clasificación

Derechos fundamentales y sus mecanismos de proteccion.

Los derechos fundamentales están referidos principalmente a los derechos humanos, y estos deben ser reconocidos al ser humano, por el simple hecho de existir.

Derechos de la segunda generación

Es deber fundamental del estado, propiciar los instrumentos y medios requeridos a fin de crear las
condiciones precisas para satisfacer las necesidades de carácter económico, social y
cultural de toda la población.

Por ello, son derechos de
prestación que dependen de la política económica y social del Estado-, estos son:

Protección a la familia

Derecho a la Seguridad Social

Derecho a la Salud Básica

Derecho a la Educación

Derecho a la Cultura

Libertad de expresión

Derechos del Adolescente

Atención a disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos

Derechos mínimos de los trabajadores

Los derechos humanos están fundamentados en la dignidad humana, la razón y la
justicia, orientados a la garantizar la convivencia saludable y pacífica de los asociados.

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Art. 1° de nuestra Constitución Política, el Estado se fundamenta en el respecto a la dignidad humana y en el reconocimiento de estos derechos. 

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Nuestra Constitución Política regula lo concerniente a los derechos fundamentales en su
Titulo II, el que a su vez consta de cinco capítulos y 85 artículos

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Capítulo I: Derechos Fundamentales

Capítulo II: Derechos sociales, económicos y culturales

Capítulo III: Derechos colectivos y del medio ambiente

Capítulo IV: Mecanismos de protección y aplicación de los derechos

Capítulo V: Responsabilidades y deberes ciudadanos

Derechos de la Tercera Generación

Con estos derechos se pretende establecer condiciones más adecuadas y
propicias para la efectividad de los derechos de las dos generaciones anteriores

Derecho de solidaridad

Derecho de desarrollo

Derecho a un medio ambiente sano

Se pretende con ellos propiciar un desarrollo basado en la equidad y la solidaridad entre
las naciones, en la necesidad de crear condiciones favorables de realización de los
pueblos dentro del respeto a la autonomía y la libre autodeterminación de las naciones

Derecho a un medio ambiente sano

Derecho al espacio público

Derecho a la libre competencia

Derecho a la moral pública

Derechos de la Primera Generación

Derecho a la Vida

Derecho a la Salud

Derecho a la Honra

Derecho a la Libertad

Derecho a la igualdad

Derecho a la Imagen

Derecho a la Voz

Derecho a la intimidad

Protección y aplicación de los derechos fundamentales

la Constitución consagra un conjunto
de instrumentos para que los particulares hagan valer los derechos establecidos en la
Constitución, de tal manera que no se conviertan en sólo enunciados teóricos cargados
de buenas intenciones, en simple letra muerta, sino que puedan hacerse efectivos y
exigibles.

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El estado es el que debe proteger como pilar principal los derechos fundamentales, pero también, existen entidades conformadas por los ciudadanos para velar por que se cumplan estos derechos.

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Tenemos los siguientes mecanismos

Habeas corpus

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Artículos 28, 19 y 30 de la Constitución Política.

La acción de tutela

Habeas data

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Artículo 15 superior y desarrollado por la Ley 1266 de 2001 

Derecho de petición

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Artículo 23 Constitucional y artículos 5, 17 y siguientes del Código Contencioso Administrativo.

Acción de cumplimiento

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Artículo 87 de la Constitución Política.

Acciones populares

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 Artículo 88 de la Constitución y ley 472 de 1998

Acción de grupo

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 Artículo 88 de la Constitución