NORMATIVIDAD DE LA GESTION DE RIESGO EN COLOMBIA
DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD
Sistema General de Seguridad Social en Salud y otras disposiciones generales
organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales
cumplimiento de las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y la atención de enfermedades de interés en salud pública.
DECRETO 1295 DE 1994
Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencias del trabajo que desarrollan.
3-Reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones económicas por incapacidad permanente parcial o invalidez, que se deriven de las contingencias de accidente de trabajo o enfermedad profesional y muerte de origen profesional.
1- Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo que puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo
4- Fortalecer las actividades tendientes a establecer el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y el control de los agentes de riesgos ocupacionales
2- Fijar las prestaciones de atención de la salud de los trabajadores y las prestaciones económicas por incapacidad temporal a que haya lugar frente a las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesiona
CARACTERISTICAS
a. Es dirigido, orientado, controlado y vigilado por el Estado.
b. Las entidades administradoras del Sistema General de Riesgos Profesionales<1> tendrán a su cargo la afiliación al sistema de y la administración del mismo.
c. Todos los empleadores deben afiliarse al Sistema General de Riesgos Profesionales
d. La afiliación de los trabajadores dependientes es obligatoria para todos los empleadores.
e. El empleador que no afilie a sus trabajadores al Sistema General de Riesgos Profesionales, además de las sanciones legales, será responsable de las prestaciones que se otorgan en este decreto.
f. La selección de las entidades que administran el sistema es libre y voluntaria por parte del empleador.
g. Los trabajadores afiliados tendrán derecho al reconocimiento y pago de las prestaciones previstas en el presente Decreto.
h. Las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales<1> están a cargo de los empleadores.
i. La relación laboral implica la obligación de pagar las cotizaciones que se establecen en este decreto
Los empleadores y trabajadores afiliados al Instituto de Seguros Sociales para los riesgos de ATEP, o cualquier otro fondo o caja previsional o de seguridad social, a la vigencia del presente decreto, continúan afiliados, sin solución de continuidad, al Sistema General de Riesgos Profesionales que por este decreto se organiza.
La cobertura del sistema se inicia desde el día calendario siguiente a la afiliación.
Los empleadores solo podrán contratar el cubrimiento de los riesgos profesionales de todos su trabajadores con una sola entidad administradora de riesgos profesionales
PRESTACIONES ASISTENCIALES. Todo trabajador que sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional tendrá derecho, según sea el caso, a:
a. Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
b. Servicios de hospitalización.
c. Servicio odontológico.
d. Suministro de medicamentos.
e. Servicios auxiliares de de diagnóstico
f. Prótesis y órtesis,
g. Rehabilitaciones física y profesional.
h. Gastos de traslado, en condiciones normales.
PRESTACIONES ECONOMICAS. Todo trabajador que sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional tendrá derecho al reconocimiento y pago de las siguientes prestaciones económicas:
a. Subsidio por incapacidad temporal;
b. Indemnización por incapacidad permanente parcial;
c. Pensión de Invalidez;
d. Pensión de sobrevivientes; y ,
e. Auxilio funerario.
PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD:Para la prestación de los servicios de salud a los afiliados al Sistema General de Riesgos Profesionales, las entidades administradoras de riesgos profesionales deberán suscribir los convenios correpondientes con las Entidades Promotoras de Salud.
RIESGOS PROFESIONALES
RIESGOS PROFESIONALES
ACCIDENTE DE TRABAJO
EXCEPCIONES.
ENFERMEDAD PROFESIONAL
ORIGEN DEL ACCIDENTE DE LA ENFERMEDAD Y LA MUERTE.
AFILIACIONES
Ley 1562 de 2012
PROTECCION A ESTUDIANTES.
COTIZACIONES
Ley 776 de 2002.
OBLIGATORIEDAD DE LAS COTIZACIONES.
BASE DE COTIZACION.
MONTO DE LAS COTIZACIONES
DISTRIBUCION DE LAS COTIZACIONES
INGRESO BASE DE LIQUIDACION
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES.
