CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR 2008

TITULO II DERECHOS

Capítulo 2do
Derechos del buen vivir

Art. 26.- La educación es un derecho de las personas

Art. 27.- La educación se centrará en el desarrollo del ser humano.

Sección 5ta Educación

Art. 28.- Responderá al interés público, sin discriminación alguna.

Art. 29.- La enseñanza, en la educación superior, y el derecho de aprender en su propia lengua

TITULO VII
REGIMEN DEL BUEN VIVIR

Capítulo 1ro
Inclusión y equidad

Art. 343.- Desarrollo de capacidades, colectivas de la población

Art. 347.- Será responsabilidad del Estado:

1. Fortalecer la educación pública

2. Los centros sean espacios democráticos

3. Modalidades formales y no formales

4. Impartan una educación en ciudadanía, sexualidad y ambiente

5. El respeto del desarrollo psico-evolutivo

6. Erradicar todas las formas de violencia

7. Erradicar el analfabetismo puro, funcional y digital

8. Incorporar las tecnologías de la información y comunicación

9. El sistema de educación intercultural bilingüe

10. Asegurar que se incluya en los currículos de estudio

11. La participación activa de estudiantes, familias y docentes

12. Los principios de equidad social, territorial y regional

Art. 344.- Las instituciones, en recursos y proceso educativo, en los niveles de educación inicial, básica, bachillerato y superior.

Art. 348.- La educación pública será gratuita y el Estado la financiará de manera oportuna, regular y suficiente.

Art. 345.- La educación se prestará a través de instituciones públicas, fisco-misionales y particulares.

Art. 349.- El Estado garantizará al personal docente, en todos los niveles y modalidades, estabilidad.

Art. 346.- Existirá una institución pública, con autonomía, de evaluación integral interna y externa.

Art. 350.- El sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional.

Sección 1ra
Educación

Art. 351.- El sistema de educación superior estará articulado al sistema nacional de educación y al Plan Nacional de Desarrollo

Art. 355.- Reconocerá a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica,

Art. 352.- En educación superior estará integrado por universidades y escuelas politécnicas.

Art. 356.- La educación superior pública será gratuita hasta el tercer nivel.

Art. 353.- La educación superior se regirá: Un organismo público, de planificación y técnico.

Art. 357.- El Estado garantizará el financiamiento de las instituciones públicas de educación superior.

Art. 354.- Las universidades y escuelas politécnicas, públicas y particulares, se crearán por ley

LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN

CAPÍTULO QUINTO

Art. 37.- Composición

Comprende los tipos, niveles y modalidades educativas

Art. 38.- Educación escolarizada y no escolarizada.

Ofrece dos tipos de educación escolarizada es acumulativa, progresiva y no escolarizada, brinda la oportunidad de formación y desarrollo de los ciudadanos a lo largo de la vida

Art. 39.- La educación escolarizada

Nivel de educación inicial, básica y bachillerato.

Art. 40.- Nivel de educación inicial

Es el proceso de acompañamiento al desarrollo integral

Art. 41.- Coordinación interinstitucional

Promoverá la coordinación entre las instituciones públicas y privadas

Art. 42.- Nivel de educación general básica

Desarrolla las capacidades, habilidades, destrezas y competencias

Art. 43.- Nivel de educación bachillerato

Una formación general y una preparación interdisciplinaria que las guíe para la elaboración de proyectos de vida.

Bachillerato en ciencias

Ofrecerá una formación complementaria en áreas científico-humanísticas.

Bachillerato técnico

Ofrecerá una formación complementaria en áreas técnicas, artesanales, deportivas o artísticas.

Art. 44.- Bachilleratos complementarios.

Fortalecen la formación obtenida en el bachillerato general unificado

Bachillerato técnico productivo

Bachillerato artístico.

Art. 45.- Todos los títulos de bachillerato emitidos por la Autoridad Educativa Nacional

Art. 46.- Modalidades del Sistema Nacional de
Educación.

Modalidad de educación presencial.

Modalidad de educación semipresencial

Modalidad a distancia