POLITICAS DEL CONSUMIDOR - LEY 1480 DE 2011
Tiene como propósito
Protección de los consumidores
Acceso de los consumidores a información adecuada
Educación del consumidor
Oportunidad para las organizaciones de hacer oír sus opiniones
Protección especial a los niños, niñas y adolescentes, en su calidad de consumidores
Derechos de los consumidores / usuarios
Derecho a recibir productos de calidad
Derecho a la seguridad e indemnidad
Derecho a recibir información
Derecho a recibir protección contra la publicidad engañosa.
Protección contractual
Derecho de elección
Derecho a la participación
Derecho de representación
Derecho a informar
Derecho a la educación
Derecho a la igualdad
Deberes de los consumidores / usuarios
Informarse
La calidad de los productos
Instrucciones
Obrar de buena fe frente a los productores
Cumplir con las normas sobre reciclaje y disposición de desechos.
El productor debe asegurar la idoneidad y seguridad de los bienes y servicios que ofrezca
El incumplimiento de esta norma, dará lugar a:
Responsabilidad del productor por garantía ante los consumidores.
Responsabilidad administrativa ante las autoridades de supervisión y control.
Responsabilidad por daños por producto defectuoso
Cuando se ofrezcan productos por medio electrónicos, se debe:
Informar en todo momento su identidad
Suministrar en todo momento información cierta y actualizada respecto de los productos que ofrezcan
Informar los medios de que disponen para realizar los pagos, el tiempo de entrega del bien o la prestación del servicio, el derecho de retracto que le asiste al consumidor
Publicar en el mismo medio y en todo momento, las condiciones generales de sus contratos
Adoptar mecanismos de seguridad apropiados y confiables que garanticen la protección de la información personal del consumidor y de la transacción misma
El productor y el expendedor serán responsables de los daños causados por los defectos de sus productos
Estos pueden generar
Muerte o lesiones corporales, causadas por el producto defectuoso
Los producidos a una cosa diferente al producto defectuoso, causados por el producto defectuoso.
Exoneración de la responsabilidad por daños por producto defectuoso
Daños ocurridos por culpa exclusiva del afectado
Por hecho de un tercero
Cuando no haya puesto el producto en circulación
El defecto no pudiera ser evitado por el productor sin violar dicha norma
el producto fue puesto en circulación, el estado de los conocimientos científicos y técnicos no permitía descubrir la existencia del defecto.
Para determinar la responsabilidad, el afectado deberá demostrar el defecto del bien, la existencia del daño y el nexócausal entre este y aquel.
Garantía Legal
Es obligación, a cargo de todo productor de responder por la calidad, seguridad y el buen estado de los productos.
Empezará a correr a partir de la entrega del producto al consumidor.
Reparación totalmente gratuita de los defectos del bien
El garante deberá expedir una constancia de recibo
Exoneración de la garantía
Fuerza mayor o caso fortuito
El hecho de un tercero
El uso indebido del bien por parte del consumidor