Sin Perjuicio a lo Establecido
A la Orden del:
Debe ser dispuesto:
Permitir Comunicación
Presentaran
Se celebrará
Convocará
Dentro de las 48 Horas siguientes
36 Horas siguientes a la Detención
Expondrá la forma en que se produjo la aprehención y solicitará:
12 Horas
Decretará
Remitir Actuaciones al:
En caso Contrario

AUDIENCIA ORAL DE PRESENTACIÓN DEL APREHENDIDO EN UN DELITO FLAGRANTE

Cuando se trate de Delitos Flagrantes, cualquiera que sea la pena asignada al delito.

MP

El Aprehensor debe notificar la detención del Aprehendido

1) Aplicación del Procedimiento Ordinario

2) Aplicación del Procedimiento Abreviado

3) Imposición de una Medida de Coerción Personal

4) Solicitud de la Libertad del Aprehendido

Sin perjuicio del ejercicio de las acciones a que hubiere lugar.

Se llevan las actuaciones ante el Juez de Control

Este decidira sobre la Solicitud Fiscal

Tribunal de Juicio

Juicio Oral y Público

Dentro de los 10 a 15 días siguientes.

5 Días Antes

Seguirá las Reglas del Procedimiento Ordinario

APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Artículos 372 y 373 COOP

Fiscal y Victima

Acusación

AUDIENCIA ORAL DE PRESENTACIÓN POR DETENCIÓN POLICIAL

Artículos 234 y 235 COOP

PROCEDENCIA

IN FRAGANTI: Instante en que se está cometiendo un delito

Debe ser presentada una Orden de Detención librada por un Juez competente

GARANTÍAS

Con Familiares, abogados o asociación de Asistencia Jurídica para Informar de la Detención (Art. 127 COOP)

El Organismo Policial Debe Vigilar el Debido proceso

PROCEDIMIENTO

Detenido

12 Horas siguientes a la detención

MINISTERIO PÚBLICO

Constitución de la República

Se aplicará el Procedimiento Especial previsto en el Título II del Libro Tercero

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