ACCIONES DE COBRO.
Lineamientos para incorporar la Política de Atención Integral en Salud (PAIS)
Único Reglamentario del Sector Trabajo, sobre la transición para la ' implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
CLASIFICACION
CLASIFICACION DE EMPRESA.
CLASES DE RIESGO
TABLA DE CLASES DE RIESGO
CLASE
RIESGO
CLASE I
RIESGO MÍNIMO
CLASE II
RIESGO BAJO
CLASE III
RIESGO BAJO
CLASE IV
RIESGO ALTO
CLASE V
RIESGO MÁXIMO
COTIZACIONES MINIMAS Y MAXIMAS.
CLASIFICACION DE ACTIVIDADES ECONOMICAS.
MODIFICACION DE LA CLASIFICACION.
CLASIFICACION DE TRANSICION
PROCEDIMIENTOS PARA LA RECLASIFICACION.
VARIACION DEL MONTO DE LA COTIZACION
TRASLADO DE ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE RIESGOS PROFESIONALES
PRESTACIONES
DERECHO A LAS PRESTACIONES.
SERVICIOS DE PREVENCION
PRESTACIONES ECONOMICAS POR INCAPACIDAD
INCAPACIDAD TEMPORAL.
MONTO DE LAS PRESTACIONES ECONOMICAS POR INCAPACIDAD TEMPORAL.
DECLARACION DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL
DECLARACION DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL.
INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL
DECLARACION DE LA INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIA
. MONTO DE LA INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL.
CONTROVERSIAS SOBRE LA INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL.
VALUACION DE INCAPACIDADES.
REUBICACION DEL TRABAJADOR.
ACUERDO 117 DE 1998
el Sistema General de Seguridad Social, fija como responsabilidad de las EPS, Entidades Adaptadas y Transformadas y las Administradoras del Régimen Subsidiado administrar el riesgo en salud individual de sus afiliados.
OBJETIVO
EJECUCION DE LAS ACTIVIDADES, PROCEDIMIENTOS E INTERVENCIONES DE DEMANDA INDUCIDA Y OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO. Las EPS, Entidades Adaptadas y Transformadas y las Administradoras del Régimen Subsidiado son responsables del obligatorio cumplimiento de actividades, procedimientos e intervenciones
ACTIVIDADES Y PROCEDIMIENTOS
DEMANDA INDUCIDA Y OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO
DETECCION TEMPRANA
ATENCION DE ENFERMEDADES DE INTERES EN SALUD PUBLICA
Plan Obligatorio de Salud -POS
PROTECCION ESPECIFICA.
PRESTACION DE LOS SERVICIOS
HISTORIA DE LAS ACTIVIDADES, PROCEDIMIENTOS E INTERVENCIONES DE DEMANDA INDUCIDA Y OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO
IDENTIFICACION DE LA POBLACION EN RIESGO.
ESTRATEGIAS DE INFORMACION A LA POBLACION AFILIADA SOBRE LAS ACTIVIDADES, PROCEDIMIENTOS E INTERVENCIONES DE DEMANDA INDUCIDA Y OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO
COMPLEMENTARIEDAD
DECRETO 052 DEL 2017
DECRETA
Modificación del artículo 2.2.4.6.37. del Decreto 1072 de 2015. Modifíquese el artículo 2.2.4.6.37 del Decreto 1 072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, el cual quedara así:
el artículo 2.2.4.6.37. del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único 0Reglamentario del Sector Trabajo, modificado por el artículo del Decreto 171 de 2016
el artículo 10 de la Ley 1562 del 11 de julio de 2012, estableció que el programa de salud ocupacional se entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
el artículo 10 de la Ley 1562 del 11 de julio de 2012, estableció que el programa de salud ocupacional se entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
el artículo 2.2.4.7.4. del Decreto 1072 2015, Decreto Unico Reglamentario del Sector Trabajo, el Ministerio del Trabajo determinará de manera progresiva los estándares que hacen parte de cada uno de los componentes del Sistema de Garantía Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales.
