CONTABILIDADES ESPECIALES

NIIF 4

Contratos de Seguro

Consiste en especificar la información financiera que debe
ofrecer, sobre los contratos de seguro

Alcance

Contratos de seguro, también los contratos de reaseguro

Instrumentos financieros que emita con un componente de participación
discrecional

Una entidad no aplicará esta NIIF a

Las garantías de productos emitidas directamente por el fabricante

Los activos y los pasivos de los empleadores que se deriven de los planes de
beneficios definidos

Las obligaciones de beneficios por retiro
presentadas que proceden de los planes de beneficios definidos

Los derechos contractuales y las obligaciones contractuales de tipo contingente

Los contratos de garantía financiera

La contraprestación contingente

Los contratos de seguro
directo donde la entidad es la tenedora del seguro

Reconocimiento y medición

Exención temporal del cumplimiento de otras NIIF

La presente NIIF exime a la
aseguradora de aplicar dichos criterios en sus políticas contables relativas a:

Los contratos de seguro que emita incluyendo tanto los costos de adquisición
como los activos intangibles relacionados con ellos

La presente NIIF no exime a la aseguradora de cumplir con ciertas
implicaciones

La presente NIIF no exime a la aseguradora de cumplir con ciertas
implicaciones

No reconocerá como un pasivo las provisiones por reclamaciones futuras
cuando estas se originen en contratos de seguro inexistentes al final del periodo
sobre el que se informa

Llevará a cabo la prueba de adecuación de los pasivos que se describe en los
párrafos 15 a 19

Eliminará un pasivo por contrato de seguro o una parte del mismo

No compensará

Activos por contratos de reaseguro con los pasivos por seguro conexos

Gastos o ingresos de contratos de reaseguro con los ingresos o gastos,
respectivamente

Considerará si se han deteriorado sus activos por reaseguros

Información a revelar

La entidad no necesita aplicar los requerimientos sobre información a revelar de esta
NIIF a la información comparativa que se relacione con periodos anuales que hayan
comenzado antes del 1 de enero de 2005

Si fuera impracticable aplicar un requerimiento concreto, de los contenidos en los
párrafos 10 a 35, a la información comparativa relacionada con los periodos anuales
cuyo inicio fuese anterior al 1 de enero de 2005, la entidad revelará este hecho.

Al aplicar el apartado (c)(iii) del párrafo 39

La entidad no precisa revelar información
acerca de la evolución de las reclamaciones que haya tenido más allá de los cinco
años anteriores

Una aseguradora revelará, en sus estados financieros, información que ayude a
los usuarios de la misma a identificar y explicar los importes que procedan de
sus contratos de seguro

A fin de cumplir con lo establecido en el párrafo 36, una aseguradora revelará la
siguiente información:

Sus políticas contables relativas a los contratos de seguro y a los activos,
pasivos, gastos e ingresos conexos

Los activos, pasivos, ingresos y gastos reconocidos y en caso de que presente
el estado de flujos de efectivo por el método directo, los flujos de efectivo

las pérdidas y ganancias reconocidas en el resultado del periodo por
reaseguro cedido

Si el cedente difiriese y amortizase pérdidas y ganancias procedentes de
compras de reaseguro

El procedimiento utilizado para determinar las suposiciones que tengan un
mayor efecto sobre la medición de los importes reconocidos

El efecto de los cambios en las suposiciones utilizadas para medir los activos y
los pasivos por contratos de seguro

Conciliaciones de los cambios en los pasivos y activos por contratos de
reaseguro

NIIF 17

Contratos de Seguro

Objetivo

es asegurar que una entidad proporciona información relevante que represente
fidedignamente esos contratos.

