POSESION
QUIENES PUEDEN POSEER??
A)El propietario o poseedor con
justo título de la cosa.
B)El Arrendatario.
C)El usufructuario.
D)El usuario y el que tiene
derecho de habitación.
E)El acreedor anticresista.
F)Los Sucesores universales o particulares.
G)El comunero.
CLASES
*Posesión regular u ordinaria es
aquella que aúna el justo título y la
buena fe.
*Posesión irregular es aquella donde faltan uno
o los dos requisitos anteriores, es decir, el justo
título y la buena fe.
*Posesión legal es la estipulada por la ley. Por
ejemplo, la del heredero o la especificada en
materia de vivienda de interés social.
*Posesión efectiva es la que declara el juez que
lleva la sucesión para efectos de una posesión
por parte de uno de los delegatarios de la
herencia.
*Posesión definitiva es la que se deriva de una
sentencia de adjudicación por el proceso de
repartición
*Posesión de buena fe la buena fe de la que
hablamos en la posesión es calificada y se probará
según las estipulaciones del código de derecho
civil.
*Posesión presunta es aquella que se tiene por imperio de la ley, con
independencia de la voluntad y el conocimiento del poseedor, pero
solo se aplica a la vivienda de interés social, cuando el arrendatario
de un bien inmueble deja de pagar el canon de arrendamiento por 1
año.
QUE ES??
Posesión natural es la tenencia
de una cosa o el di
sfrute de un derecho por una
persona. Posesión civil es esa
misma tenencia o dis
frute o nidos a la intención de
haber la cosa o derecho como suyos
POSESION VICIOSA
A. La discontinualidad: consisthecho que debe apreciarse
en cada caso, al cabo de tanto tiempo de no haber
ejercido el poder de hecho ´debe entenderse que se ha
abandonado la cosa, para juzgar si existe discontinuidad se
debe tener en cuenta la naturaleza y otras sustancia de la
cosa. La discontinuidad ocurre por una causa ajena a el.
B. La Violencia: es un vicio temporal que puede ejercerse
directamente contra el poseedor o contra cualquiera que
detente la cosa en su nombre.
Es un vicio relativo en el sentido de que solo vicia la
posesión frente a la persona que la ejerce, siendo la misma
posesión pacifica frente a todos los demás.
C. La clandestinidad: es también un vicio relativo en el
sentido que si la actuación posesoria se oculta frente a una
persona, pero no frente a la demás la posesión seria
clandestina respecto de aquella y pública respecto a esta.
D. La Inequivocidad: concepto sobre la cual existe
discrepancia de acuerdo con la vieja concepción significa
que no existe dudas sobre los elementos de posesión, "el
Corpus" y "El Animus", pero según la opinión mas reciente
consiste en que no existan sudas sobre el animus, de modo
que la posesión será equivoca cuando los actos de goce
puede explicarse sin presuponer dicho animus.
CARACTERISTICAS
*Es un hecho, ya que el poseedor tiene el poder físico que
se ejerce sobre la cosa, poder que está valorado en sí
misma, independientemente de que sea o no conforme a
derecho.
* El objeto de la posesión es toda cosa corporal in
commercium.
* El poseedor tiene gocé y el disfrute de la cosa, con
independencia jurídica y económica.
* La cuestión de la legitimidad e ilegitimidad es ajena a la
esencia misma de la posesión.
* El poseedor se comporta con la cosa, como propietario
de la misma.
* La propiedad implica la posesión, pero ambas pueden
existir separadamente; ya que, hablamos de la propiedad
sin posesión cuando la cosa se encuentra en poder de un
tercero, que la retiene con ánimo de dueño. En cambio
cuando se habla de posesión sin propiedad se tiene la cosa
sin ánimo de dueño, sin el derecho a su propiedad.
ELEMENTOS
Corpus
Es considerado como el elemento material y es
aquel poder físico que se ejerce sobre la cosa con
voluntad jurídica.
Animus
Este elemento es de carácter psicologico, consiste en
ejercier los actos materiales con la intencion de
conducirse como propietario a titulo de dominio de la
cosa..
Existen dos teorias que explican este elemento:
Teoría subjetiva. La intención de
comportarse como lo haría el
propietario.
Teoria Objetiva . Es la voluntad consciente de estar
en una relación de dominio sobre la cosa y lo que
separa la detentación y la posesión de l mera
necesidad.
POSESION DE BUENA FE
Es poseedor de buena fe quien posee como propietario de fuerza de justo titulo,
es decir de un titulo capaz de transferir el dominio, aunque sea vicioso, con tal
que el vicio sea ignorado por el poseedor (ART. 788 DEL C.C). Pero nuestra ley es
mas exigente al definir la posesión de buena fe porque requiere que la misma
se apoye en justo titulo.
Ø Justo titulo: es cualquier acto o hecho que por su naturaleza sea
susceptible de hacer o adquirir la propiedad o derecho aun cuando en el caso
concreto no produzca ese efecto debido a un vicio cualquiera. Dicho titulo debe
existir de hecho. Ahora bien si en el titulo existe un vicio es necesario que el
poseedor lo ignore para que la posesión sea de buena fe.
Ø En nuestro derecho: el momento decisivo
para juzgar la buena fe, es el momento en que
se adquiere la posesión.
Ø La dificulta de la prueba de buena fe: explica que el
legislador haya establecido una presunción "la buena fe se
presume siempre que alejen la mala fe" (deberá
probarla).
Ø Posesión en materia de bienes muebles: nuestro derecho consagra que
la posesión de vienen muebles, equivale al titulo siempre que se trate de una
posesión de buena fe, ello implica que en las condiciones no pueden
reivindicar las cosas de terceros que posean de buena fe el bien mueble
correspondiente.