PRESENTADO UN PROYECTO DE LEY ANTE EL PARLAMENTO ESTE ESTA LISTO PARA SER DISCUTIDO Y SANCIONADO:
LUEGO DE QUE LA CÁMARA DE ORIGEN MANIFIESTA SU OPINIÓN, LA CÁMARA REVISORA PUEDE:
ACEPTAR TOTAL O PARCIALMENTE EL PROYECTO DE LEY.
EN CASO DE ACEPTAR ESTE PASA AL
PODER EJECUTIVO PARA TERMINAR LA SANCIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL.
DIARIO OFICIAL: boletin oficial, digital con carácter de diario en donde se publican todos los documentos públicos a conocer, como por ejemplo, las LEYES.
RECHAZAR O DESECHAR EL PROYECTO DE LEY.
EN CASO DE RECHAZO DEL PROYECTO DE LEY.
NO PUEDE VOLVER A SER PRESENTADO HASTA EL PRÓXIMO PERIODO LEGISLATIVO.
MODIFICAR EL PROYECTO DE LEY.
EN CASO DE MODIFICACIÒN DEL PROYECTO DE LEY.
ESTE DEBE SER DEVUELTO A LA CÁMARA DE ORIGEN CON LAS MODIFICACIONES CORRESPONDIENTES.
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PRESENTADO EL PROYECTO DE LEY POR PRIMERA VEZ LA CÁMARA DE ORIGEN PUEDE:
ACEPTAR TOTAL O PARCIALMENTE
EN CASO DE ACEPTAR
PASA A LA 2DA CÁMARA
RECHAZAR O DESECHAR EL PROYECTO DE LEY
EN CASO DE RECHAZO NO VUELVE A SER PRESENTADO HASTA EL PRÓXIMO PERIODO LEGISLATIVO.
MODIFICAR EL PROYECTO DE LEY.
EN CASO DE MODIFICACIONES PASA A LA 2DA CÁMARA.