Los Estados + Órganos Constitucionales Autónomos

Los estados

grados de
descentralización

comuna o municipio

con autonomía admva, pero
tutelado por el Estado central

provincia autónoma

determinada autonomía política, pero
con Constitución impuesta por Edo. dominante

Estado miembro o federado

con autonomía constitucional

autonomía

competencias de Estados miembros
para darse sus propias normas

constitucional

partes

orgánica

apoyada en
Constitución Federal

limitación a
autonomía local

adopción de gobierno representativo,
popular y republicano

dogmática

Constituciones

la mayoría son de tipo rígido

excepciones (flexibles)

Yucatán e Hidalgo

art. 41 de la
Constitución Federal

Constituciones estatales
no pueden contravenir

estipulaciones de Pacto Federal

art. 115 de la
Constitución Federal

base

división territorial, de organización
política y admva.

Municipio libre

art. 135 de la
Constitución Federal

participación de todos los
Estados en reformas constitucionales

aprobación por la mayoría
de las legislaturas

requisitos para preservar
forma de gobierno

-gobernadores con cargo de 6 años (max)
-elección directa y no reelección
-mínimo de diputados de acuerdo al art.115
-sólo un mexicano por nacimiento y con residencia
mínima de 5 años puede ser gobernador (art. 115)

organización de
poderes

todas las Constituciones locales
consagran la división de 3 poderes

Poder Legislativo depositado en una
asamblea (legislatura o congreso)

1 o 2 reuniones por año

hay Comisión Permanente

algunas Constituciones imponen a
la legislatura la obligación de legislar
en ciertos asuntos

Poder Ejecutivo

depositado en
gobernador

facultades

-vela por observancia de las leyes
-expide reglamentos

elementos necesarios para
el sistema federal

-zona de materias retenidas por los Estados miembros
-zona de facultades delegadas en los poderes centrales
-sistema que garantice a los Estados la conservación del status

Órganos
constitucionales
autónomos

Concepto

fundamentalmente
creado en la
Constitución

independientes en
su estructura orgánica

busca desmonopolizar y
transparentar ante
la sociedad

fines

mayor especialización,
agilización, control
y transparencia

para atender
demandas sociales

fiscalizar y
controlar instituciones

evitar violación
a la inconstitucionalidad

antecedentes

surge
en Europa

se expande por el mundo

consecuencia de la
nueva concepción
del poder

inicios

defensa de los derechos
fundamentales

controlar constitucionalidad de
actos de los depositarios del poder

características

establecidos y configurados
directamente por la Constitución

autonomía orgánica y funcional

autonomía normativa

autonomía presupuestal-financiera
y administrativa

naturaleza
jurídica

coordinación con poderes
tradicionales y
órganos autónomos

los órganos ejercen función
primordial para el Estado

autonomía

concepto

según
García Maynez

facultad que las organizaciones
públicas tienen para darse leyes
a sí mismas

posibilidad de los entes

regir vida interior gracias
a normas y órganos propios

fines

enfrentar defectos
de la partidocracia

ejecutar tareas que no deben
de estar sujetas a intereses políticos

necesidad de órganos
imparciales en procesos
electorales

tipos

-técnica: toma de decisiones un campo especifico
-orgánica o admva: independencia de administrar sin injerencia de otra entidad
-financiera-presupuestaria: facultad para proponer los propios presupuestos, así como de disponer de sus recursos económicos
-normativa: emiten sus propios reglamentos, políticas y normas
-de funcionamiento: realización de funciones sin injerencia de otros órganos
-plena: total

ejemplos

Banco de México (art.28, párrafo sexto)
IFE (art. 41, fr. III)
CNDH (art. 102, apartado B, párrafos 1-4)
UNAM (art. 3, fr. VII)
Tribunales agrarios (art. 27, fr. XIX)
Tribunales locales de lo contencioso admnvo (art. 116, fr. V)

UNAM

mayo de 1910- creación Universidad Nacional
1929_ Portes Gil concede autonomía, aunque el Ejecutivo
presentaba una terna de la cual el Consejo Universitario elegía al rector
1944- Ley Orgánica aparece Junta de Gobierno con facilidades para nombrar rectores y directores
junio de 1980- autonomía elevada a nivel constitucional en art. 3, fr. VIII
marzo de 1993- art. 3. fr. VII

MARTINEZ VEGA IRVING AXEL
0004

Referencias:

*Tena Ramírez, Felipe, "Los Estados" en Derecho Constitucional
Mexicano, Editorial Porrúa, México, 1992, pp. 129-142.

*Ugalde Calderón, Filiberto Valentín, Órganos constitucionales
autónomos, [en línea] Dirección URL:
http://www.ijf.cjf.gob.mx/publicaciones/revista/29/Filiberto%20Valent%C3%ADn%20Ugalde%20Calder%C3%B3n.pdf.