstitucional de “reformas” constitucionales
Interpretación constitucional se desborda y puede introducir cambios en la Constitución sin el procedimiento diseñado
16. Politización del Poder Judicial
Criterios de afinidad política infiere en la elección de los jueces para reflejar pruralismo
Judicialización de la política se torna más sospechosa
Se debilita el modelo de juez aséptico y profesional
17. Poder Judicial como poder administrador
Protagonismo judicial alcanza al Poder Ejecutivo
Puede promover jueces que en nombre de la Constitución impongan al administrador criterios no aconsejables
Se deciden asuntos propios del poder administrador
18. Etnocentrismo cultural
Riesgo de suprimir culturas ajenas
Se impone sobre cualquier variante de organización política y cultural