IMPLEMENTACION
Evaluación inicial.
Plan de mejoramiento conforme a la evaluación inicial
Ejecución del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Seguimiento y plan de mejora.
Inspección, vigilancia y control
Transición. Todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo cualquier modalidad de contrato civil
Inspección, vigilancia y control
El presente rige a partir de su publicación y modifica el artículo 2.2.4.6.37. del Decreto 1072 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo y deroga demás normas que le sean contrarias.
Todas las EPS, Entidades Adaptadas y Transformadas y las Administradoras del Régimen Subsidiado, tienen la obligación de contar como parte de la red asistencial, con una red de prestadores de servicios debidamente acreditada, propia o contratada, pública o privada que garantice las atenciones en salud.
PLANEACION, SEGUIMIENTO Y CONTROL
PLANEACION ANUAL
LOS INDICADORES DE GESTION.
REVISION PERIODICA DE LOS CONTENIDOS DEL PRESENTE ACUERDO.
FINANCIACION EN EL REGIMEN SUBSIDIADO
FINANCIACION EN EL REGIMEN CONTRIBUTIVO.
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
VIGILANCIA POR PARTE DEL MINISTERIO DE SALUD, LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Y LAS DIRECCIONES SECCIONALES DE SALUD.
EVALUACION TECNICA DE LAS ACTIVIDADES INTERVENCIONES Y PROCEDIMIENTOS DE DEMANDA INDUCIDA Y OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO DEL REGIMEN SUBSIDIADO.
EVALUACION TECNICA DE LAS ACTIVIDADES INTERVENCIONES Y PROCEDIMIENTOS DE DEMANDA INDUCIDA Y OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO
PLAZOS DE APLICACION.
VIGENCIA
rige a partir de su publicación en el Boletín del Ministerio de Salud, Capítulo Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo 33 de 1996.
DECRETO 4110 DEL 2004
CONSTITUIR UNA HERRAMIENTA DE GESTION QUE PERMITA DIRIGIR Y EVALUAR ELO SESEMPEÑO INSTITUCIONAL, EN TERMINOS DE CALIDAD Y SATISFACCION SOCIAL EN LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS A CARGO DE LAS ENTIDADES
NORMA TECNICA XDE CALIDAD DE GESTION
OBJETIVO
REQUISISTOS SISTEMA DE GESTION DE LA CALIDAD
IDENTIFICAR LOS PROCESOS QUE LE PERMITAN CUMPLIR LA MISIION QUE SE LE HA ASIGNADO
DTERMINAR LA SECUENCIA Y LA INTERACCION DE LOS PROCESOS
DTERMINAR LOS CRITERIOS Y METODOS NECESARIOSARA SEGURAR LA OPERACION Y EL CONTROL DE ESTOS PROCESOS SEAN EFICACES Y EFICIENTES
ASEGURARSE DE LA DISPONIBILIDAD DE RECURSOS E INFORMACION NECESARIOS PARA APOYAR LA OPERACION Y LOS SEGUIMIENTOS
REALIZAR LA MEDICION Y EL ANALISIS DE ESTOS PROCESOS
IMPLEMENTAR LAS ACCIONES NECESARIAS PARA ALCANZAR LOS RESULTADOS PLANIFICADOS
IDENTIFICAR Y DISEÑAR CO LA PARTICIPACIOIN DE LOS SERVICIO PUBLICOS SOBRE LOS RIESGOS EN LA SATISFACCION DE LAS NECESIDADES Y EXPECTATIVAS DE CALIDAD DE LOS CLIENTES
RESPOSABILIDAD DE LA DIRECCION
ENFOQUE AL CLIENTE
POLITICA DE CALIDAD
COMPROMISO DE LA DIRECCION
8 MAR 2016
LINEAMIENTOS
El Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021 (PDSP)
Plan Nacional de Desarrollo "Todos por un nuevo País
l Plan Territorial de Salud, es la expresión específica de los retos planteados para el cuatrienio 2016-2019
ejercicio del liderazgo y la gobernanza en salud
Plan Bienal de Inversiones en Salud
Plan Financiero Territorial
Ministerio de Salud y Protección Social
PLANIFICACION
OBJETIVOS DE CALIDAD
PLANIFICACION DEL SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD
RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD
REPRESENTANTE DE LA DIRECCION
INFORMACION POR LA REVISION
COMUNICACION INTERNA
REVISION POR LA DIRECCION
GENERALIDADES
LEY NÚMERO 1122 DE 2007
objetivo
La presente ley tiene como objeto realizar ajustes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios.
