PRINCIPIOS EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL

Principio de la Confianza Legitima

Busca proteger al administrado frente a las modificaciones intempestivas que adopte la Administración, desconociendo antecedentes en los cuales aquél se fundó para continuar en el ejercicio de una actividad o en el reclamo de ciertas condiciones o reglas aplicables a su relación con las autoridades

Principio de Proporcionalidad

Instrumento metodológico para el establecimiento
de los requisitos habilitantes y un mecanismo
de interdicción de la arbitrariedad en el marco
de las facultades discrecionales

Habilitantes de la Contratación

Experiencia

Es el conocimiento del proponente derivado de su
participación previa en actividades iguales o
similares a las previstas en el objeto del contrato.

Capacidad Organizacional

es la aptitud de un proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del
contrato en función de su organización interna.

Capacidad Juridica

Es la facultad de una persona para celebrar contratos con una Entidad Estatal, es decir, obligarse a cumplir el objeto del contrato; y no estar incursa en inhabilidades o incompatibilidades que impidan la celebración del contrato.

Capacidad Financiera

buscan establecer unas condiciones mínimas que reflejan la salud
financiera de los proponentes a través de su liquidez y endeudamiento. Estas condiciones muestran la aptitud del
proponente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto del contrato

Inhabilidades para Contratar

Personas inhabilitadas por
la constitución y las leyes

Servidores
públicos

Quien participo en una
lucitacion estando inhabilitado

Quienes fueron miembros
o directivos de la junta de
la entidad contratante

Conjugue o segundo
grado de consanguinidad
en la misma licitación

Quien si justa causa se
abstenga de suscribir un
contrato ya adjudicado

Quienes dieron lugar a la
declaratoria de caducidad

Doctrina de los Actos propios

Proclama el principio general de derecho que norma la inadmisibilidad de actuar contra los propios actos hechos con anterioridad

Principio de la buena fe

Exige a los particulares y a las autoridades públicas ajustar sus comportamientos a una conducta honesta, leal y conforme con las actuaciones que podrían esperarse de una “persona correcta