Derecho: unidad 2

Persona

Sujeto potencial de derechos; el rasgo esencial de la persona, lo que lo caracteriza y determina su naturaleza, es el hecho de que pueda ser sujeto activo o pasivo de derechos, la posibilidad de adquirir derechos y contraer obligaciones.

Tipos de persona

P. Física

P. Jurídica

Pública

Estado Nacional, provincias y municipios

Entidades autárquicas

Iglesia Católica

Privada

Asociaciones y fundaciones

Sociedades civiles y comerciales

Capacidad

de derecho

Toda persona humana goza de la aptitud para ser titular de derechos y deberes jurídicos. La ley puede privar o limitar esta capacidad respecto de hechos, simples actos o actos jurídicos determinados.

de ejercicio

Toda persona humana puede ejercer por sí misma sus derechos, excepto las limitaciones establecidas en este Código y en una sentencia judicial.

Incapacidad

Incapacidad

Insuficiencia de la aptitud para la realización del ejercicio de derechos o para adquirirlos por sí mismo.

El juez declara la incapacidad cuando la persona se encuentra absolutamente imposibilitada de interaccionar con su entorno y expresar su voluntad por cualquier modo, medio o formato adecuado y el sistema de apoyos resulte ineficaz.

Persona menor de edad

Que no ha cumplido 18 años

Adolescente

Adolescente

Menor de edad que cumplió 13 años

Personas incapaces de ejercicio

Persona por nacer

Persona que no cuenta con la edad y grado de madurez suficiente (persona menor de edad)

Persona declarada incapaz por sentencia judicial, en la extensión dispuesta en esta decisión

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Capacidad e incapacidad