DIRECCIÓN Y REGULACION
Comisión de Regulación en Salud: Creación y naturaleza
Composición
Comisionados expertos
Secretaría Técnica
FUNCIONES
Financiación de la Comisión de Regulación en Salud
INANCIACION
El Sistema General de Seguridad Social en Salud alcanzará, en los próximos tres años, la cobertura universal de aseguramiento en los niveles I, II y III del SISBEN de las personas que cumplan con los requisitos para la afiliación al Sistema.
Monto y distribución de las cotizaciones
Recursos del Régimen subsidiado
Pago de Deudas al régimen subsidiado
Flujo y Protección de los recursos
ASEGURAMIENO
Para efectos de esta ley entiéndase por aseguramiento en salud, la administración del riesgo financiero, la gestión del riesgo en salud, la articulación de los servicios que garantice el acceso efectivo, la garantía de la calidad en la prestación de los servicios de salud y la representación del afiliado ante el prestador.
Regulación de la integración vertical patrimonial y de la posición dominante
Contratación en el Régimen Subsidiado y EPS Públicas del Régimen Contributivo
Liquidación de contratos en el régimen subsidiado.
Aseguramiento de los independientes contratistas de prestación de servicios.
Aseguramiento del Alto Costo
Prestación de servicios de salud a la población pobre en lo no cubierto por subsidios a la demanda.
Movilidad entre Regimenes.
subsidio a la cotización:
Obligaciones de las Aseguradoras para garantizar la Integralidad y continuidad en la Prestación de los Servicios
Afiliación de las entidades públicas al Sistema General de Riesgos Profesionales.
PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD
Con el fin de regular la prestación de los servicios de salud,
fortalecimiento de Asociaciones y/o Cooperativas de las ESES
Regulación de las Empresas Sociales del Estado
Gerentes de las Empresas Sociales del Estado
Prohibición en la prestación de servicios de salud
pasivo prestacional de las empresas sociales del Estado
SALUD PUBLICA
esta constituida por el conjunto de políticas que buscan garantizar de una manera integrada, la salud de la población por medio de acciones de salubridad dirigidas tanto de manera individual como colectiva
INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL
Créase el Sistema de inspección, vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en Salud como un conjunto de normas, agentes, y procesos articulados entre sí, el cual estará en cabeza de la Superintendencia Nacional de Salud de acuerdo con sus competencias constitucionales y legales, sin perjuicio de las facultades asignadas al Instituto Nacional de Salud y al INVIMA.
Ejes del Sistema de Inspección, Vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud
Conciliación ante la Superintendencia Nacional de Salud.
Objetivos de la Superintendencia Nacional de Salud
Funciones y Facultades de la Superintendencia Nacional de Salud
Función jurisdiccional de la Superintendencia Nacional de Salud.
Defensor del Usuario en salud.
Plan Nacional de Salud Pública.
OBJETIVO
LEY NUMERO 1438 DE 2011
OBJETIVO
SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES'
tiene como objeto el fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud a través de un modelo de prestación del servicio público en salud.
PRINCIPIOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD.
UNIVERSAUDAD
SOLIDARIDAD
CONTINUIDAD
IGUALDAD
OBLIGATORIEDAD
ENFOQUE DIFERENCIAL
PREVALENCIA DE DERECHOS.
PROGRESIVIDAD
EQUIDAD
PARTICIPACION SOCIAL
SOSTEBINILIDAD
EFICENCIA
DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRAnvA.
UBRE ESCOGENCIA
CORRESPONSABIUDAD
CALIDAD
TRANSPARENCIA.
