EVALUADA POR CIADI

PROCEDIMIENTO ANTE LA CIADI.

SOLICITUD DE ARBITRAJE.

RECHAZO

REGISTRO

NOTIFICACIÓN A PARTES.

ELECCIÓN DEL TRIBUNAL.

SI NO HAY ACUERDO.

ARTICULO 38 DE LA CIADI

PRIMERA SESIÓN.(60 DÍAS DESPUÉS DE INSTALACIÓN DEL TRIBUNAL)

ACTUACIÓN ESCRITA.

MEMORIAL DE LA PARTE DEMANDANTE SEGUIDO DE MEMORIAL DE LA PARTE DEMANDA.

SOLICITANTE PRESENTA REPLICA, SEGUIDO DE UNA DUPLICA DE LA CONTRA-PARTE.

ACTUACIÓN ORAL.

ACCESO AL PUBLICO A LA AUDIENCIA.

ACTAS DE AUDIENCIAS.

DECLARACIÓN DE TESTIGOS.

DELIBERACIONES.

LAUDO ARBITRAL.

RECURSOS.

DECISIÓN SUPLEMENTARIA Y RECTIFICACIÓN

ANULACIÓN.

REVISIÓN.

ACLARACIÓN.

PUEDE SER EN PERSONA, LLAMADA TELEFÓNICA, O VIDEOCONFERENCIA.

ACUERDO MUTUO

SE DEBE PAGAR UN REGISTRO DE 25000 USD NO REEMBOLSABLE.

PAGADO POR PARTE

PAGADO POR LAS PARTES

ESCRITA EN IDIOMA ESPAÑOL, FRANCÉS O INGLÉS.