MARCO NORMATIVO DE LA EPJA
Ley Nacional de Educación 26.206
Reconoció a la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos como una de las ocho modalidades del Sistema Educativo.
Nuevo marco legal donde el Estado es garante de derechos y la educación y el conocimiento son derecho personal, social y bien público.
Ejemplos de algunos artículos de la LEN con sus respectivos incisos o características.
Articulo 46: La EPJA es la modalidad educativa destinada a garantizar la alfabetización y el cumplimiento de la obligatoriedad escolar prevista en la ley, a quienes no la hayan completado en la edad establecida reglamentariamente.
Articulo 47: Modalidad que pretende dar participación a distintos sectores, por lo que se abordan distintos frentes que van más allá de la mirada escolarizada, y que propone incluir otros aspectos.
Articulo 48: Algunas características: *Posibilita el vínculo entre educación y mundo del trabajo. *Brindar una educación básica que posibilite el desarrollo de capacidades en pos de la formación para el trabajo, ciudadanía, y mejora de la calidad de vida de los sujetos. *Permite la inclusións de los/as adultos/as mayores y de las personas con discapacidades, temporales o permanentes
Resolución CFE N° 118/10. Documento Base y Lineamientos curriculares
Contiene dos Anexos
ANEXO I: Estructurada en cuatro partes.
Introducción.
Apartado referente a la historia e identidad de la EPJA.
Sección denominada La Educación Permanente de Jóvenes y Adultos: Expresa cuestiones referidas a los sujetos de la EPJA, características de los destinatarios de la modalidad, sus historias de vida.
Apartado denominado Organización de la modalidad presenta tres dimensiones a considerar: lo institucional, lo curricular y el docente
ANEXO II: Lineamientos Curriculares.
Aborda cuestiones como: el diseño curricular, las dimensiones generales de la propuesta curricular, estructura modular, la carga de trabajo, los ciclos formativos tanto en el Nivel Primario como el Secundario y los ejes básicos.
Resolución Nº 254/15. Marco de Referencia de la Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos
Se proponen criterios de homologación para trayectos formativos ya realizados por personas que quisieran inscribirse y continuar estudiando en la modalidad.