SALUD REPRODUCTIVA Y PROCREACIÓN RESPONSABLE
Ley N°418
Artículo 1
Objeto
Promoción y desarrollo de la Salud Reproductiva y la Procreación Responsable
Artículo 2
Lugar
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Artículo 3
Objetivos generales
a. Garantizar información, métodos y servicios para el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos.
b. Garantizar a las mujeres la atención integral durante el embarazo, parto y puerperio.
c. Disminuir la morbimortalidad materna e infantil
Artículo 4
Objetivos específicos
Prevenir abortos
Edades más adecuadas para la reproducción
Métodos de anticoncepción
Promover la paternidad responsable.
Prevención del embarazo adolescente y la asistencia de la adolescente embarazada
Servicios de psicoprofilaxis del parto
Beneficios de la lactancia materna
Garantizar la perspectiva de género
Orientación en infertilidad y esterilidad
Prevención de VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual
Prevención del embarazo no deseado
Promover la reflexión conjunta entre adolescentes y sus padres
Artículo 5
Destinatarias/os
La población en general
Artículo 6
Efectores
Todos los establecimientos y centros de salud sobre los cuales tenga competencia el Gobierno de la Ciudad de Bs As
Artículo 7
Acciones
a. Información sobre métodos anticonceptivos
b. Estudios previos a la prescripción del método anticonceptivo
c. Métodos anticonceptivos, que en todos los casos serán de carácter reversible, transitorio, no abortivos:
• Abstinencia periódica;
• Preservativo y diafragma;
• Químicos;
• hormonales
• dispositivos intrauterinos
d. Provisión del método anticonceptivo elegido.
e. Participación de los padres.
f. Preservativo único método que previene el VIH y las enfermedades sexuales.
g. Seguimiento, monitoreo y evaluación
h. Capacitación a los agentes de salud, educación y desarrollo social
i. Difusión, estrategias de comunicación y educación.
j. Coordinación de acciones con diferentes organismos
k. Atención del embarazo, parto, puerperio y lactancia
Artículo 8
Nuevos métodos para el futuro
Artículo 9, 10 y 11
Recursos, Autoridad de aplicación y comunicación.