INTERSECTORIALIDA
PREVENCIÓN.
COMPlEMENTARIEDAD y CONaJRRENCIA
IRRENUNCIABILIDAD.
SALUD PÚBUCA, PROMOCIÓN y PREVENCIÓN Y ATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD
PLAN DECENAL PARA LA SALUD PÚBUCA.
COORDINACIÓN INTERSECTORIAL
OBSERVATORIO NAOONAL DE SALUD.
FUNOONES DEL OBSERVATORIO NAOONAL DE SALUD.
ACCIONES DE SALUD PÚBUCA, ATENOÓN PRIMARIA EN SALUD Y PROMOOÓN y PREVENOÓN
USO DE LOS RECURSOS DE PROMoaÓN y PREVENCIÓN
CONTRATACIÓN DE LAS ACCIONES DE SALUD púaUCA y PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
SubtATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD
es la esbategia de coordinación intersectorial que permite la atención integral e integrada, desde la salud pública, la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, el diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación del paciente en todos los niveles de complejidad a fin de garantizar un mayor nivel de bienestar en los usuarios,
IMPLEMENTAOÓN DE LA ATENOÓN PRIMARIA EN SAWD
FORTALEOMIENTO DE LOSSERVIOOS DE BAlA COMPLEJIDAD.
EQUIPOS BÁSIcos DE SALUD
FUNCIONES DE LOS EQUIPOS BÁSIcos DE SAlUD
ADMINISTRACIÓN DEL RÉGIMEN SUBSIDIAD
FINANCIAMIENTO
TALENTO HUMANO
UNIVERSALIZAOÓN DEL ASEGURAMIENTO
REDES INTEGRADAS DE SERVICIOS DE SALUD
INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD PÚBUCAS y
EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO
MEDICAMENTOS, INSUMOS y DISPOSITIVOS MÉDICOS
USUARIOS DEL SISTEMA
INSTITUTO DE EVALUAaÓN TECNOLÓGICA EN SALUD
PLANES VOLUNTARIOS DE SALUD
CAUDAD y SISTEMAS DE INFORMADÓN
NSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL
FINANCIAMIENTO
Tiene por objeto establecer reglas para llevar a cabo la afiliación, cobertura y el pago de aportes en el Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas.
reglamenta la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones
Afiliación y Cobertura
Selección de la Administradora de Riesgos Laborales.
Afiliación por intermedio del contratante.
Inicio y finalización de la cobertura
Documentos o soportes para la afiliación
Novedades en el Sistema General de Riesgos Laborales.
Afiliación cuando existen varios contratos.
Cobertura de las prestaciones económicas y asistenciales.
Cotización y Pago
Cotización según clase de riesgo.
Ingreso base de cotización.
Pago de la cotización.
Ingreso base de liquidación
Obligaciones
Obligaciones del contratante.
Obligaciones del contratista.
Obligaciones de la Administradora de Riesgos Laborales.
Promoción y Prevención
Exámenes médicos ocupacionales
Alternativas de ejecución de las actividades de promoción y prevención a cargo de la Administradora de Riesgos Laborales.
DECRETO 723 DE 2013
LEY 1751 DEL 2015
La presente ley tiene por objeto garantizar el derecho fundamental a la salud, regularlo y establecer sus mecanismos de protección.
Elementos y principios del derecho fundamental a la salud.
A) Disponibilidad
b) Aceptabilidad
c) Accesibilidad
d) Calidad e idoneidad profesional
Evaluación anualde los indicadores delgoce efectivo
Derechos y deberes de las personas, relacionados con la prestación del selVicio de salud
Garantía y mecanismos de protección del derecho fundamental a la salud
Participación en las decisiones del sistema de salud
Redes de servicios.
Prohibición de la negación de prestación de setvicios.
Prestaciones de salud.
Procedimiento de resolución de conflictos por parte de 11 los profesionales de la salud
Profesionales y trabajadores de la salud
Autonomía profesional.
Respeto a la dignidad de los profesionales y trabajadores de la salud