Establece principios para el reconocimiento, medición, presentación e
información a revelar de los contratos de seguro que están dentro del alcance de la Norma

Alcance

Una entidad aplicará la NIIF 17 a los:

los contratos de inversión con componentes de participación discrecional que emita

contratos de seguro, incluyendo los contratos de reaseguro

Reconocimiento

Una entidad reconocerá un grupo de contratos de seguro que se emitan cuando tenga lugar el primero
de los siguientes hechos:

El comienzo del periodo de cobertura del grupo de contratos

La fecha en que venza el primer pago de un tenedor de la póliza de seguro en el grupo

Para un grupo de contratos onerosos, cuando el grupo pase a ser oneroso

Una entidad reconocerá un activo o pasivo por los flujos de efectivo por la adquisición de seguros

Una entidad dará de baja en cuentas el activo o pasivo procedente de estos flujos de efectivo por adquisición
de seguros cuando se reconoce el grupo de contratos de seguro al que se asignan los flujos de efectivo

una entidad incluirá solo
contratos emitidos al final del periodo sobre el que se informa y realizará estimaciones de las tasas de
descuento en la fecha del reconocimiento inicial

En el reconocimiento inicial, una entidad medirá un grupo de contratos de seguros por el total de:

Los flujos de efectivo procedentes del cumplimiento, que comprenden:

Las estimaciones de los flujos de efectivo futuros

Un ajuste para reflejar el valor temporal del dinero y los riesgos financieros

Un ajuste del riesgo para el riesgo no financiero

Medición

Una entidad aplicará los párrafos 30 a 52 a todos los grupos de contratos de seguro dentro del alcance de la
NIIF 17, con las excepciones siguientes:

una
entidad puede simplificar la medición del grupo usando el enfoque de asignación de la prima,
contenido en los párrafos 55 a 59

Para grupos de contratos de reaseguro mantenidos

Para grupos de contratos de inversión con componentes de participación discrecional, una entidad
aplicará los párrafos 32 a 52

Una entidad incluirá en la medición de un grupo de contratos de seguro todos los flujos de efectivo
futuros dentro de los límites de cada contrato del grupo (véase el párrafo 34)

Incorporarán, de forma no sesgada, toda la información razonable y sustentable disponible
sin coste o esfuerzo desproporcionado sobre el importe

Reflejarán la perspectiva de la entidad, siempre que las estimaciones de las variables de
mercado relevantes sean congruentes con los precios de mercado observables para esas
variables

Serán corrientes—las estimaciones reflejarán las condiciones existentes en la fecha de
medición, incluyendo supuestos en esa fecha sobre el futuro

Serán explícitos—la entidad estimará el ajuste para el riesgo no financiero por separado de
las otras estimaciones

Medición posterior

El importe en libros de un grupo de contratos de seguro al final de cada periodo sobre el que se informa
será la suma de:

El pasivo por la cobertura restante que comprende:

Los flujos de efectivo procedentes del cumplimiento relativos a servicios futuros
asignados al grupo en esa fecha

El margen de servicio contractual del grupo en esa fecha, medido aplicando los
párrafos 43 a 46

El pasivo por reclamaciones incurridas, que comprende los flujos de efectivo procedentes del
cumplimiento relativos a servicios futuros asignados

Una entidad reconocerá ingresos y gastos por los siguientes cambios en el importe en libros del pasivo
por la cobertura restante:

Ingresos de actividades ordinarias del seguro—por la reducción en el pasivo por la cobertura
restante debida al servicio prestado en el periodo

Gastos del servicio de seguro—por pérdidas en los grupos de contratos onerosos

Información a revelar

El objetivo de los requerimientos de la información a revelar es que una entidad revele información en
las notas que, junto con la información proporcionada en el estado de situación financiera

Los importes reconocidos en sus estados financieros de contratos dentro del alcance de la NIIF
17 (véanse los párrafos 97 a 116

Los juicios significativos, y cambios en esos juicios, realizados al aplicar la NIIF 17 (véanse los
párrafos 117 a 120)

La naturaleza y alcance de los riesgos de los contratos dentro del alcance de la NIIF 17 (véanse
los párrafos 121 a 132