LEY GENERAL DEL TURISMO 29408

ART. 1:OBJETO

El reglamento establece normas de la Ley de Turismo

ART. 2: ÁMBITO DE APLICACIÓN

Nivel nacional

todos los niveles de gobierno

entidades e instituciones públicas y privadas

prestadores de servicios turísticos

ART.3 REFERENCIAS

Toda mención debe entenderse como refrencia a la Ley Gral. de Turismo

ART 4 REQUERIMIENTOS DEL SECTOR TURISMO

infraestructura y/o servicios para el desarrollo del sector turismo

requerimientos deben ser evaluados y disponer la provisión de recursos

Poner en conocimiento a la PCM los requerimientos mencionados

Se deben comunicar los requerimientos para su implementación

Seguimiento del cumplimineto de los requerimientos efectuados y prestar apoyo técnico y asesoría

Topic principal

ART. 5 PRINCIPIOS DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA

Deben tener en cuenta la formulación y ejecución

constituye uno de los factores a considerar para reconocimientos y certificacioones

ART. 6 LA ARTESANÍA COMO ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA DEL TURISMO

Artesanía, como componente a fin de integrar productos o destinos turísticos

ART. 7 EMISIÓN DE OPINIONES TÉCNICAS

El MINCETUR a través del Viciministeriod e Turismo emite opiniones técnicas, dentro de los 10 día hábiles de la solicitud, se requerirá la documentación

ART. 8 COMITÉ CONSULTIVO DE TURISMO

2 representantes de MINCETUR

1 representante de PROMPERU

1 representante de CANATUR

1 representante de universidades e instituciones educativas

1 representante de FENAGUITURP

1 representante de cámaras regionales del sur del país

1 representante de cámaras regionales de turismo zona central del país

1 representante de las cámaras regionales de turismo de la zona noramazónica del país

1 representante del Ministerio del Interior

1 representante de INDECOPI

ART. 9 DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES ANTE EL CCT

Se formalizan por resolución ministerial del MINCETUR

ART. 10 REPRESENTANTES DE LAS CÁMARAS REGIONALES DE TURISMO ANTE EL CCT

Las elecciones de representantes titular y alterno de las cámaras regionales deben ser comunicadas dentro de los 15 días después de ser realizadas

el presidente del CCT debe llevar la relación de las cámaras regioanels de turismo de cada zona

Cámara regional de turismo: integrada por asociaciones de prestadores de servicios turísticos de la región

ART. 11 REPRESENATNTES DE LAS UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES EDUCATIAS ANTE EL CCT

Elegido por la Asamblea Nacional de Rectores

Se decedirá por sorteo si el representante corresponderá a universidad, instituto o institución educativa

ART. 12 SESIONES DEL CCT

Sesiona en forma ordinaria o extraordinaria y en cualquier ciudad del país

ART.13 COORDINACIÓN ENTRE EL CCT Y LOS COMITÉS CONSULTIVOS REGIONALES DE TURISMO

Establecen mecanismos que les permite conocer y coordinar para el cumplimiento de las funciones que les asigna la ley

ART. 14 APROBACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO NACIONAL DE TURISMO

Debe ser actualizado cada 5 años desde la aprobación o última actualización

ART. 15 ELABORACIÓN, ACTUALIZACIÓN, EVALUACIÓN Y MONITOREO DEL PENTUR

Contendrá la metodología que se empleará para que sus propuestas sean de conocimiento de los gobiernos regionales y locales

ART. 16 SISTEMA DE INFORMACIÓN TURÍSTICA

Incorporar información y/o datos estadísticos

Debe cumplir con los requerimientos de información en el Sistema de Información Turística

ART. 17 CUENTA SATÉLITE DE TURISMO

Debe ser actualizado cada vez que el Inst. Nacional de Estadística e Informática realice el cambio de año

Se actualiza mediante los indicadores del SIT

ART. 18 COORDINACIONES DESTINADAS A LA FORMULACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN Y ACTUAÑIZACIÓN DE LOS INVENTARIOS DE RECURSOS TURÍSTICOS

Se realizarán con las entidades públicas y privadas vinculadas a la actividad turística

ART. 19 MANUAL PARA LA ELABORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LOS INVENTARIOS DE RECURSOS TURÍSTICOS

Debe contar con la metodología para los procesos, es aprobado por resolución ministerial del MINCETUR

ART. 20 INFORMACIÓN PARA LA ELABORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL INVENTARIO NACIONAL DE RECURSOS TURÍSTICOS

MICETUR encargado de diseñar, organizar, y actualizar el sistema de onfroamción

ART. 21 INVENTARIO REGIONAL DE RECURSOS TURÍSTICOS

elaborado por los gobiernos regionales la MML

PUBLICACIÓN DE LOS INVENTARIOS DE RECURSOS TURÍSTICOS

realizado por el MINCETUR en sus portales institucionales

ASRT. 23 PROYECTOS DE INVERSIÓN TURÍSTICA

el proceso de priorización de inversiones , planeamiento y ejecución se realizan con cargo al FONDO de Promoción Turística

ART. 24 REQUISITOS PARA LA DECLARACIÓN DE ZONAS DE DESARROLLO TURÍSTICO PRIORITARIO DE ALCANCE REGIONAL

e1

Informe técnico

plano de delimitación

Plan de desarrollo turístico de la ZDTP

Inventario regional de Recursos Turísticos

ART. 25 PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE L¿ZONAS DE DESARROLLO TURÍSTICO PRIORITARIO

Documentos deben ser remitidos por el gobierno regional al MINCETUR y al MINAM a través del SERNANP

El MICETUR y el Ministerio del Ambiente emitirán la opinión técnica dentro del plazo de 90 días

el viceministro de Turismo y/o SERNANP están facultados para requerir información o documentación adicional

ART. 26 ACCIONES DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES EN LAS ZONAS DE DESARROLLO TURÍSTICO PRIORITARIO

Comprende únicamete a aquellos prestadores de servicios que realizan actividades turísticas que son materia de categorización, calificación o cualquier otro proceso de evaluación

ART. 28 ELABORACIÓN, ACTUALIZACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL DIRECTORIO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS TURÍSTICOS CALIFICADOS

Comprende únicamete a aquellos prestadores de servicios que realizan actividades turísticas que son materia de categorización, calificación o cualquier otro proceso de evaluación

ART. 29 SE IMPIDE TRATAMIENTOS DISCRIMINATORIOS EN PERJUICIO DE LOS TURISTAS

No constituyen tratamientos discriminatorios

Programas de turismo social

Planes o tarifas promocionales para determinadas temporadas o periodos

Diferenciaciones de precios sustentadas en criterios objetios, razonables y proporcionales

ART. 30 DESIGNACIÓN DE LOS REPRESENTANTES ANTE LA RED DE PROTECCIÓN AL TURISTA Y SU FUNCIONAMIENTO