Categories: All - homogeneidad - liquidación - delegación - remisión

by Heisman Giovanni Bautista Nuñez 4 years ago

227

EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES POR MEDIOS DISTINTOS AL PAGO

En las obligaciones, aunque el pago es el método común para su extinción, existen otras formas jurídicas reconocidas. La compensación permite anular deudas recíprocas cuando ambas partes son acreedoras y deudoras de obligaciones homogéneas y líquidas.

EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES POR MEDIOS DISTINTOS AL PAGO

Realizado por: Giovanni Bautista, Michael Galvis grupo 623

EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES POR MEDIOS DISTINTOS AL PAGO

Por lo general las obligaciones se extinguen mediante el pago de las mismas, pero observaremos otras distintas a este:

COMPENSACIÓN
REQUESITOS

SUBJETIVO

Acreedor y Deudor

OBJETIVOS

Reciprocas, exigibles y liquidas

Modo de extinción de la obligación, que opera en nuestro sistema jurídico,

LIQUIDEZ

Deben ser homogéneas, reciprocas, exigibles y liquidas, lo que nos indica que deben estar descritas en cuantía, ósea numéricamente.

EXIGIBILIDAD DE LAS DEUDAS

Las deudas también deben ser reciprocas, homogéneas y exigibles, los efectos no están sujetos a condiciones ni a plazos.

RECIPROCIDAD DE LAS DEUDAS

Las deudas deben ser homogéneas, además reciprocas, es decir, dos créditos cruzados.

HOMOGENEIDAD DE LAS DEUDAS

Cuándo ambas obligaciones son de la misma especie y calidad.

NOVACÍON
SUBJETIVA

Se alteran los sujetos en la obligación inicial

NOVACIÓN SUBJETIVA PASIVA

Extinguiendo la obligación inicial. Se crea una nueva, cambia la posición deudora con otro o varios deudores

NOVACIÓN SUBJETIVA ACTIVA

Se produce un cambio en la posición de crédito

OBJETIVA

Se altera el objeto de la obligación

Otra se incorpora

Incorpora los elementos de la obligación anterior

crea efecto de interdependencia novatoria

Una se extingue
LA REMISIÓN O CONDONACIÓN
Liberación voluntaria

El acreedor de manera voluntaria y gratuita libera al deudor de la deuda

PUEDE SER

TACITA

El acreedor entrega voluntariamente al deudor el titulo de la obligación. Extingue la deuda

Presunción iuris tamtun

perdona la deuda

EXPRESA

DELEGACIÓN
El acreedor inicial se mantiene en la posición de crédito junto con el tercero

Se requiere el consentimiento del acreedor para liberar el deudor primitivo

Como negocio jurídico puede ir o no asociada a la existencia de una novación

Indicación al acreedor al deudor para que realize la prestación a un tercero
CONFUSIÓN
Cuándo se reúne en una misma persona la calidad de deudor y acreedor.

Una misma obligación o deuda

EFECTOS

Cuándo el acreedor puede repetir contra los demás codeudores por la realidad de la deuda.