Apertura de la empresa LEY No. 5
De 11 de enero de 2007

Topic principal

Articulo5. Definiciones

Actividad industrial.

Comprende Industria o manufactureras.

Venta mayor al estado. Artesanía casera con menos de 5 trabajadores.

Autoridad publica competente.

Autoridad publica competente.

Aviso de operación. documento que avala actividad comercial.

Articulo6. Tasa de aviso

Persona jurídica B/.15.00

Persona natural B/.55.00

En cada caso, cinco balboas (B/.5.00) de la Tasa de Aviso de Operación corresponderán al
municipio

Articulo8.Proceso de aviso

El Sistema Panamá Emprende le emitirá correspondiente numero de Aviso de Operación.

Se deberá pagar toda tasa, derecho, impuesto y contribución requerido pera la apertura de empresa

Se deberá completar el registro de la actividad en el sistema PANAMA EMPREMDE.

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Articulo1.Aviso de Operación.

Toda persona natural o jurídica tiene derecho a obtener un aviso de operación

La autoridad competente es el MICI

El inicio proceso requerido para iniciar una actividad comercial.

Debe contener la información necesaria y al finalizar de debe imprimir

Articulo3. Validez del aviso de operación.

Tiene validez jurídica y reposa en el sistema de panamá emprende.

Debe contener una declaración jurídicas.

Articulo4. Actividad exectuadas

Agricola,ganadera,apicola,avicola,acuicola, agroforestal o similares.

La elaboración y venta de artesanía y otro. con menos de 5 trabajadores

Actividad sin fine de lucro.

Ecuación profesionales liberales, servicio de abogado de manera personal.