AGUA POTABLE PARA EL CONSUMO HUMANO

Programa para el uso eficiente y ahorro del agua. Ley 373 de 1997

Uso, conservación,preservación de las aguas y prevención y control de la contaminación de esta. Decreto-Ley 2811-1974

Sistema para la protección y control de la calidad de agua y responsabilidades de los usuarios. Decreto 1575-2007. Cap III, art 10. Responsabilidades de los usuarios.

Topic principal

Normas técnicas de calidad de agua potable. Ley 9-1979

1- lavar y desinfectar sus tanques de almacenamiento y redes, como mínimo cada 6 meses.

2-Mantener en adecuadas condiciones la acometida y las redes internas domiciliarias para preserbar la calidad del agua suministrada

3- En instalaciones publicas y privadas que conglomeren individuos, son responsables de realizar el lavado y desinfección de los taques de almacenamiento para el consumo humano cada 6 meses.

Ministerio de salud

Procedencia

Tratamiento

Redes de distribucion

Obligaciones del estado en cuanto a garantizar la calidad del agua para consumo humano.

Realizar clasificación de aguas, fijar su destinación y posibilidades de aprovechamiento mediante análisis físicos químicos y biológicos.

Ejercer control sobre personas naturales o jurídicas publicas y privadas para que cumplan con las condiciones de recolección abastecimiento y conducción calidad de agua.

Campañas educativas a la comunidad

Utilización de aguas superficiales, lluvias y subterráneas

Incentivos y otros aspectos

Con el fin de elaborar un diagnóstico de la oferta hídrica de las fuentes de abastecimiento y la demanda de agua, y contener las metas anuales de reducción de pérdidas